Consejería de agricultura, ganaderia, mundo rural, territorio y población - Otras disposiciones (BOR 2023-44)
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Requerimiento de subsanación relativo a la convocatoria pública aprobada mediante Resolución 988/2022, de 27 de octubre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de ayudas económicas con carácter de subvención, para pequeñas actuaciones en infraestructuras de riego de comunidades de regantes.
Mediante la Resolución 988/2022, de 27 de octubre (Boletín Oficial de La Rioja de 2 de noviembre de 2022), se realizó la convocatoria pública 2022 para la concesión de ayudas económicas, con carácter de subvención para pequeñas actuaciones en infraestructuras de riego de comunidades de regantes, prevista en la Orden ATP/28/2022, de 2 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, con carácter de subvención, para pequeñas actuaciones en infraestructuras de riego de comunidades de regantes.
Se han recibido 23 solicitudes dentro del plazo contemplado, y se ha procedido a la comprobación de la documentación aportada.
Por el presente requerimiento se comunica a los solicitantes que, una vez revisada la documentación presentada, ésta se constata insuficiente de acuerdo al artículo 7 de la Orden ATP/28/2022, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, con carácter de subvención, para pequeñas actuaciones en infraestructuras de riego de comunidades de regantes, por lo que deberán subsanarla y/o completarla con la nueva documentación que se le requiere a continuación.
La documentación requerida se presentará por medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la carpeta del ciudadano, accediendo a su expediente, en un plazo de diez días a contar a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de La Rioja.
De acuerdo al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si no presentaran la documentación requerida en el plazo indicado, se les tendrá por desistidos de su solicitud de ayuda.
Comunidad de Regantes Ojacastro (Expediente. Reg-PA-22-0001). Aspectos a subsanar:
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- El padrón de la Comunidad de Regantes presentado no es válido. Deberá presentar un padrón en formato editable, tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- El proyecto presentado deberá contener, además de lo presentado, lo siguiente:
Anejo agronómico de necesidades hídricas de los cultivos en la zona regable, que deberá corresponder con la concesión de agua y el padrón.
Anejo de costes económicos detallados que soportan los regantes en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, con especificación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Anejo de consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
Comunidad de Regantes de Medrano (Expediente. Reg-PA-22-0002). Aspectos a subsanar:
- Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario).
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Estatutos de la Comunidad de Regantes.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de la Convocatoria.
- El proyecto presentado no es válido, deberá presentar un proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la orden de bases reguladoras.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
Comunidad de Regantes del Término de Tambarría (Expediente. Reg-PA-22-0003). Aspectos a subsanar:
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Resolución o autorización del organismo de cuenca de la concesión de agua.
- El padrón de la Comunidad de Regantes presentado no es válido. Deberá presentar un padrón en formato editable, tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Informe favorable del presupuesto del Plan de Emergencia, emitido por el servicio competente en materia de seguridad de presas o balsas del Gobierno de La Rioja.
- Documentación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación de los consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Comunidad de Regantes La Nava de Valverde (Expediente. Reg-PA-22-0004). Aspectos a subsanar:
- El padrón de la Comunidad de Regantes presentado no es válido. Deberá presentar un padrón en formato editable, tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- El proyecto presentado deberá contener, además de lo presentado, lo siguiente:
Anejo de costes económicos detallados que soportan los regantes en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, con especificación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Anejo de consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
Comunidad de Regantes de la Vega del Pantano de Añamaza (Expediente. Reg-PA-22-0005). Aspectos a subsanar:
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
- El padrón de la Comunidad de Regantes presentado no es válido. Deberá presentar un padrón en formato editable, tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- El proyecto presentado deberá contener, además de lo presentado, lo siguiente:
Anejo de costes económicos detallados que soportan los regantes en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, con especificación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Anejo de consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
Comunidad de Regantes Rio Ebro de Alfaro (Expediente. Reg-PA-22-0006). Aspectos a subsanar:
- Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario).
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la Orden de bases reguladoras.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
- El padrón de la Comunidad de Regantes presentado no es válido. Deberá presentar un padrón en formato editable, tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Declaración, informe, resolución de impacto ambiental, o en su caso resolución de no sometimiento a declaración de impacto ambiental, con sentido positivo e incorporar las condiciones derivadas de dichos procedimientos; según legislación aplicable.
Comunidad de Regantes Rio Alhama de Alfaro (Expediente. Reg-PA-22-0007). Aspectos a subsanar:
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Tres ofertas de realización de Planes de Emergencia de diferentes proveedores.
- El padrón de la Comunidad de Regantes presentado no es válido. Deberá presentar un padrón en formato editable, tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Informe favorable de la oferta de servicios de los dos Planes de Emergencia, emitido por el servicio competente en materia de seguridad de presas o balsas del Gobierno de La Rioja.
- Documentación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación de consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Comunidad de Regantes de Lardero (Expediente. Reg-PA-22-0008). Aspectos a subsanar:
- Acuerdo del órgano competente según los estatutos, el presentado no es válido puesto que es de Junta de Gobierno.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de la Convocatoria.
- Documentación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación de consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Comunidad General de Regadíos de Calahorra (Expediente. Reg-PA-22-0009). Aspectos a subsanar:
- Acuerdo del órgano competente según los estatutos, el presentado no es válido puesto que es de Junta de Gobierno.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de la Convocatoria.
- La Memoria Valorada presentada no es válida: deberá presentar un proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la orden de bases reguladoras.
- Declaración, informe, resolución de impacto ambiental, o en su caso resolución de no sometimiento a declaración de impacto ambiental, con sentido positivo e incorporar las condiciones derivadas de dichos procedimientos; según legislación aplicable.
Comunidad de Regantes El Valle Bajo (Expediente. Reg-PA-22-0010). Aspectos a subsanar:
- Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario).
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la Orden de bases reguladoras.
- El padrón de la Comunidad de Regantes presentado no es válido. Deberá presentar un padrón en formato editable, tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
- Declaración, informe, resolución de impacto ambiental, o en su caso resolución de no sometimiento a declaración de impacto ambiental, con sentido positivo e incorporar las condiciones derivadas de dichos procedimientos; según legislación aplicable.
Comunidad de Regantes Sector 3º Tramo III Canal Margen Izquierda del Najerilla (Expediente. Reg-PA-22-0011). Aspectos a subsanar:
- Acuerdo del órgano competente según los estatutos, el presentado no es válido puesto que es de Junta de Gobierno.
- Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario).
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Certificado de Disponibilidad de los Terrenos afectados por la obra.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de la Convocatoria.
- La Memoria Valorada no es válida: Deberá presentar un proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la orden de bases reguladoras.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
- Declaración, informe, resolución de impacto ambiental, o en su caso resolución de no sometimiento a declaración de impacto ambiental, con sentido positivo e incorporar las condiciones derivadas de dichos procedimientos; según legislación aplicable.
Comunidad de Regantes Valle del Yalde (Expediente. Reg-PA-22-0012). Aspectos a subsanar:
- Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario).
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de la Convocatoria.
- La Memoria Valorada no es válida: Deberá presentar un proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la orden de bases reguladoras.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
- Declaración, informe, resolución de impacto ambiental, o en su caso resolución de no sometimiento a declaración de impacto ambiental, con sentido positivo e incorporar las condiciones derivadas de dichos procedimientos; según legislación aplicable.
Comunidad de Regantes del Tirón Rioja Alta (Expediente. Reg-PA-22-0013). Aspectos a subsanar:
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- El padrón de la Comunidad de Regantes presentado no es válido. Deberá presentar un padrón en formato editable, tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria. Además, el padrón aportado no especifica la superficie de las parcelas.
- Documentación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación técnica que justifique el uso de energía renovable para el sistema de bombeo o el uso de presión natural para presurizar la red de riego, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.d) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación de consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Comunidad de Regantes de Haro (Expediente. Reg-PA-22-0014). Aspectos a subsanar:
- Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario).
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- La Memoria Valorada no es válida: Deberá presentar un proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la orden de bases reguladoras.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
- Declaración, informe, resolución de impacto ambiental, o en su caso resolución de no sometimiento a declaración de impacto ambiental, con sentido positivo e incorporar las condiciones derivadas de dichos procedimientos; según legislación aplicable.
Comunidad de Regantes de Villalba de Rioja (Expediente. Reg-PA-22-0015). Aspectos a subsanar:
- Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario).
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de la Convocatoria.
- La Memoria Valorada no es válida: Deberá presentar un proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la orden de bases reguladoras.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
- Declaración, informe, resolución de impacto ambiental, o en su caso resolución de no sometimiento a declaración de impacto ambiental, con sentido positivo e incorporar las condiciones derivadas de dichos procedimientos; según legislación aplicable.
Comunidad de Regantes de Arenzana de Abajo (Expediente. Reg-PA-22-0016). Aspectos a subsanar:
- Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario).
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de la Convocatoria.
- La Memoria Valorada no es válida: Deberá presentar un proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la orden de bases reguladoras.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
- Declaración, informe, resolución de impacto ambiental, o en su caso resolución de no sometimiento a declaración de impacto ambiental, con sentido positivo e incorporar las condiciones derivadas de dichos procedimientos; según legislación aplicable.
Comunidad de Regantes de Ochánduri (Expediente. Reg-PA-22-0017). Aspectos a subsanar:
- Acuerdo del órgano competente, según proceda, que deberá contener los siguientes puntos:
I) Adopción de la decisión de promover la inversión prevista.
II) Acuerdo de solicitar la ayuda.
III) Nombramiento de representante legal.
IV) Compromiso de financiar la parte de inversión no subvencionada
V) Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario)
VI) Declaración expresa de las ayudas solicitadas y/o concedidas con la misma finalidad.
VII) Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de la Convocatoria.
- La Memoria Valorada no es válida: Deberá presentar un proyecto con la adecuada justificación técnico-económica que contenga una solución técnica única, eficiente y precisa y estará formado por todos los documentos que figuran en el punto f del Artículo 7.4 de la orden de bases reguladoras.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
- Declaración, informe, resolución de impacto ambiental, o en su caso resolución de no sometimiento a declaración de impacto ambiental, con sentido positivo e incorporar las condiciones derivadas de dichos procedimientos; según legislación aplicable.
Comunidad de Regantes de Cornago (Expediente. Reg-PA-22-0018). Aspectos a subsanar:
- Declaración expresa de las ayudas solicitadas y/o concedidas con la misma finalidad.
- Certificado de Disponibilidad de los Terrenos afectados por la obra.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de la Convocatoria.
- El proyecto presentado deberá contener, además de lo presentado, lo siguiente:
Anejo de costes económicos detallados que soportan los regantes en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, con especificación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Anejo de consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
Comunidad de Regantes de Inestral y Vallalengua (Expediente. Reg-PA-22-0019). Aspectos a subsanar:
- El padrón de la Comunidad de Regantes presentado no es válido. Deberá presentar un padrón en formato editable, tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria. Además, el padrón aportado no especifica la superficie de las parcelas.
- El proyecto presentado deberá contener, además de lo presentado, lo siguiente:
Anejo de costes económicos detallados que soportan los regantes en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, con especificación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Anejo de consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Ejemplar del proyecto en formato digital editable por los programas tipo con los que son habitualmente elaborados los proyectos.
Comunidad de Regantes de La Llanada, Romeral y Miralbueno (Expediente. Reg-PA-22-0020). Aspectos a subsanar:
- Solicitud de ayuda debidamente cumplimentada, conforme al Anexo I: En el apartado 'Datos personales del solicitante' se consigna la C.R. Las Planas, así como el CIF de esta Comunidad de Regantes, pero del resto de la documentación se deduce que el solicitante es la C.R. de La Llanada, Romeral y Miralbueno.
