Ayuntamiento de logroño - Otras disposiciones (BOR 2023-3)
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Adjudicación definitiva de subvenciones en materia de bienestar animal. Año 2022
La Junta de Gobierno Local, teniendo en cuenta:
1. Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 1 de septiembre de 2022 (Boletín Oficial de la Rioja número 171 de 6 de septiembre de 2022), se aprobaron de forma definitiva las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de bienestar animal, destinadas a apoyar y fomentar la adopción de animales (perros y gatos) con necesidades especiales 'ANE2', procedentes del Centro de Protección Animal de Logroño (CPA) y la gestión de colonias urbanas de gatos en Logroño, correspondientes al año 2022.
2. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 19 de octubre de 2022 se aprobó la convocatoria pública de Subvenciones en materia de Bienestar Animal 2022 Bloques A y B para el año 2022 y publicados sus extractos en el Boletín Oficial de la Rioja número 205, de 25 de octubre de 2022.
3. La Junta de Gobierno Local de fecha 30 de Noviembre de 2022 aprobó la adjudicación provisional de las subvenciones en materia de bienestar animal para el año 2022, cuyo objeto es apoyar y fomentar la adopción de animales (perros y gatos) con necesidades especiales 'ANE', procedentes del Centro de Protección Animal de Logroño (CPA) y la gestión de colonias urbanas de gatos en Logroño.
4. El certificado de la Secretaria General en el que se hace constar que el citado acuerdo ha permanecido en el Tablón de anuncios por el periodo preceptivo.
5. El informe de fecha 25 de noviembre de 2022, del Director General de Medio Ambiente, del Adjunto Responsable de Biodiversidad y de la Técnica de Protección Animal, que obra en el expediente.
6. La propuesta de acuerdo formulada por el Negociado de Medio Ambiente.
7. El Informe de fiscalización previa emitido, con fecha 27 de diciembre de 2022, por el Interventor General/Interventor General en funciones.
Adopta los siguientes acuerdos:
Primero: Conceder definitivamente, de conformidad con lo aprobado en las Bases Reguladoras, la cantidad de 31,750 euros, que se financiará:
Bloque A: Aplicación presupuestaria 311.20.489.99 16,750 euros
Bloque B: Aplicación presupuestaria 311.20.489.99. 15.000 euros
a las entidades relacionadas:
BLOQUE A (Fomento de la adopción de animales con necesidades especiales 'ANE' procedentes del CPA de Logroño).
En base a los baremos individuales sobre las adopciones realizadas.
Número | Entidad | Cuantía subvención /euros |
1 | Animales Rioja G26457408 | 13.300,00 |
2 | Asociación protectora de animales de La Rioja G26075200 | 500,00 |
3 | Asociación colaboración animal G26560342 | 1.600,00 |
4 | Colonias felinas Logroño G26561274 | 1.350,00 |
Total (maximo 25.000 euros) | 16.750,00 | |
BLOQUE B (Gestión de colonias de gatos en Logroño)
Según el artículo 5º de las Bases, la asignación de la cuantía disponible se realizará mediante un reparto proporcional entre todas las solicitudes presentadas que obtengan en la valoración una puntuación igual o superior a 35 puntos (50% del máximo posible de puntos). Aquellas que no obtengan el mínimo requerido serán desechadas. El importe concedido no será superior al 90% del coste de la actividad subvencionada.
La subvención económica propuesta a asignar a las proposiciones admitidas correspondientes al BLOQUE B (Gestión de colonias de gatos de Logroño), queda según tabla adjunta:
Número | Entidad | Puntos | Presupuesto actividad / euros | Total euros subvencionados |
1 | Asociación protectora de animales de La Rioja G26075200 | 55 | 37.850,00 | 7.500 |
2 | Colonias felinas Logroño G26561274 | 55 | 37.657,22 | 7.500 |
Total (máximo 15.000 euros) | 15.000 |
Segundo. El pago de las subvenciones se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo Quinto de la Convocatoria, aprobada por Acuerdo de Junta de Gobierno local en su sesión de fecha 19 de octubre de 2022 y publicados sus extractos en el Boletín Oficial de la Rioja número 205, de 25 de octubre de 2022, el cual dispone:
Bloque A: El abono se realizará en un solo pago una vez sean efectuadas las comprobaciones necesarias sobre la documentación justificativa aportada dentro del plazo establecido.
Bloque B: El pago de la subvención se efectuará de la siguiente forma: el 80 % una vez aprobado el acuerdo de concesión de la subvención, el 20% restante una vez sean efectuadas las comprobaciones necesarias sobre la documentación justificativa aportada dentro del plazo establecido'.
Tercero. Las Entidades subvencionadas quedan obligadas a justificar los gastos subvencionables efectuados y el coste de las actividades que han sido financiadas con cargo a la subvención concedida, conforme a lo dispuesto en el artículo Sexto de la Convocatoria que establece como plazo límite de justificación de los gastos objeto de la convocatoria el día 31 enero del año 2023.
La documentación se podrá presentar a través del Registro General del Ayuntamiento de Logroño o en los restantes lugares y por los medios previstos en el Artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Cuarto. Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Logroño a 2 de enero de 2023.- El Alcalde, Pablo Hermoso de Mendoza González.