Consejería de educación, cultura, deporte y juventud - Otras disposiciones (BOR nº 2023-109)
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Resolución 98/2023, de 26 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la segunda modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Deporte para el período 2023-2025
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece la obligación para los órganos de las Administraciones Públicas y cualesquiera entes públicos responsables de la gestión de subvenciones de elaborar un plan estratégico de subvenciones.
En los mismos términos se pronuncia el artículo 178.2 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda de La Rioja, que recoge que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Por último, el artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a los titulares de las Consejerías la competencia para la aprobación de dicho instrumento de planificación y determina que contendrá previsiones para un periodo de vigencia máximo de tres años.
Una vez aprobado, este constituye un instrumento que permite establecer una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir con relación a los costes previsibles y sus fuentes de financiación, y así adecuar las subvenciones a conceder a los recursos disponibles con carácter previo a su nacimiento y de forma plurianual.
Por Decreto de la Presidencia 16/2021, de 8 de septiembre, se modifican las competencias de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, fijadas en el Decreto 6/2019, de 29 de agosto, en el Decreto 16/2019, de 7 de octubre, y en el Decreto 6/2020, de 24 de agosto, todos ellos de la Presidenta.
El Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la competencia del Consejero en la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones.
Por Resolución 46/2023, de fecha 28 de marzo, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 65, de 3 de abril, se aprobó el vigente Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Deporte para el período 2023-2025, que ha sido modificado por la Resolución 77/2023, de 1 de mayo de 2023, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 92, de 9 de mayo.
Para que los planes estratégicos de subvenciones desplieguen todos los efectos como verdaderos instrumentos no solo de planificación, sino también de apoyo y mejora en la gestión y el control, es necesario llevar a cabo una labor de revisión, actualización y seguimiento de los planes aprobados que posibilite la toma de decisiones orientadas a la modificación, sustitución o eliminación de aquellas subvenciones que no alcancen los objetivos eficacia, eficiencia y economía previstos.
Esta modificación deriva de la necesidad derivada de una subvención con entidad local para garantizar la prestación de otros servicios necesarios y prioritarios para la localidad, junto con los gastos corrientes que genera un Ayuntamiento.
Esta modificación del plan ha sido informada por la Dirección General con competencia en control presupuestario a efectos de lo dispuesto en el artículo 9.2.4.i) del Decreto 43/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de La Rioja así como de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja en fecha 23 de mayo de 2023.
Por todo lo anterior, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 42.2 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros y por el artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud,
RESUELVE
Primero. Aprobar la segunda modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Deporte para el período 2023-2025, aprobado mediante Resolución 46/2023, de 28 de marzo de 2023, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud que se adjunta como Anexo a esta Resolución.
Segundo. Disponer la publicación de la citada modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General Deporte para el período 2023-2025.
Logroño a 26 de mayo de 2023.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud. Pedro María Uruñuela Nájera.
ANEXO
V. Objetivo General. El deporte como Desarrollo Económico Objetivo 1. Financiar la construcción y reparación de instalaciones deportivas Línea 10. Convenio con el Ayuntamiento de Arnedo
Objeto. Financiación de obras para la construcción de Pabellón Deportivo.
Beneficiario. Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cuantía subvencionada:
Partidas presupuestarias | 2023/euros | 2024/euros | 2025/euros |
08.03.3411.761.10 | 100.000,00 | 0,00 | 0,00 |
08.03.3411.761.15 | 0,00 | 400.000,00 | 0,00 |
Financiación. Las dotaciones consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la respectiva anualidad.
Se concreta en las partidas presupuestarias 08.03.3411.761.10. y 08.03.3411.761.15.
Modo de Concesión. Concesión Directa. Anexo III de la Ley de presupuestos del año en curso. Subvenciones Nominativas, y artículo 22 c) Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
Indicadores de seguimiento y evaluación continua. Número usuarios, número modalidades deportivas.
Valores objetivos indicadores de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores | 2023 | 2024 | 2025 |
Número usuarios | 0 | 0 | 150 |
Número modalidades deportivas | 0 | 0 | 5 |