Agencia de desarrollo económico de la rioja - Otras disposiciones (BOR 2023-83)
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Resolución de 26 de abril de 2023, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria 2023 de las subvenciones para el apoyo a la financiación de las empresas, en régimen de concesión directa (extracto)
BDNS 690850, 690851
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero. Beneficiarios.
Empresas industriales, extractivas, transformadoras y de servicios, así como el comercio mayorista y minorista.
No serán subvencionables las actividades económicas incluidas en la CNAE-2009 (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril) siguientes: Sección D (Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado), F 41.1 (Promoción inmobiliaria), Sección K (Actividades financieras y de seguros) y Sección L (Actividades inmobiliarias, con excepción de la clase 68.32, Gestión y administración de la propiedad inmobiliaria, que sí será subvencionable).
El solicitante deberá estar dado de alta en el censo de actividades económicas en la fecha de cierre del plazo de presentación solicitudes previsto en esta convocatoria.
Segundo. Objeto.
Facilitar a las empresas el acceso a préstamos bancarios y operaciones de arrendamiento financiero mediante alguno de los programas siguientes:
a) Programa 1: Préstamos y arrendamientos financieros para inversiones.
b) Programa 2: Préstamos de apoyo a circulante.
Se subvencionará lo siguiente:
a) El coste de la comisión de estudio con el límite del 0,75% y de la comisión anual con el límite del 2%, correspondientes a la sociedad de garantía recíproca.
b) En el caso de préstamos de apoyo a circulante (Programa 2), cuando la actividad desarrollada por el beneficiario sea la de comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados -Sección G, clase 47.30 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE-2009-, se subvencionará además el 100% de los intereses ordinarios de los seis primeros meses del préstamo. Esta bonificación no superará en ningún caso los 2,5 puntos de interés.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden DEI/7/2018, de 19 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja para el apoyo a la financiación de las empresas, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 17, de 9 de febrero de 2018), modificada por Orden DEA/79/2021, de 29 de noviembre (Boletín Oficial de La Rioja número 236, de 1 de diciembre de 2021).
Cuarto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 1.000.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de junio de 2023, a las 14:00 horas.
Podrán subvencionarse inversiones iniciadas, gastos efectuados y contratos de préstamo y de arrendamiento financiero formalizados entre el 3 de diciembre de 2022 y el 30 de junio de 2023.
Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.
Sexto. Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).
- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.
- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 9, de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos de interés.
- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es)
- Procedimiento de concesión.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.
- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Logroño a 26 de abril de 2023.- El Gerente, Luis Alonso Fernández.