Ayuntamiento de fuenmayor - Otras disposiciones (BOR 2023-82)

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Bases y convocatoria de concursos de fiestas de Fuenmayor 2023 (extracto)
BDNS: 690403

1. Objeto y finalidad.

Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso de concesión de premios del concurso de fiestas de Fuenmayor 2023 organizadas por el Ayuntamiento de Fuenmayor.

La finalidad de esta convocatoria es fomentar el mantenimiento de las tradiciones culturales y festivas heredades de nuestros antepasados y transmitirlas a nuestros descendientes como componente de nuestro patrimonio cultural.

2. Requisitos de los participantes.

Se convocan estos concursos de fiestas de Fuenmayor 2023 en los que, según lo establecido en el apartado 4 de estas Bases, podrán participar todas las personas que previamente lo soliciten.

3. Categoría y premios.

La dotación presupuestaria destinada a esta convocatoria será de 700 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 334 48001 del Presupuesto General Municipal para el año 2022 prorrogado para el año 2023.

Las categorías y premio son los siguientes:

II Concurso de Ranchos:

- A celebrar el 25 de junio de 2023 a las 10:00 horas en la Plaza Félix Azpilicueta

- Premio: 150 euros, más un diploma.

Concurso de tortillas de patata:

- A celebrar el 16 de septiembre de 2023 a las 11:00 horas en la Plaza del Ayuntamiento.

- Premio: 100 euros más diploma.

Concurso de Petanca:

- A celebrar durante los días 15 y 16 de septiembre de 2023 en la Plaza del Ayuntamiento

- Premio: Un jamón serrano (valoración aproximada 60 euros)

Concurso de Carteles Fiestas de La Cruz 2023:

- Las obras se presentarán personalmente o se enviarán por correo a la Casa de Cultura (Plaza de la Cultura número 2, 26360 Fuenmayor) antes de las 13:00 horas del 22 de julio de 2023. Se admitirán aquellos trabajos enviados y matasellados en el plazo legal, que lleguen antes de la votación del jurado.

- Premio: 100 euros y Trofeo Institucional del Ayuntamiento de Fuenmayor al cartel elegido. El trofeo, se entregará en el Ayuntamiento, después del disparo del cohete anunciador de las fiestas y el premio en metálico se abonará mediante transferencia bancaria, previa presentación de la ficha de alta a terceros presentada por el ganador del sorteo.

4. Inscripciones. Lugar, plazo y documentación.

Los participantes deberán presentar en las oficinas municipales la solicitud, según el modelo de instancia general que tendrán a su disposición en las mismas, o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenmayor, https://fuenmayor.sedelectronica.es/info.0. Los solicitantes se les facilitará una copia de estas bases que rigen la participación en los Concursos de Fiestas de Fuenmayor 2023.

El plazo de presentación comenzará al día siguiente de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Rioja.

En dicha solicitud figurarán y deberán ser suscritas:

- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y de hallarse al corriente de pagos y obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Fuenmayor.

- Declaración de conformidad para que el Ayuntamiento de Fuenmayor de oficio compruebe lo anteriormente indicado; a lo que se procederá obligatoriamente con todos los premiados.

5. El Jurado y criterios de puntuación.

El Jurado estará presido por cinco personas, dos de las cuales serán concejales del Ayuntamiento de Fuenmayor. Las bases de cada uno de los concursos de fiestas que se convoquen, estarán a disposición de quien lo solicite en las oficinas municipales.

El jurado tendrá en cuenta a la hora de puntuar los siguientes criterios:

1º.- III Concurso de Ranchos:

- Presentación y sabor.

2º.- Concurso de tortillas de patata:

- Presentación y sabor.

Se podrán declarar desiertos los premios que no alcancen la suma de puntuaciones una media de 5 puntos en cada uno de los grupos establecidos.

Al finalizar el concurso, se valorará por el jurado y se procederá a dar difusión a los premios.

6. Órgano competente.

Una vez formulada la propuesta de resolución por el Jurado, la competencia para el otorgamiento de los premios corresponde al Alcalde u órgano municipal en el que haya delegado, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

7. Publicación de la convocatoria y notificación o publicación de los actos dictados en el procedimiento.

La presente convocatoria, sus bases y sus anuncios relativos al concurso, según los artículos 18.2 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Fuenmayor y en la página web municipal; y un extracto en el Boletín Oficial de la Rioja.

Las propuestas de resoluciones y las resoluciones de la subvención serán objeto de publicación en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fuenmayor, surtiendo efectos de notificación practicada conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1 apartado b de la Ley 39/2014 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación a los procedimientos de concurrencia competitiva.

8. Pago de los premios.

Resuelta la concesión de los premios por la Alcaldía se ordenará el pago previa realización de los trámites reglamentarios necesarios. No se podrá efectuar el pago de los premios si los beneficiarios no se hallarán al corriente en el cumplimiento de pagos y obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Fuenmayor.

El abono del premio se realizará por transferencia en una cuenta bancaria a nombre del beneficiario, para ellos los participantes que resulten ganadores, deberán presentar una ficha de alta a terceros con la acreditación del número de la cuenta bancaria.

9. Tratamiento de datos de carácter personal.

De conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, y en concreto el Reglamento (Unión Europea ) 2016/679, le informamos que sus datos personales formarán parte de un tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Fuenmayor. Dicho tratamiento está legitimado por el ejercicio de poderes públicos y/o por el cumplimiento de una tarea de interés públicos. Sus datos no serán cedidos a terceros, salvo que la ley lo permita o lo exija expresamente.

Sin perjuicio de todo ello, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos, cancelación y oposición, en relación a sus datos personales, dirigiéndose al Registro General del Ayuntamiento o a la dirección de correo electrónico, ayto@fuenmayor.es.

10. Observaciones generales.

El Ayuntamiento de Fuenmayor se reserva el derecho a alterar o modificar su fuera preciso el desarrollo, lugar, fecha y hora de los actos, lo que será comunicado a los inscritos.

11. Régimen jurídico.

El otorgamiento de los premios se regirá por la Ley General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenmayor, las presentes Bases, y las Bases de ejecución del presupuesto municipal en los preceptos que resulten de aplicación. Supletoriamente serán de aplicación las normas establecidas en la legislación sobre procedimiento administrativo común.

12. Régimen de recursos.

La participación en los Concursos supone la aceptación de sus bases y el sometimiento a las mismas de cuantas personas concurran al mismo. Las incidencias que se deriven del desarrollo del concurso y de la interpretación de estas bases serán resueltas por el órgano competente.

Contra la presente convocatoria, sus Bases y las resoluciones administrativas, que se adopten en ejecución de las mismas podrán interpone los siguientes recursos:

- Recurso Contencioso Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la resolución.

- Previamente y con carácter potestativo, Recurso de Reposición de conformidad con el artículo 123 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la resolución ante el Alcalde-Presidente.

- El interesado, no obstante, podrá interpone cualquier otro recurso que estime conveniente.

Fuenmayor a 25 de abril de 2023 - El Alcalde-Presidente, Alberto Peso Hernaiz.

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