Consejería de desarrollo autonómico - Otras disposiciones (BOR nº 2023-138)

Resolución 31/2023, de 30 de junio, de la Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, por la que se registra y publica el acuerdo parcial de modificación de la Disposición adicional sexta del convenio colectivo de trabajo de aplicación al Personal Laboral al Servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Visto el acuerdo parcial de modificación de la Disposición Adicional Sexta del convenio colectivo de trabajo de aplicación al Personal Laboral al Servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Código número 26000092011985), suscrito al efecto por la comisión negociadora del mismo con fecha 4 de mayo de 2023, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno el 17 de mayo de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Boletín Oficial del Estado del 24), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.

Esta Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales,

ACUERDA

Primero.  Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.  Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial de La Rioja'.

Logroño a 30 de junio de 2023.- El Director General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, Ignacio Arreche Goitisolo.




Modificación del texto del convenio colectivo regulador de las condiciones de trabajo del personal laboral 2008-2011

En aplicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 17 de mayo de 2023, por el que se aprueba el acuerdo alcanzado entre los representantes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Rioja y el Comité de Empresa de fecha 4 de mayo de 2023, se procede a modificar el texto del Convenio Colectivo regulador de las condiciones de trabajo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de la Rioja en los siguientes términos:

Disposición adicional sexta.

3. Personal de Cocinas y Comedores Escolares.

A los trabajadores que presten sus servicios en las cocinas y comedores de los Centros Públicos dependientes de la Consejería que ostente las competencias en Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja les será de aplicación el siguiente régimen:

- El calendario laboral se negociará anualmente entre la Consejería que ostente las competencias en Educación, Cultura y Deporte y el Comité de empresa, una vez conocido el calendario escolar de la Comunidad Autónoma. En la negociación de este calendario se tendrán en cuenta los periodos no lectivos de los centros en los que se ajustará el personal a las necesidades del funcionamiento en los distintos tipos de centros.

- Los contratos de trabajo del personal que tenga la consideración de fijo-discontinuo tendrán cada curso escolar una duración de diez meses tanto para Colegios Públicos como para la Escuela Hogar, incluida la parte proporcional de las vacaciones que, en función del tiempo trabajado, les corresponda según las disposiciones legales vigentes.

- Dichas vacaciones serán disfrutadas en los períodos de inactividad del comedor, incluida Navidad y Semana Santa.

- Los trabajadores deberán ser llamados con la suficiente antelación cada vez que vayan a llevarse a cabo las actividades para las que fueran contratados.

- El personal que preste sus servicios en Centros en los que funcione el servicio de Comedor Escolar tendrá derecho a la utilización gratuita del mismo.

- El personal de cocina encargado del cumplimiento de los protocolos de actuación establecidos en el Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC) percibirá un complemento de 21,23 euros al mes.

La presente modificación entrará en vigor el 1 de septiembre de 2023.

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