Consejería de agricultura, ganaderia, mundo rural, territorio y población - Otras disposiciones (BOR 2023-66)

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Requerimiento de subsanación de la documentación presentada por los solicitantes de ayudas para la creación o mejora de infraestructuras agrarias de carácter municipal en la convocatoria 2023, según Resolución 1224/2022

Se han recibido 74 solicitudes de caminos rurales y 6 de otras infraestructuras a la convocatoria pública mediante Resolución 1224/2022, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se realiza la convocatoria pública 2023 de las ayudas para la creación o mejora de infraestructuras agrarias de carácter municipal.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Resolución de convocatoria y de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja cualquier acto derivado de la instrucción de la ayuda, como pudiera ser la subsanación de solicitudes y la propuesta provisional de resolución, entre otros.

No obstante, si el órgano gestor lo estima adecuado, y sin sustituir a la publicación, se podrán realizar notificaciones individualizadas a cada uno de los beneficiarios donde se contengan las circunstancias particulares de su subvención. Realizado dicho trámite, todos los solicitantes subsanan la documentación necesaria, excepto los que se recogen en la presente publicación.

Por la presente se comunica a los solicitantes que, una vez revisada la documentación presentada, ésta se constata insuficiente, emplazándoles a la presentación de la que a continuación se detalla:

Número de expediente: INF-23-0002

Titular: Ayuntamiento de Nieva de Cameros

Cuestiones a subsanar:

1. Certificado del acuerdo del órgano competente el que se decida solicitar la ayuda

2. Contrato u hoja de encargo del proyecto

3. Memoria valorada o proyecto detallado que incluya ortofotos de la zona

4. Certificado del secretario municipal acreditando que la inversión cumple con el plan de estabilidad presupuestaria

5. Certificado del secretario municipal acreditando la existencia de ordenanza de conservación de caminos y otras infraestructuras

6. Declaración expresa del solicitante de las ayudas solicitadas y/o concedidas con la misma finalidad

7. Días y horario de secretaría

8. Certificado en el que conste el procedimiento de ejecución/adjudicación de la inversión

9. Certificado de existencia de consignación presupuestaria

10. Certificado de disponibilidad de los terrenos

Número de expediente: CAM -23-0054

Titular: Ayuntamiento de Torrecilla sobre Alesanco

Cuestiones a subsanar:

1. Certificado del acuerdo del órgano competente el que se decida solicitar la ayuda

2. Delimitación sobre ortofotos y/o planos entre caminos principales y secundarios

3. Contrato u hoja de encargo del proyecto

4. Memoria valorada o proyecto detallado que incluya ortofotos de la zona

5. Certificado del secretario municipal acreditando la existencia de ordenanza de conservación de caminos y otras infraestructuras

6. Declaración expresa del solicitante de las ayudas solicitadas y/o concedidas con la misma finalidad

7. Días y horario de secretaría

8. Certificado en el que conste el procedimiento de ejecución/adjudicación de la inversión

9. Certificado de existencia de consignación presupuestaria

Por tanto se requiere a los solicitantes para que, en un plazo de diez días a contar a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de La Rioja, presenten los documentos solicitados a través de la plataforma (www.larioja.pdr/caminos), una vez agotados los plazos establecidos en los requerimientos individualizados.

En caso contrario, se les tendrá por desistidos de su solicitud de ayuda para la creación o mejora de infraestructuras agrarias de carácter municipal en su convocatoria 2023.

En caso de disconformidad, se les abren trámites de alegaciones y de audiencia por un plazo de diez días a contar a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de La Rioja, para presentar las alegaciones que estime oportunas, de acuerdo con los artículos 76.1 y 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Logroño a 30 de marzo de 2023.- El Jefe de Servicio de Desarrollo Rural y Reto Demográfico, Pedro Manuel Sáez Rojo.

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