Constitución del coto de caza LR-10.130
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El Ayuntamiento de Viguera ha solicitado la creación de un Coto de Caza, con una superficie de 3.433,07 hectáreas, incluidas íntegramente en el término municipal de Viguera, incluyendo terrenos del Catálogo de Montes de Utilidad Pública número 166 La Barga, Tozas y El Redondo, para lo cual ha acreditado la cesión de los derechos cinegéticos del 89 % de la superficie del coto solicitado. Por lo tanto, en virtud del artículo 23 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja, y el artículo 33 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto 17/2004 de 27 de febrero, puede tramitarse el expediente de creación de dicho coto, cuyos límites son los siguientes:
- Norte: Términos Municipales de Sorzano (coto LO-10.192) y Nalda (coto LO-10.144).
- Sur: Términos Municipales de Almarza de Cameros (Coto Social de Rivabellosa), Torre de Cameros (coto LO-10.178) y San Román de Cameros (Coto Social de Santa Maria y Montalbo).
- Este: Términos Municipales de Nalda (coto LO-10.081), Soto de Cameros (coto LO-10.184) y San Román de Cameros (Coto Social de Santa Maria y Montalbo).
- Oeste: Términos Municipales de Viguera (cotos LO-10.007 y LO-10.064) y Torrecilla en Cameros (coto LO-10.065).
Dichos límites pueden consultarse a través de la aplicación de gestión telemática de Cotos de caza del Gobierno de La Rioja.
Lo que se hace público para general conocimiento y en particular de los posibles afectados, pudiendo quienes se consideren perjudicados dirigir por escrito las reclamaciones pertinentes ante la Dirección General de Medio Natural y Paisaje en Logroño, calle Prado Viejo, 62-Bis, o al Ayuntamiento de Viguera, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, plazo durante el cual estará de manifiesto el expediente en horario de atención al público en las oficinas de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.
Logroño a 20 de noviembre de 2023.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez.