Consejería de sostenibilidad, transición ecológica y portavocía del gobierno - Otras disposiciones (BOR 2023-50)

Resolución 111/2023, de 1 de marzo, de la Dirección General de Transición Energética y Cambio Climático, de autorización administrativa previa y de construcción de instalación eléctrica. AT/0025591

Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente de referencia AT/0025591 incoado en esta Dirección General a instancia de I-DE Redes Electricas Inteligentes, S.A.U., solicitando autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica cuyas características técnicas principales son las siguientes: 

Descripción: Línea subterránea A 20 kV S.C. de enlace entre CT 'Cno. Tirgo' y CT 'Ctra. Cuzcurrita'

Ubicación: Cuzcurrita-Rio Tirón Cuzcurrita De Rio Tirón.  

Finalidad de la instalación:  Distribución

Características técnicas:  

Línea subterránea de 20 kV y simple circuito de enlace entre centro de transformación 'Cno. Tirgo' y el centro de transformación 'Ctra. Cuzcurrita'. 

El proyecto comprende la instalación de una línea que partirá de la celda de línea del centro 'Cno. Tirgo' y finalizará en la celda de línea del centro 'Ctra. Cuzcurrita'. Esta tendrá una longitud total de 543 metros, conductor tipo HEPRZ1-12/20 kV de 3(1x240) mm2 y trayectoria según documentación gráfica obrante en el proyecto.

Posteriormente, se llevará a cabo el desmonte y achatarramiento de: 

- 2 apoyos metálicos de celosía (número 99 y número 718).

- 1 tramo de la línea aérea actual a 20 kV, de 90 metros de longitud, localizado entre los apoyos apoyos anteriormente citados y con conductor tipo 67-AL1/11-ST1A (LA-78).

- 2 tramos de línea subterránea a 20 kV: el primero ubicado entre apoyo número 99 y CT 'Cno Tirgo' con una longitud de 33 m y conductor tipo DHV 12/20 kV 3x150 mm2 Al CIRC.C H-16 R S E y el segundo situado entre apoyo número 718 y CT 'Ctra Cuzcurrita' con una longitud de 95 metros y conductor tipo HEPR Z1 12/20 kV 3x150 mm2 Al CIRC.C H-16 R S E. 

Esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, de desarrollo de la ley en cuanto a autorización de instalaciones, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23; el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión; el Decreto 32/1998, de 30 de abril, por el que se establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna y otros aplicables, 

RESUELVE

Otorgar la autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación solicitada de acuerdo con el proyecto de ejecución de las obras, debiendo atenerse a las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido al efecto.

El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la presente resolución. Este plazo puede ser prorrogado por un periodo de un año a instancia de parte.

El incumplimiento de las condiciones de la presente resolución podrá dar lugar a la revocación de la presente autorización. La presente autorización no exime de la necesidad de cualesquiera otras autorizaciones, permisos o licencias previstas en la legislación vigente.

El titular dará cuenta de la terminación de las obras a efectos de su reconocimiento definitivo y emisión de la Autorización de Explotación. 

Esta resolución no agota la vía administrativa. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114, 115 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este documento se notifica a los interesados la presente resolución, según lo establecido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que los datos de carácter personal que nos ha facilitado para la tramitación de este expediente, así como los que se recaben en el marco de la relación mantenida con la Dirección General de Transición Energética y Cambio Climático quedarán recogidos en un fichero propiedad de la misma domiciliada en C/ Prado Viejo, 62  bis Logroño. La recogida y tratamiento de estos datos tiene como finalidad la gestión y tramitación de su solicitud. Así mismo Vd. autoriza y consiente la cesión de sus datos a otras Administraciones y Organismos Colaboradores de la Administración.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante comunicación escrita a la Dirección General de Transición Energética y Cambio Climático.

Logroño a 1 de marzo de 2023.- El Director General de Transición Energética y Cambio Climático, Iván Moya Mallafré.



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