Resolución de 25 de abril de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Cantabria en que se constituirán los Tribunales de Instancia el 1 de julio de 2025.

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La disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia establece que la constitución de los Tribunales de Instancia se realizará de manera escalonada conforme al siguiente orden:

1.º El día 1 de julio de 2025, los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en aquellos partidos judiciales donde no exista otro tipo de Juzgados se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles y de Instrucción Únicas y Secciones de Violencia sobre la Mujer.

2.º El día 1 de octubre de 2025, los Juzgados de Primera Instancia, los Juzgados de Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en los partidos judiciales donde no exista otro tipo de Juzgados se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles, Secciones de Instrucción y Secciones de Violencia sobre la Mujer.

3.º El día 31 de diciembre de 2025, los restantes Juzgados no comprendidos en los supuestos anteriores se transformarán en las respectivas Secciones conforme a lo previsto en la presente ley.

La disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia determina que la implantación de la Oficina Judicial será simultánea a la de los Tribunales de Instancia en los términos definidos en esta ley.

Con este fin, el Ministerio y las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia, en sus respectivos ámbitos, deberán elaborar las relaciones de puestos de trabajo de cada una de estas oficinas para su aprobación, previa negociación con las organizaciones sindicales, así como proceder a la posterior provisión de los puestos.

El artículo 522 de la Ley Orgánica 6/1985, de 6 de julio, del Poder Judicial determina en sus apartados 1 y 2 que el Ministerio de Justicia, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas, será competente para la ordenación de los puestos de trabajo asignados al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en todo el territorio del Estado, que se determinarán con anterioridad a la aprobación definitiva de cada relación de puestos de trabajo, y que las comunidades autónomas con competencias asumidas, previa negociación con las organizaciones sindicales, elaborarán y aprobarán, mediante resolución de la persona titular del centro directivo que tenga atribuida esta competencia, las relaciones de puestos de trabajo en que se ordenen los puestos de trabajo de las oficinas y unidades previstas en el artículo 520.1 correspondientes a su respectivo ámbito de actuación.

La presente resolución tiene por objeto aprobar las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales que deben ser desplegadas en aquellos partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Cantabria en que, conforme a lo previsto en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, se constituirán los tribunales de instancia en fecha 1 de julio de 2025, una vez que han informado a este Ministerio del diseño correspondiente a sus servicios.

Por razón de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y de conformidad con los artículos 522 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, resuelvo:

Aprobar las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas judiciales de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se contienen en el anexo I y la tabla de códigos incluida el anexo II que se podrán consultar en el enlace: https://www.mjusticia.gob.es/es/servicio-justicia/proyectos-transformacion/oficina-judicial/estructura (página web del ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes).

A partir de la entrada en vigor de esta resolución se realizarán los procesos de acoplamiento en los nuevos puestos de trabajo.

Las oficinas judiciales incluidas en esta resolución entrarán en funcionamiento o adaptarán su actual estructura a las relaciones de puestos de trabajo del anexo I el día 1 de julio de 2025.

La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de abril de 2025.-La Secretaria General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.

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