Resolución 25/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se modifica la Resolución 16/2023, de 29 de septiembre, y se amplía el crédito de la convocatoria de subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del IRPF, para el año 2023
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Mediante Resolución de 29 de septiembre de 2023, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, se realiza la convocatoria de subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del IRPF, para el año 2023. El extracto de esta Resolución de convocatoria fue publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 201, de 4 de octubre de 2023.
El apartado primero de dicha resolución establecía que: 'El crédito de la presente convocatoria se podrá incrementar mediante Resolución de la Consejería competente en Servicios Sociales en el caso de que la cantidad que corresponda a esta Comunidad Autónoma en función de los criterios de distribución aprobados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, destinados a subvencionar programas de interés general con cargo a la asignación del IRPF para el año 2023, fuera de un importe superior al convocado, y hasta alcanzar dicho importe.'
El Boletín Oficial del Estado número 278, de 21 de noviembre de 2023, publica la Resolución de 7 de noviembre, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre la concesión de subvenciones a los programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el año 2023.
Dicho Acuerdo asigna a esta Comunidad un crédito de 3.012.068,05 euros, para el citado programa.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 12 de diciembre de 2023, se autoriza la aprobación del gasto.
En virtud de lo expuesto y de las atribuciones que me han sido conferidas,
RESUELVO
Primero. Modificar el punto primero de la Resolución de 29 de septiembre de 2023, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, quedando del siguiente modo:
'Aprobar el gasto definitivo para la convocatoria de subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por un importe de 3.012.068,05 euros distribuido en las siguientes partidas:
A entidades del Tercer Sector para programas | 06.07.01.2325.480.00 | 2.347.068,05 euros | |
A entidades del Tercer Sector para inversiones | 06.07.01.2325.780.00 | 665.000,00 euros |
El crédito de la partida 06.07.01.2325.480.00 se distribuirá, a su vez, en función de los siguientes sectores de actuación:
Atención a la mujer | 92.677,00 euros | |
Infancia y Familia | 571.030,00 euros | |
Inclusión social y Urgencia Social | 339.836,00 euros | |
Inmigración y Pueblo Gitano | 94.059,00 euros | |
Personas reclusas y exreclusas | 4.200,00 euros | |
Voluntariado | 45.031,00 euros | |
Personas Mayores | 199.415,00 euros | |
Personas con discapacidad | 695.787,05 euros | |
Personas con drogodependencia o SIDA | 114.095,00 euros | |
Juventud | 190.938,00 euros |
El crédito de la partida 06.07.01.2325.780.00 se distribuirá, a su vez, en función de los siguientes sectores de actuación:
Atención a la mujer | 40.000,00 euros | |
Infancia y Familia | 70.000,00 euros | |
Inclusión social y Urgencia Social | 40.000,00 euros | |
Inmigración y Pueblo Gitano | 40.000,00 euros | |
Personas Mayores | 183.000,00 euros | |
Personas con discapacidad | 292.000,00 euros |
Todo ello sin perjuicio de que la Comisión prevista en el artículo 4.4 de la Orden 6/2017, de 27 de septiembre, pueda acordar la reasignación de créditos sobrantes en alguno de estos sectores, al resto de los sectores convocados'.
Segundo. La presente resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la Consejera de Salud y Políticas Sociales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 53 de la Ley 4/2005, de 1 de julio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja; o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Logroño a 15 de diciembre de 2023.- La Consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón.