El Ingreso Mínimo Vital llega en diciembre a 2.050.000 personas que conviven en 674.000 hogares

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Ya se puede presentar la solicitud del IMV por pobreza sobrevenida, que tiene en cuenta la situación económica de los últimos 3 meses, para beneficiar a los damnificados por la DANA, cuando el plazo habitual comienza en abril.

La nómina del Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha llegado en diciembre a 673.729 hogares en los que viven 2.047.755 personas, según la última estadística publicada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La cuantía media de la prestación es de 470,7 euros al mes por hogar y, en conjunto, la nómina de este mes ha ascendido a 352,1 millones de euros.

En diciembre, hay 141.519 prestaciones activas más de las que había hace un año en este mismo periodo, lo que supone un incremento del 26,6%. En estos hogares conviven 465.972 beneficiarios más que los registrados en diciembre de 2023 (+29,5%).

En términos acumulados desde junio de 2020, cuando se puso en marcha esta prestación, en plena pandemia, el IMV ha llegado a 943.620 hogares y ha protegido a las 2.805.670 personas que forman parte de ellos. Donde más de 1,2 millones son niños, niñas y adolescentes, en concreto, 1.219.583, el 43,5% del total.

Desde la entrada en vigor de esta política, la Seguridad Social ha destinado 13.357,1 millones de euros al abono de las nóminas de esta prestación.

Menores de edad

El IMV es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos. Además, tiene como uno de sus principales objetivos abordar la pobreza infantil.

En el 68,2% de las unidades de convivencia receptoras de esta prestación en diciembre viven menores (459.667). Entre ellos, hay 116.347 hogares monoparentales. Si atendemos al perfil de los beneficiarios, el 41,1% son menores: 842.035.

Si se desagrega la estadística por vías de acceso a la prestación, se ve que los hogares beneficiarios con Complemento de Ayuda a la Infancia (IMV Completo e IMV-CAPI) este mes alcanzan los 472.604. Esta modalidad de IMV supone una ayuda de 115 euros por hogar al mes en el caso de niños de 0 a 3 años; de 80,5 euros al mes por cada niño entre 3 y 6 años; y de 57,5 euros al mes por cada menor de entre 6 y 18 años. La cuantía media del complemento este mes ha sido de 69,72 euros por cada menor y de 129,75 euros por hogar con menores.

Los beneficiarios del IMV también se caracterizan por tener un marcado perfil femenino. En diciembre, el 67,4% de los titulares y el 53,5% de los beneficiarios son mujeres.

Por otra parte, el 82,4% del conjunto de titulares son de nacionalidad española y su media de edad se sitúa en los 45,3 años.

Protección especial a los afectados por la DANA

Para responder a la situación de especial vulnerabilidad de los beneficiarios del IMV de las localidades afectadas por la DANA, en la nómina se les ha aplicado de oficio a su prestación un complemento extraordinario del 15%. Además, el Complemento de Ayuda a la Infancia ha sumado un 30% adicional.

El incremento del 15% también se aplica a las pensiones no contributivas y también va a beneficiar a las solicitudes del IMV que ya se habían presentado en estas localidades y no se hubiesen resuelto, y a las solicitadas antes del 31 de diciembre de 2024, siempre que se cumplan los requisitos exigidos.

También se ha reforzado la gestión y el acompañamiento a los colectivos más vulnerables afectados por la DANA y se han resuelto favorablemente 1.400 nuevas solicitudes desde el 29 de octubre.

Por otro lado, se ha adelantado la solicitud del IMV por pobreza sobrevenida, que se puede presentar desde el 1 de enero, cuando el plazo habitual comienza en abril. Para la aprobación de estas solicitudes, se tiene en cuenta la situación de los últimos tres meses, lo que puede beneficiar especialmente a los damnificados por la gota fría de finales de octubre.

Hay que recordar que todos los beneficiarios del IMV tienen a su disposición el teléfono corto 020 donde se proporciona información de este subsidio, un canal que se ha visto reforzado con un incremento del 40% en su plantilla.

Pasarela al IMV desde la prestación asistencial de desempleo

Desde el pasado noviembre, los perceptores del subsidio por desempleo que agoten esta prestación sin haber logrado un empleo van a pasar a percibir el IMV gracias al nuevo procedimiento que regula esta transición. Las personas que cumplan con los requisitos establecidos no tendrán que solicitarlo ni aportar documentación complementaria.

Durante el trimestre previo al agotamiento del subsidio por desempleo, el SEPE informa a la persona beneficiaria sobre la posibilidad de remitir sus datos y los de su unidad familiar, a fin de tramitar la prestación del IMV. Para ello, la persona beneficiaria debe otorgar su consentimiento y, en su caso, suscribir una declaración responsable de que dispone del consentimiento de los integrantes de su unidad familiar.

En las situaciones en las que no se pueda utilizar este procedimiento, o cuando los ciudadanos no hayan dado su consentimiento, los interesados podrán presentar su solicitud de forma muy sencilla en el nuevo portal del INSS, por correo postal o en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

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