- Acuerdo del órgano competente, según proceda, que deberá contener los siguientes puntos:
I) Adopción de la decisión de promover la inversión prevista.
II) Acuerdo de solicitar la ayuda.
III) Nombramiento de representante legal.
IV) Compromiso de financiar la parte de inversión no subvencionada
V) Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario)
VI) Declaración expresa de las ayudas solicitadas y/o concedidas con la misma finalidad.
VII) Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria. Además, el padrón aportado no especifica la superficie de las parcelas.
- Documentación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación técnica que justifique el uso de energía renovable para el sistema de bombeo o el uso de presión natural para presurizar la red de riego, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.d) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación de los consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Comunidad de Regantes de Las Planas (Expediente. Reg-PA-22-0021). Aspectos a subsanar:
- Acuerdo del órgano competente, según proceda, que deberá contener los siguientes puntos:
I) Adopción de la decisión de promover la inversión prevista.
II) Acuerdo de solicitar la ayuda.
III) Nombramiento de representante legal.
IV) Compromiso de financiar la parte de inversión no subvencionada
V) Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario)
VI) Declaración expresa de las ayudas solicitadas y/o concedidas con la misma finalidad.
VII) Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria. Además, el padrón aportado no especifica la superficie de las parcelas.
- Documentación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación técnica que justifique el uso de energía renovable para el sistema de bombeo o el uso de presión natural para presurizar la red de riego, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.d) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación de los consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Comunidad de Regantes de Corera (Expediente. Reg-PA-22-0022). Aspectos a subsanar:
- Acuerdo del órgano competente, según proceda, que deberá contener los siguientes puntos:
I) Adopción de la decisión de promover la inversión prevista.
II) Acuerdo de solicitar la ayuda.
III) Nombramiento de representante legal.
IV) Compromiso de financiar la parte de inversión no subvencionada
V) Procedimiento de ejecución de la inversión (mediante contrato o con los medios propios del beneficiario)
VI) Declaración expresa de las ayudas solicitadas y/o concedidas con la misma finalidad.
VII) Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria. Además, el padrón aportado no especifica la superficie de las parcelas.
- Informe favorable del Presupuesto de la Propuesta de Clasificación de las dos balsas, emitido por el servicio competente en materia de seguridad de presas o balsas del Gobierno de La Rioja.
- Documentación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación técnica que justifique el uso de energía renovable para el sistema de bombeo o el uso de presión natural para presurizar la red de riego, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.d) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación de los consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Ayuntamiento de Grañón (Expediente Reg-PA-22-0023). Aspectos a subsanar:
- El solicitante debe ser una comunidad de regantes u otra comunidad de usuarios de aguas principalmente vinculada al regadío que sea corporación de derecho público según el artículo 81 del RDL 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
- Fecha de inicio de la inversión prevista.
- Certificado de estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento
- Resolución o autorización del organismo de cuenca de la concesión de agua.
- Estatutos de la Comunidad de Regantes.
- Padrón de la Comunidad de Regantes en formato editable tipo hoja de cálculo, en el que se especifiquen con claridad las parcelas modernizadas y las no modernizadas, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.a) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria. Además, el padrón aportado no especifica la superficie de las parcelas.
- Informe favorable del Presupuesto de la Propuesta de Clasificación de la balsa, emitido por el servicio competente en materia de seguridad de presas o balsas del Gobierno de La Rioja.
- Documentación de las cuotas o canon que pagan los regantes, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.c) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación técnica que justifique el uso de energía renovable para el sistema de bombeo o el uso de presión natural para presurizar la red de riego, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.d) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
- Documentación de los consumos hídricos detallados por cultivos y sistema de medición de los mismos en la situación actual y previsiones una vez realizada la inversión, en aras de poder aplicar el criterio de valoración I.g) del punto tercero de la Resolución de Convocatoria.
Logroño a 28 de febrero de 2023.- El Jefe de Servicio de Infraestructuras Agrarias, Jose Luis Soba Narro.