Constitución del coto de caza LR-10.195
La Sociedad de Cazadores San Isidro de Lardero ha solicitado la creación de un Coto de Caza, con una superficie de 1.514 hectáreas, incluidas en el término municipal de Lardero; para lo cual ha acreditado la cesión de los derechos cinegéticos del 11% de la superficie del coto solicitado. Por lo tanto, en virtud del artículo 23 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja, y el artículo 33 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto 17/2004 de 27 de febrero, puede tramitarse el expediente de creación de dicho coto, cuyos límites son los siguientes:
- Norte: Término municipal de Logroño (zona de seguridad y zona no cinegética voluntaria).
- Sur: Término municipal de Albelda de Iregua (cotos de caza LO-10.135).
- Este: Términos municipales de Villamediana de Iregua (coto de caza LO-10.141) y Alberite (coto de caza LO-10.134.
- Oeste: Términos municipales de Entrena (coto de caza LO-10.186) y Navarrete (coto de caza LO-10.193).
Dichos límites pueden consultarse a través de la aplicación de gestión telemática de Cotos de caza del Gobierno de La Rioja.
Lo que se hace público para general conocimiento y en particular de los posibles afectados, pudiendo quienes se consideren perjudicados dirigir por escrito las reclamaciones pertinentes ante la Dirección General de Medio Natural y Paisaje en Logroño, calle Prado Viejo, 62-Bis, o al Ayuntamiento de Lardero, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, plazo durante el cual estará de manifiesto el expediente en horario de atención al público en las oficinas de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.
Logroño a 12 de enero de 2024.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez.