Ayuntamiento de cihuri - Autoridades y personal (BOR nº 2023-218)

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Delegación de funciones del Pleno en la Alcaldía

Según el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases el Régimen Local, el Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde y en la Junta de Gobierno Local, salvo las enunciadas en el apartado 2, párrafos a), b), c), d), e), f), g), h), i), l) y p), y en el apartado 3 de este artículo. Así mismo, según el artículo 51 apartado 2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, el acuerdo plenario por el que se produzca la delegación, que se adoptará por mayoría simple, surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Estas reglas también serán de aplicación a las modificaciones posteriores de dicho acuerdo. A su vez, el artículo 51 apartado 3 del citado Reglamento prevé que El acuerdo de delegación contendrá el ámbito de los asuntos a que la misma se refiera y las facultades concretas que se delegan, así como las condiciones específicas de ejercicio de las mismas en la medida en que se concreten o aparten del régimen general previsto en este Reglamento.

Atendiendo a la propuesta del Alcalde y previa deliberación, el Pleno, por mayoría absoluta del número legal de miembros de derecho de la Corporación: 4 votos a favor (de Neftalí Isasi Gómez, Nuria Martínez Isasi, Antonio Gordo Barrasa y Javier Llaguno Arrillaga), 0 votos en contra y 0 abstenciones,

ACUERDA

Primero. Delegar en el Alcalde del Ayuntamiento de Cihuri, Neftalí Isasi Gómez el ejercicio de determinadas atribuciones que la legislación vigente en materia de régimen local prevé, fundamentándose concretamente en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Concretamente se delegan en el Alcalde las siguientes atribuciones: El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria. (artículo 22.2 letra j). La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento. (artículo 22.2 letra k).

La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto (salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior) todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (artículo 22.2 letra m).

La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos. (artículo 22.2 letra ñ). Las demás que expresamente le confieran las leyes. (artículo 22.2 letra q).

Segundo. Publicar la delegación en el Boletín Oficial de La Rioja a efectos de publicidad.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cihuri a 26 de octubre de 2023.- El Alcalde-Presidente, Neftalí Isasi Gómez.

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