Resolución 30/2024, de 12 de enero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Acuerdo de Confidencialidad, Colaboración y Transferencia de Materiales entre Fundación Rioja Salud, el Centro de Ingeniería Genética y Biotecnología (CIGB), y el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California (CICESE)
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 12 de enero de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2023/0418.
Resumen del Acuerdo de Confidencialidad, Colaboración y Transferencia de Materiales entre Fundación Rioja Salud, el Centro de Ingeniería Genética y Biotecnología (CIGB), y el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California (CICESE).
Fecha de suscripción: 28 de septiembre de 2023.
Sujetos que lo suscriben:
Fundación Rioja Salud: Juan Carlos Oliva Pérez - Director Gerente.
Centro de Ingeniería Genética y Biotecnología de Cuba: Marta Ayala Ávila - Directora General del CIGB.
Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California: Alexei Fedororovish Licea Navarro - Representante Legal y Director del Impulso a la Innovación y el Desarrollo del CICESE.
Objeto del convenio: Ejecución de los estudios de caracterización de la capacidad antiangiogénica, antitumoral y de restauración inmunológica de los diferentes productos de cada una de las partes intervinientes.
Vigencia: Las obligaciones bajo este Acuerdo, excepto lo establecido en la clausula 3.4.8 continuarán por un periodo de diez años (10) años a partir de la fecha en que se firme el Acuerdo.