Ayuntamiento de santo domingo de la calzada - Autoridades y personal (BOR nº 2023-131)
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Delegaciones de Alcaldía
Por esta Alcaldía, mediante Resolución 2023/0452 de fecha 23 de junio de 2023, se ha resuelto lo siguiente:
'Visto el Decreto de Alcaldía 2023/451, de fecha 23 de junio, en virtud de la cual se nombran a los Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada de entre los miembros que integran su Junta de Gobierno Local.
Considerando lo establecido en los artículos 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43, 44 y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Considerando que, conforme al artículo 38 del ROF, en la sesión extraordinaria que ha de convocar esta Alcaldía en el plazo y con los fines allí determinados se deberá dar cuenta de las delegaciones que se haya estimado oportuno conferir.
Por lo anterior, esta Alcaldía, en el uso de las atribuciones conferidas por los artículos 21.3 y 23.4 de la LBRL y 43 a 45 del ROF,
RESUELVE
Primero. Efectuar las siguientes delegaciones genéricas:
a. En el Primer Teniente de Alcalde, Óscar Reina Martínez:
- Cultura (comprende la Escuela Municipal de Música), Patrimonio y Casco Antiguo.
- Turismo.
- Ferias y Festejos.
b. En la Segunda Teniente de Alcalde, Ainara Gordo Iza:
- Servicios sociales y mayores.
- Infancia y familia (comprende la EIPC Virgen de la Plaza).
- Juventud.
c. En la Tercer Teniente de Alcalde, Deborah Moral Gil:
- Educación.
- Salud.
- Agricultura (comprende caminos rurales).
d. En el Cuarto Teniente de Alcalde, Pedro Antonio Abeytua Rudiez:
- Medio Ambiente (comprende parques y jardines).
- Hostelería.
- Comercio (comprende el Mercadillo).
Las anteriores delegaciones conllevan la dirección y gestión de las áreas que comprenden, sin que en ningún caso conlleve la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Segundo. Efectuar las siguientes delegaciones especiales:
a. En la Concejal María de las Mercedes García Narro:
- Empleo y desarrollo económico.
- Participación ciudadana (comprende asociacionismo, atención al ciudadano y transparencia).
b. En la Concejal Virginia Metola Zuazo:
- Obras y Servicios.
- Deporte.
- Industria.
Las anteriores delegaciones especiales conllevan la gestión de los servicios que comprenden, sin que en ningún caso conlleve la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero. Las delegaciones establecidas en los acuerdos primero y segundo requerirán, para ser eficaces, su aceptación por parte del Delegado. No obstante, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación del acuerdo al miembro de la delegación, no se hiciese manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.
Cuarto. La Alcaldía conservará las siguientes facultades en relación con la competencia delegada:
a. La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada.
b. La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
c. La de avocar en cualquier momento la competencia delegada con arreglo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto. Notificar la presente resolución a los Concejales afectados, la cual surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de La Rioja así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada. En cualquier caso, la presente delegación expirará con el cese del mandato de la Corporación.
Sexto. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento en la sesión extraordinaria que se convoque en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 del ROF, a efectos de que quede enterado de su contenido.'
Santo Domingo de la Calzada a 27 de junio de 2023.- El Alcalde-Presidente, Raúl Riaño García.