Consejería de agricultura, ganaderia, mundo rural, territorio y población - Otras disposiciones (BOR 2023-95)
Requerimiento de subsanación relativo a la convocatoria pública de las ayudas a la incorporación de jóvenes agricultores, aprobada mediante Resolución 1228/2022, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población
Mediante la Resolución 1222/2022, de 28 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueba la convocatoria pública 2023 de las ayudas para la incorporación de jóvenes agricultores, prevista en la Orden 7/2016, de 18 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la incorporación de jóvenes agricultores en la medida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014-2020.
Se han recibido 36 solicitudes dentro del plazo contemplado y se ha procedido a la comprobación de la documentación aportada.
Por el presente requerimiento se comunica a los solicitantes que se relacionan que, una vez revisada la documentación presentada, esta se constata insuficiente, por lo que deberán presentar y/o completar la documentación requerida a cada solicitante en la aplicación MAG Mejora y modernización de explotaciones agrarias, a la que se puede acceder en la página web (www.larioja.org/pdr).
La relación de solicitantes para la subsanación de la solicitud es la que figura en Anexo a este requerimiento.
La documentación requerida puede ser para acreditar alguno de los puntos de prioridad o para cumplir con alguno de los requisitos de subvencionabilidad del expediente.
Por tanto se requiere a los solicitantes para que, en un plazo de diez días a contar a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de La Rioja, presenten los documentos solicitados por medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la aplicación Desarrollo Rural a la que puede acceder en la página web (www.larioja.org/pdr). En caso contrario:
- Si la documentación requerida es para acreditar alguno de los criterios de prioridad y no se subsana, perderá el derecho a que se puntúe el citado criterio con las consecuencias que se puedan derivar de ello, bien sea para alcanzar la puntuación mínima (35 puntos) o para la clasificación en el orden de prioridad.
- Si la documentación requerida es necesaria para a la subvencionabilidad del expediente y no se subsana se les tendrá por desistidos de su solicitud de ayuda.
Logroño a 9 de mayo de 2023.- El Jefe de Sección de Ayudas a las Explotaciones Agrarias y al Relevo Generacional, José Ignacio Palacios Palacios.