Ayuntamiento de ventosa - Otras disposiciones (BOR 2023-44)

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Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos

El Pleno del Ayuntamiento de Ventosa en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de enero de 2023 acordó aprobar inicialmente el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos.

Efectuada la exposición al público por plazo de treinta días hábiles en el Boletín Oficial de la Rioja número 17, de 25 de enero de 2023, no se han formulado alegaciones por lo que el referido acuerdo ha sido elevado a definitivo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, según lo establecido en el artículo 152.2 de la Ley 1/2003 de 3 de marzo de la Administración Local de La Rioja.

De conformidad con el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se inserta a continuación el acuerdo de aprobación y el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Fiscal. Contra dicho acuerdo podrá interponerse recurso Contencioso-administrativo ante el tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación, en la forma que establece la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.

Acuerdo de aprobación y texto de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos:

Visto el Expediente tramitado para la modificación de la ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos.

Teniendo en cuenta que el importe de la mencionada tasa no se ha actualizado en los últimos ejercicios.

Por unanimidad de los cinco concejales que componen la Corporación se,

ACUERDA

Primero. Aprobar provisionalmente la modificación de las tarifas contenidas en el artículo 6 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos, tal como sigue:

- Tipo de gravamen y cuota tributaria.

Artículo 6.

El tipo impositivo estará determinado por la Tarifa del cuadro que a continuación se detalla:

- Viviendas de carácter familiar: 60 euros

- Bares, cafeterías, o establecimientos de carácter similar: 120 euros

- Hoteles, fondas, residencias y similares: 120 euros

- Locales comerciales: 120 euros

- Bodegas y Merenderos: 30 euros

- Industrias: 120 euros

Segundo. Exponer al público el expediente, junto con el texto del articulado modificado durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, al objeto de que los interesados puedan presentar reclamaciones.

Tercero. La ordenanza modificada surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, tras la exposición al público, de acuerdo con el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Cuarto. El acuerdo de aprobación se entenderá elevado a definitivo en ausencia de reclamaciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Ventosa a 1 de marzo de 2023.- El Alcalde-Presidente, Ricardo Velasco García.

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