Consejería de agricultura, ganadería, mundo rural y medio ambiente - Otras disposiciones (BOR nº 2023-211)

Resolución 424/2023, de 11 de octubre, de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, por la que se conceden y deniegan ayudas a los solicitantes detallados en las relaciones adjuntas, por importe total de doscientos setenta mil cuatrocientos noventa y un euros y setenta y cinco céntimos (270.491,75 euros), de ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja correspondiente a la convocatoria del año 2023

Vistos:

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Las solicitudes presentadas y la documentación obrante en los expedientes de ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, al amparo de la Resolución 380/2023, de 17 de marzo, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 62, de 29 de marzo de 2023, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, aprueba la convocatoria pública para el ejercicio 2023 de las ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, conforme a la Orden STE/84/2022, de 15 de diciembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno (Boletín Oficial de La Rioja número 242, de 19 de diciembre de 2022), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para acciones de fomento del sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Las actas previas e informes técnicos relativos a las ayudas para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, elaborados por la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.

El Informe propuesta provisional de resolución de concesión y denegación de ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la convocatoria de 2023, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 152, de 26 de julio de 2023, durante diez días.

El Informe propuesta definitivo de resolución de concesión y denegación de ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiente a la convocatoria del año 2023.

Los beneficiarios cumplen los requisitos y condiciones exigidos en la Orden reguladora para percibir las subvenciones que la misma contempla.

Estas ayudas serán gestionadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, conforme a su estructura orgánica establecida en el Decreto 56/2023, de 14 de julio, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 145, de 17 de julio de 2023. Y a lo establecido en la Resolución 34/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Medio Ambiente, sobre delegación de competencias, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 146, de 18 de julio de 2023.

La Orden STE/84/2022, de 15 de diciembre de 2022, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para acciones de fomento del sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,




RESUELVO

Primero. Redistribuir dentro del proyecto 80702.3 para el ejercicio 2023:

- de la aplicación presupuestaria 09.07.4712.761.05 a la aplicación 09.07.4712.771.00 la cantidad de 26.559,12 euros

- de la aplicación presupuestaria 09.07.4712.762.05 a la aplicación 09.07.4712.771.00 la cantidad de 500,00 euros

- de la aplicación presupuestaria 09.07.4712.781.00 a la aplicación 09.07.4712.771.00 la cantidad de 491,75 euros

Segundo. Anular dentro del proyecto 80702.3 para el ejercicio 2023:

- de la aplicación presupuestaria 09.07.4712.761.05 la cantidad de 26.559,12 euros

- de la aplicación presupuestaria 09.07.4712.762.05 la cantidad de 500,00 euros

- de la aplicación presupuestaria 09.07.4712.781.00 la cantidad de 491,75 euros

Tercero. Autorizar el gasto dentro del proyecto 80702.3 para el ejercicio 2023:

- la cantidad de 27.550,87 euros en la aplicación presupuestaria 09.07.4712.771.00.

Cuarto. Conceder las ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja y comprometer el gasto, a favor de los beneficiarios que se relacionan a continuación, por un importe total de doscientos setenta mil cuatrocientos noventa y un euros y setenta y cinco céntimos (270.491,75 euros), los cuales se cargarán dentro del ejercicio 2023 a la partida presupuestaria que se detalla en el siguiente cuadro:

Ejercicio presupuestario: Año 2023

Con cargo a la aplicación: 09.07.4712.761.05. Proyecto 80702.3 90.440,88 euros

Con cargo a la aplicación: 09.07.4712.771.00. Proyecto 80702.3 180.050,87 euros

Total 270.491,75 euros

El plazo para que los beneficiarios de las ayudas realicen las actuaciones previstas y aporten la documentación justificativa finalizará el día 15 de noviembre de 2023.

Tabla 1

Quinto. Anular el sobrante generado por importe de ocho euros y veinticinco céntimos (8,25 euros), con el siguiente desglose por aplicación presupuestaria:

- de la aplicación presupuestaria 09.07.4712.781.00 la cantidad de 8,25 euros

Sexto. Denegar las subvenciones a los beneficiarios de las ayudas para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja que se detallan a continuación:

Tabla 2

Séptimo. El pago de las citadas ayudas queda condicionado a:

a) El cumplimiento de las condiciones establecidas en la Orden STE/84/2022, de 15 de diciembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.

b) El cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Octavo. Dar traslado de la presente Resolución a Intervención Delegada de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca, Servicio de Coordinación Administrativa, Servicio de Asesoramiento y Cooperación con las Entidades Locales y a los interesados.

Noveno. Publicar en el Boletín Oficial de La Rioja, haciendo saber a los interesados sus derechos de recurso.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo, ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 9.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 46 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Transcurrido el plazo de interposición del recurso de reposición únicamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo.

Logroño a 11 de octubre de 2023.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez (P.D. Resolución 34/2023, de 17 de julio, Boletín Oficial de La Rioja número 146).

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