Ayuntamiento de muro en cameros - Autoridades y personal (BOR 2023-82)
Convocatoria para la provisión del cargo de Juez de Paz sustituto
De conformidad con lo establecido en los artículos 4 a 6, 20, 21 y 28 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, y en concordancia con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha resuelto anunciar por renuncia, la vacante de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Muro en Cameros (La Rioja).
Para ocupar dichos cargos, aun no siendo licenciado en derecho, se requiere ser español, vecino de Muro en Cameros, mayor de edad, gozar de buena conducta y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Debiendo aportar certificado de antecedentes penales.
Los vecinos/as de este Municipio que estén interesados/as en el cargo, que reúnan las condiciones legalmente establecidas y no incurran en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el plazo de quince días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, podrán presentar la solicitud, en el Registro General del Ayuntamiento de Muro en Cameros, o a través de la sede electrónica local.
El Juez de Paz sustituto será elegido por el Pleno del Ayuntamiento entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. Si no hubiese solicitante, el Pleno elegirá libremente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Lo que se publica para general conocimiento.
Muro en Cameros a 27 de abril de 2023.- El Alcalde-Presidente, Miguel Ángel Terroba Moreno.