Resolución 41/2024, de 10 de enero, de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, para la concesión de subvenciones para inversiones en conservación del medio natural e infraestructura a las Entidades Locales integradas en Parques Naturales declarados en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Convocatoria del año 2023 con cargo al presupuesto ordinario para 2024

Vistos:

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- Que han sido presentadas solicitudes al amparo de la Orden 13/2015, de 23 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (Boletín Oficial de La Rioja número 57, de 29 de abril de 2015) por la que se establecen las bases reguladores para la concesión de subvenciones para inversiones en conservación del medio natural e infraestructura a las entidades locales integradas en parques naturales declarados en la Comunidad Autónoma de La Rioja y su convocatoria Resolución 273/2023, de 3 de marzo, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, (Boletín Oficial de La Rioja número 48, de 9 de marzo de 2023).

- Que las actuaciones solicitadas son compatibles con la normativa de planificación de los Parques Naturales de la Sierra de Cebollera y del Alto Najerilla, habiéndose emitido los correspondientes informes por parte de los Directores de los Parques Naturales.

- Que con fecha 23 de octubre de 2023 fue emitido el Informe propuesta de la Comisión de Evaluación para la concesión de subvenciones para inversiones en conservación del medio natural e infraestructura a las entidades locales integradas en parques naturales declarados en la Comunidad Autónoma de La Rioja convocatoria del año 2023 con cargo al presupuesto ordinario para 2024.

- Que con fecha 24 de octubre de 2023, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Planificación emitió la correspondiente Propuesta de Resolución provisional para la concesión de las subvenciones citadas que se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja nº 216 de 26 de octubre de 2023.

- Que con fecha 17 de noviembre de 2023, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Planificación emitió la correspondiente Propuesta de Resolución para la concesión de las subvenciones citadas.

- El informe favorable de la Intervención Delegada de fecha 9 de enero de 2024.

- Que los adjudicatarios cumplen los requisitos y condiciones exigidos en la Orden reguladora para ser beneficiarios de las ayudas que la misma contempla.

- Que las ayudas se conceden en cumplimiento de la siguiente normativa:

Primero. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tercero. Decreto 56/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En uso de las facultades conferidas según Resolución 34/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, sobre delegación de competencias de esta Consejería,



RESUELVO

a) Conceder las ayudas que se recogen en la tabla del Anexo por un importe total de 192.000,00 euros con cargo a los conceptos presupuestarios 09.07.4711.761.01 y 09.07.4711.762.01 del Proyecto 80702.2.

b) Comprometer el gasto a favor de los beneficiarios citados en la anterior tabla por los importes relacionados, con cargo a los conceptos presupuestarios 09.07.4711.761.01 y 09.07.4711.762.01 del Proyecto 80702.2.

c) Que se exonere a los beneficiarios de las subvenciones de la acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo al artículo 14.2.c) del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

d) Condicionar el abono de la subvención al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden 13/2015, de 23 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

e) El plazo para la realización y acreditación de las actuaciones subvencionadas finalizará el 30 de noviembre de 2024.

f) Publicar en el Boletín Oficial de la Rioja la presente Resolución.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la señora Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 9.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; o bien interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo, 46 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Transcurrido el plazo de interposición del recurso de reposición únicamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo.

Logroño a 10 de enero de 2024.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez.


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