Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público. Transcurrido el plazo de treinta días hábiles contados desde el martes 21 de noviembre de 2023, hasta el viernes 5 de enero de 2024, efectuado mediante anuncios en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento de Tormantos y publicación en el Boletín Oficial de La Rioja número 232, sin que durante el mismo se hayan presentado reclamaciones o sugerencias; queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Parte dispositiva del acuerdo:

Que por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 10 de octubre de 2023, en sesión Extraordinaria se adoptó con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y unanimidad el acuerdo del tenor literal siguiente:

Visto el estado en que se encuentra el expediente que se tramita de aprobación provisional de modificación de la ordenanza fiscal nº4 reguladora de la Tasa por licencias urbanísticas

Se justica la subida de la tasa mínima de licencias obra, al tratarse de un municipio con escasas licencias y recursos y tener fijado un mínimo de 15 euros, con un 4% sobre presupuesto. Establecida en 2009, no habiendo sufrido variaciones desde entonces; sin embargo resulta imprescindible actualizar el mínimo al doble para ajustarlo a la actualidad económica y no haber presentado variaciones desde hace 14 años. Y subir un 1% más el porcentaje para las licencias de obras mayores; dejándolas equiparadas al 4% tasa para obras menores y mayores, y el mínimo en 30 euros.

Con lo que se propone al Pleno para su aprobación; el cual por mayoría absoluta y unanimidad,

ACUERDA

Primero. Aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal número 4 reguladora de la tasa por licencias urbanísticas en Tormantos:

'Artículo 7. Los tipos a aplicar por cada licencia serán los siguientes:

Epígrafe 5. Obras menores, 4% sobre el presupuesto de la obra, con un mínimo de 30 euros. Obras mayores que necesiten proyecto técnico, 4% sobre el presupuesto de la obra, con un mínimo de 30 euros.'

Segundo. Que se someta a información pública por un por un período de treinta días, mediante edicto que ha de publicarse en el tablón de anuncios presencial y virtual y en el Boletín Oficial de La Rioja para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas; en cumplimiento del artículo 17.1. y 2. del Texto refundido Ley reguladora de Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Tercero. Que se de cuenta a este Ayuntamiento de las reclamaciones que se formulen, que se resolverán con carácter definitivo, o en caso de que no se presentaran reclamaciones, el acuerdo provisional pasará automáticamente a definitivo; artículo 17.3. del Texto refundido Ley reguladora de Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.

Cuarto. Que el acuerdo definitivo y la modificación de la ordenanza fiscal íntegra deberán publicarse en el Boletín Oficial de La Rioja para su vigencia e impugnación jurisdiccional.

Contra el presente Acuerdo elevado a definitivo, conforme al artículo 19 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, con sede en Logroño.

Tormantos a 10 de enero de 2024.- La Alcaldesa-Presidenta, Rebeca Martínez Santamaría.

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