Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 1/2023
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En ausencia de alegaciones ha quedado definitivamente aprobado el acuerdo adoptado por el pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2023 relativo al expediente de modificación de crédito número 1/2023, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo mayores ingresos, con arreglo al siguiente detalle:
Alta en aplicaciones de gastos:
Programa | Económica | Crédito iniciales | Modificaciones de crédito | Créditos finales |
922 | 13000 | 59.855,29 | 3.750,00 | 63.605,29 |
922 | 13100 | 54.410,75 | 3.250,00 | 57.660,75 |
922 | 151 | 10.873,28 | 50,00 | 10.923,28 |
231 | 160 | 36.050,93 | 3.300,00 | 39.350,93 |
922 | 231 | 4.500,00 | 2.500,00 | 7.000,00 |
Total | 165.690,25 | 12.850,00 | 178.540,25 |
Alta en concepto de ingresos:
Programa | Económica | Crédito iniciales | Modificaciones de crédito | Créditos finales |
462 | 02 | 4.000,00 | 2.850,00 | 6.850,00 |
462 | 01 | 64.136,96 | 10.000,00 | 74.136,96 |
Total | 68.136,96 | 12.850,00 | 80.986,96 |
Lo que se hace público a efectos de lo previsto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el artículo 20.3 en relación con el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
Los interesados a que se refiere el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán interponer directamente contra la aprobación definitiva de este expediente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja.
A tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la aplicación del acto impugnado.
Cuzcurrita de Río Tirón a 29 de noviembre de 2023.- El Presidente, Román Urrecho Junquera.