Adjudicación definitiva de la línea 2 de subvenciones, de artesanía, federaciones de empresarios de comercio minorista e incorporación de crédito a la línea 1
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Por acuerdo de la junta de gobierno local de fecha 20 de diciembre de 2023, se aprobó la adjudicación definitiva de la línea 2 de subvenciones, de artesanía, federaciones de empresarios de comercio minorista e incorporación de crédito a la línea 1.
El acuerdo referenciado es definitivo en la vía administrativa y contra el mismo se podrá interponer los siguientes recursos:
- Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño.
- Previamente, y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto referenciado.
Logroño a 20 de diciembre de 2023.- El Alcalde, Conrado Escobar las Heras.
La junta de gobierno local, teniendo en cuenta:
1. El acuerdo de ayuntamiento pleno número 02-03-2023/O/002, de 2 de marzo de 2023, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 46, de fecha 7 de marzo de 2023, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en el área de comercio y artesanía a entidades sin ánimo de lucro tales como asociaciones de comerciantes, federaciones de empresarios de comercio minorista y asociaciones de artesanos para la promoción y dinamización e impulso del comercio en el ámbito de la ciudad de Logroño.
2. El acuerdo de la junta de gobierno local número 17-05-2023/O/042 de 17 de mayo de 2023, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 104, de fecha 23 de mayo de 2023, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de dichas subvenciones y el gasto de 140.000 euros, 110.000 euros en la línea 1 y 30.000 euros en la línea 2, que se financiará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria del presupuesto de gastos:
Aplicación presupuestaria | Importe/euros |
439.00 (Comercio) 489.99 (transferencias a familias e instituciones) | 140.000 |
3. El acuerdo adoptado por la junta de gobierno local, de fecha 20 de octubre de 2023, por el que se adjudicaron provisionalmente las subvenciones en el área de comercio y artesanía, a entidades sin ánimo de lucro para la promoción y dinamización e impulso del comercio de la ciudad de Logroño, año 2023, por importe total que asciende a 128.767,91 euros de los cuales, 114.046,34 euros corresponden a la línea 1 y 14.721,57 euros a la línea 2.
4. El certificado emitido por la unidad de registro general de fecha 9 de noviembre de 2023 en el que se informa que durante el plazo de 10 días establecido al efecto, no se tiene constancia de que se hayan presentado alegaciones por ninguno de los interesados.
5. El informe emitido por el órgano colegiado de comercio y turismo de fecha 18 de diciembre de 2023 en el que se propone conceder las subvenciones definitivamente, conforme se relaciona en el dispositivo primero y denegar la subvención a la asociación de artesanos de La Rioja (G26328468) por no encontrarse al corriente de pagos con el ayuntamiento de Logroño.
6. El artículo 3 de las bases reguladoras en el que se establece que en el supuesto de que una vez tramitadas todas las solicitudes presentadas en plazo en cada una de las modalidades se produjera sobrante de crédito en una de ellas, dicho importe podrá ser incorporado a la otra modalidad en caso de ser necesario.
7. La propuesta de acuerdo formulada por el jefe de negociado de la unidad de comercio y turismo.
8. El informe de fiscalización previa emitido, con fecha 18 de diciembre de 2023, por el interventor general en funciones.
Adopta los siguientes acuerdos:
Primero. Conceder definitivamente la siguiente subvención a la asociación que se detalla por los importes y conceptos siguientes:
Línea 2: asociaciones de comerciantes gremiales:
Actividad | Presupuesto subvencionable | Porcentaje subvención adjudicada | Subvención/euros |
Día del Libro | 5.524,25 | 70 por ciento | 3.866,98 |
Veralibro | 2.285,03 | 70 por ciento | 1.599,52 |
Día de las librerías | 367,32 | 70 por ciento | 257,12 |
Mercado flores | 837,80 | 70 por ciento | 586,46 |
Promoción pastelería artesana | 1.000,00 | 70 por ciento | 700,00 |
Total | 7.010,08 |
El gasto se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 439.00 489.99 del presupuesto para el año 2023.
Segundo. Denegar la siguiente subvención a asociación de artesanos de La Rioja (G26328468) por importe de 7.711,49 euros por no encontrarse al corriente de pagos con el ayuntamiento de Logroño.
Tercero. El pago de la subvención concedida se efectuará de acuerdo con el artículo 16 de las bases de la siguiente forma:
El 70 por ciento a partir de la fecha de adopción del acuerdo de concesión definitiva de subvención y el 30 por ciento restante, en su caso, una vez finalizado el plazo previsto para la justificación.
Cuarto. Los beneficiarios tienen la obligación de justificar la subvención concedida, debiendo presentar en el registro electrónico general del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el art.16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, antes del 31 de enero del año 2024, la documentación que se relaciona en el artículo 17 de las bases reguladoras.
Quinto. Aprobar la anulación del crédito de 4.046,34 euros correspondiente a la línea 2 de subvenciones destinadas artesanía, federaciones de empresarios de comercio minorista, incorporando dicha cantidad a la línea 1 donde hay concedido provisionalmente un exceso correspondiente a este importe, sobre el crédito aprobado en dicha línea.
Sexto. Habilitar a la intervención general para realizar los ajustes contables necesarios para dicha anulación e incorporación de créditos.
Séptimo. Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Octavo. Si dentro del plazo de los 10 días siguientes a la notificación del acuerdo adoptado en junta de Gobierno Local, la entidad o representante legal no presentara renuncia a la misma en el registro electrónico general ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se entenderá que acepta la subvención y el compromiso de realización de las actividades o proyectos presentados.