Exposición pública y apertura del periodo de cobranza de los padrones por suministro de agua potable, alcantarillado, canon de saneamiento, recogida de basuras y mantenimiento de contadores de agua del segundo semestre de 2023
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Por acuerdo del Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro ha sido aprobado el padrón fiscal por suministro de agua potable, alcantarillado, canon de saneamiento, recogida de basuras y mantenimiento de contadores de agua del segundo semestre de 2023, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública.
Por ello, por medio del presente anuncio, se exponen al público en el tablón municipal de edictos y puede ser consultado telefónicamente o vía e-mail en horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del padrón por el suministro de agua potable, alcantarillado, canon de Saneamiento, recogida de basuras y mantenimiento de contadores de agua del segundo semestre de 2023 en:
Localidad: Aldeanueva de Ebro.
Oficina de Recaudación: Oficinas municipales.
Horario: De 8:00 a 15:00 horas.
Plazo de cobro en voluntaria: dos meses a partir del día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja.
Los contribuyentes que tuvieran domiciliadas sus deudas tributarias recibirán los recibos correspondientes a través de las entidades bancarias que tuvieran establecidas.
Transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos correspondientes, y en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Aldeanueva de Ebro a 5 de diciembre de 2023.- El Alcalde-Presidente, Ángel Fernández Calvo.