Ayuntamiento de pradejón - Otras disposiciones (BOR nº 2023-142)

Resolución de Alcaldía 315/2023, de 29 de junio, por la que se convocan subvenciones para actividades culturales y deportivas del año 2023 por concurrencia competitiva (extracto)

BDNS: 706043

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) y en la página web del Ayuntamiento de Pradejón.

Primero. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Pradejón en el momento de la fecha de finalización del plazo de solicitudes.

Segundo. Objeto

La subvención tiene por objeto de estas subvenciones la promoción, fomento y apoyo de las actividades culturales relacionadas con la música, el folclore, la literatura, la historia, intervenciones arqueológicas, artesanía, artes plásticas, escénicas y audiovisuales, así como las actividades deportivas que se organicen y realicen en el municipio de Pradejón de forma gratuita para los ciudadanos en el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023, mediante la financiación parcial de los gastos ocasionados por la realización de las mismas y directamente imputables a la actividad subvencionada, de acuerdo con el artículo 19 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pradejón.

La subvención se dividirá en dos líneas:

1ª Línea: Actividades culturales y deportivas

2ª Línea: Actividades colaborativas municipales

Quedan excluidas a efectos de subvención las actividades que vayan en contra de los principios constitucionales, así como los gastos no subvencionables del artículo 19 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pradejón.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se ajustarán a la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pradejón, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 18, de 10 de febrero de 2001, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 5 de diciembre de 2000, modificada el 12 de abril de 2012.

Dichas subvenciones se encuentran previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de este Ayuntamiento para los años 2023-2025 aprobado por el Pleno de la Corporación de 9 de marzo de 2023.

Cuarto. Cuantía de la ayuda.

Los créditos presupuestarios a los que se imputa la ayuda al Capítulo 4 del Presupuesto 2023, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 15.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de la convocatoria. Se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.

Sexto. Otros datos.

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos determinados en el artículo 12 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pradejón.

En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.

Pradejón a 10 de julio de 2023.- El Alcalde-Presidente, Alfonso Pousada Cabrero.

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