Adjudicación definitiva de la línea 1 en el área de comercio de subvenciones de comerciantes, año 2023
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Por acuerdo de la junta de gobierno local de fecha 27 de diciembre de 2023, se aprobó la adjudicación definitiva de la línea 1 en el área de comercio de subvenciones de comerciantes. El acuerdo referenciado es definitivo en la vía administrativa y contra el mismo se podrá interponer los siguientes recursos:
- Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño.
- Previamente, y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto referenciado.
Logroño a 27 de diciembre de 2023.- El Alcalde, Conrado Escobar las Heras.
La junta de gobierno local, teniendo en cuenta:
1. El acuerdo de ayuntamiento pleno número 02-03-2023/O/002, de 2 de marzo de 2023, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 46 de fecha 7 de marzo de 2023, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en el área de comercio y artesanía a entidades sin ánimo de lucro tales como asociaciones de comerciantes, federaciones de empresarios de comercio minorista y asociaciones de artesanos para la promoción y dinamización e impulso del comercio en el ámbito de la ciudad de Logroño.
2. El acuerdo de la junta de gobierno local número 17-05-2023/O/042 de 17 de mayo de 2023, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 104 de fecha 23 de mayo de 2023, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de dichas subvenciones y el gasto de 140.000 euros que se financiará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos:
Aplicación presupuestaria | Importe/euros | |
439.00 (Comercio) 489.99 (Transferencias a familias e instituciones) | 140.000,00 |
3. El acuerdo adoptado por la junta de gobierno local, de fecha 20 de octubre de 2023, por el que se adjudicaron provisionalmente las subvenciones en el área de comercio y artesanía, a entidades sin ánimo de lucro para la promoción y dinamización e impulso del comercio de la ciudad de Logroño, año 2023.
4. El certificado emitido por la unidad de registro general de fecha 9 de noviembre de 2023 en el que se informa que durante el plazo de 10 días establecido al efecto, no se tiene constancia de que se hayan presentado alegaciones por ninguno de los interesados.
5. El informe emitido por el órgano colegiado de comercio y turismo de fecha 1 de diciembre de 2023 en el que se propone conceder las subvenciones definitivamente, conforme se relaciona en el dispositivo primero.
6. El acuerdo de aprobación de adjudicación definitiva de la línea 2 de subvenciones de artesanía, federaciones de empresarios de comercio minorista e incorporación de crédito a la línea 1, de fecha 20 de diciembre de 2023, en el que se aprueba la anulación del crédito de 4.046,34 euros correspondiente a la línea 2 de subvenciones, incorporando dicha cantidad a la línea 1 donde hay concedido provisionalmente un exceso correspondiente a este importe, sobre el crédito aprobado en dicha línea.
7. La propuesta de acuerdo formulada por la TAG de la dirección general de comercio, turismo y promoción de la ciudad.
8. El informe de fiscalización previa emitido, con fecha 21 de diciembre de 2023 por el interventor general, en funciones.
Adopta los siguientes,
ACUERDOS
Primero. Conceder definitivamente las siguientes subvenciones a las asociaciones que a continuación se detallan por los importes y conceptos siguientes:
Línea 1: asociaciones de comerciantes zonales:
Asoc. comerciantes plaza de abastos (G26056507)
Actividad | Presupuesto subvencionable/euros | % subvención adjudicada | Subvención/euros |
Regalo directo | 11.500,00 | 70 % | 8.050,00 |
Degustaciones | 7.000,00 | 70 % | 4.900,00 |
Sorteos promocionales | 5.000,00 | 70 % | 3.500,00 |
Mantenimiento web, QR y trípticos | 11.500,00 | 50 % | 5.750,00 |
Total | 22.200,00 |
Asoc. comerciantes IX centenario (G26252072)
Actividad | Presupuesto subvencionable/euros | % subvención adjudicada | Subvención/euros |
Sorteo Navidad | 5.541,00 | 70% | 3.878,70 |
Concurso pintura rápida | 3.915,00 | 70% | 2.740,50 |
Total | 6.619,20 |
Asoc. comerciantes mercado del corregidor (G26116186)
Actividad | Presupuesto subvencionable/euros | % subvención adjudicada | Subvención/euros |
Actividades en el mercado | 1.894,50 | 70 % | 1.326,15 |
Publicidad para colectivos | 3.085,50 | 70 % | 2.159,85 |
Mantenimiento y actualización web, redes sociales electrónicas y pantallas | 5.420,80 | 60 % | 3.252,48 |
Total | 6.738,48 |
Asoc. comerciantes zona paseo 100 tiendas (G26394072)
Actividad | Presupuesto subvencionable/euros | % subvención adjudicada | Subvención/euros |
Navidad en las 100 tiendas | 9.850,00 | 70 % | 6.895,00 |
Otoño en las 100 tiendas y Halloween | 6.100,00 | 70 % | 4.270,00 |
Parking gratuito en las 100 tiendas | 500,00 | 70 % | 350,00 |
Dinamización Web y RRSS | 14.520,00 | 60 % | 8.712,00 |
Total | 20.227,00 |
Logroño casco antiguo (G26562488)
Actividad | Presupuestosubvencionable/euros | % subvención adjudicada | Subvención/euros |
Hoguera de San Juan | 974,60 | 60 % | 584,76 |
Burbujas en el casco (II) | 24.038,00 | 70 % | 16.826,60 |
Definición propuesta valor marca -Logroño Histórico | 30.300,00 | 60 % | 18.180,00 |
Plataforma fidelización comercio como medio decrecimiento sostenible | 30.690,00 | 60 % | 18.414,00 |
Total | 54.005,36 |
Asociación zona oeste comercial ZOCO (G26251322)
Actividad | Presupuesto subvencionable/euros | % subvención adjudicada | Subvención/euros |
San Mateo | 3.004,43 | 60 % | 1.802,66 |
Navidad | 4.089,40 | 60 % | 2.453,64 |
Total | 4.256,30 |
La suma total de las subvenciones de la línea 1 asciende a la cantidad de 114.046,34 euros, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 439.00 489.99.
Segundo. El pago de las subvenciones concedidas se efectuará de acuerdo con el artículo 16 de las bases de la siguiente forma:
El 70% a partir de la fecha de adopción del acuerdo de concesión definitiva de subvención y el 30% restante, en su caso, una vez finalizado el plazo previsto para la justificación.
Tercero. Los beneficiarios tienen la obligación de justificar la subvención concedida, debiendo presentar en el registro electrónico general del ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el art.16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, antes del 31 de enero del año 2024, la documentación que se relaciona en el artículo 17 de las bases reguladoras.
Cuarto. Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Quinto. Si dentro del plazo de los 10 días siguientes a la notificación del acuerdo adoptado en junta de gobierno local, la entidad o representante legal no presentara renuncia a la misma en el registro electrónico general ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se entenderá que acepta la subvención y el compromiso de realización de las actividades o proyectos presentados.