Anuncio del Servicio de Régimen de Usuarios de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. de información pública sobre la tramitación de un procedimiento de extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas subterráneas en el término municipal de Madrigal de las Altas Torres (Ávila): Expediente ED-0137/2024.
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Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas:
1.- En el Catálogo de Aguas, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A, figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas subterráneas en el término municipal de Madrigal de las Altas Torres (Ávila):
- Clave: 01200400804
- Unidad hidrogeológica: Región de los Arenales. Masa de Agua (400047 Los Arenales- Tierras de Medina y La Moraña).
- Clase y afección: Usos agropecuarios. Regadíos (Sondeo)
- Titular: D. Gregorio José Represa Marazuela N.I.F. 06**6**8-M
- Término municipal y provincia de la toma: Parcela 5001, polígono 1, paraje Monte Alto, término municipal de Madrigal de las Altas Torres (Ávila) [1].
- Caudal máximo (l/s): 14,400
- Caudal medio equivalente (l/s): 4,8
- Volumen máximo anual (m3): 48.000
- Superficie regable (ha): 8
- Título del derecho: Ser titular de un aprovechamiento con anterioridad al 1 de enero de 1986. Inscripción de fecha 25 de abril de 1993. Confederación Hidrográfica del Duero.
- Observaciones: Cereal
Expediente: PCAV114079. Expediente Alberca: 28386/1988. Expediente Integra: PC-0146/1988.
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de 6 de mayo de 2025, que se inicie el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende la falta de explotación del aprovechamiento, durante un periodo superior a tres años, de acuerdo con el informe de Guardería Medioambiental Zona 1 Ávila sector AV-4, emitido el 16 de octubre de 2024, que muestra que el aprovechamiento identificado en el apartado primero PCAV114079, no cuenta con instalaciones, se encuentra sin uso y no dispone de contador.
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 6 de mayo de 2025, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED-0137/2024 (TTEC), bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
Vallladolid, 17 de junio de 2025.- Jefe de Área de Régimen de Usuarios. Confederación Hidrográfica del Duero O.A, Urbano Sanz Cantalejo.