Consejería de igualdad, participación y agenda 2030 - Otras disposiciones (BOR nº 2023-117)
Resolución 12/2023, de 7 de junio, de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030, de corrección de errores en la Resolución 11/2023, de 23 de mayo, de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030, por la que se convoca para el ejercicio 2023, las subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo referidas en el artículo 2.1 de la orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo (extracto)
Advertido error en la Resolución 11/2023, de 23 de mayo, de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030, por la que se convoca para el ejercicio 2023, las subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo referidas en el artículo 2.1 de la orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo (extracto), publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 107, de 26 de mayo de 2023, se procede a efectuar la siguiente rectificación:
En el punto sexto,
Donde dice:
'La solicitud deberá estar acompañada de la siguiente documentación:
Documentación obligatoria: la documentación obligatoria exigida en la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, deberá presentarse de acuerdo a los modelos suministrados en el aplicativo CEX, disponibles igualmente en la oficina electrónica y conforme a las instrucciones/limitaciones contenidas en los mismos.
Documentación adicional: se podrá presentar documentación adicional, en un único archivo, hasta un máximo de 25 páginas, tipo de letra Arial 11, interlineado sencillo, con márgenes (superior e inferior, derecho e izquierdo) entre 2 y 2,5 cm. No se admitirá documentación a través de enlace. Por cada página en exceso, se penalizarán 0,10 puntos del total de la puntuación obtenida'.
Debe decir:
'La solicitud deberá estar acompañada de la siguiente documentación:
Documentación obligatoria: la documentación obligatoria exigida en la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, deberá presentarse de acuerdo a los modelos suministrados en el aplicativo CEX, disponibles igualmente en la oficina electrónica y conforme a las instrucciones/limitaciones contenidas en los mismos.
Documentación adicional: se podrá presentar documentación adicional, en un único archivo, hasta un máximo de 50 páginas, tipo de letra Arial 11, interlineado sencillo, con márgenes (superior e inferior, derecho e izquierdo) entre 2 y 2,5 cm. No se admitirá documentación a través de enlace. Por cada página en exceso, se penalizarán 0,10 puntos del total de la puntuación obtenida'.
Logroño a 7 de junio de 2023.- La Consejera de Igualdad, Participación y Agenda 2030, Raquel Romero Alonso.