Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial definitiva provisional del año 2025 del Convenio colectivo estatal del sector de mataderos de aves y conejos.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

Visto el texto del Acta en la que se aprueba la tabla salarial definitiva provisional del año 2025 relativa al Convenio colectivo estatal del sector de mataderos de aves y conejos (código de convenio n.º 99003395011981), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 12 de enero de 2022, acta que ha sido suscrita con fecha 14 de febrero de 2025, de una parte, por las organizaciones empresariales AMPE y AMACO, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales UGT, CC.OO. y CIG, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta y de las tablas salariales del Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de marzo de 2025.-La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACUERDO DE FECHA 14 DE FEBRERO DE 2025 RELATIVO AL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL SECTOR DE MATADEROS DE AVES Y CONEJOS (CÓDIGO 99003395011981)

En Madrid, siendo las 11:30 horas del día 14 de febrero de 2025, se reúnen en Madrid, los miembros de las Organizaciones Sindicales más representativas y representativas con presencia en la comisión negociadora del Convenio colectivo estatal del sector de mataderos de aves y conejos que a continuación se indican:

- Por UGT miembro de la comisión negociadora del Convenio colectivo Estatal del Sector de Mataderos de Aves y Conejos: Sebastián Serena Expósito.

- Por CC.OO. miembro de la comisión negociadora del Convenio colectivo Estatal del Sector de Mataderos de Aves y Conejos: Marco A. Pérez Martínez.

- Por CIG miembro de la comisión negociadora del Convenio colectivo Estatal del Sector de Mataderos de Aves y Conejos: Tomás Martínez Rodríguez.

- Por AMPE: Jordi Monfort Ibieta y Rubén Rivero Cano (Asesor).

- Por AMACO: Arán Zaldívar y Rubén Rivero Cano (Asesor).

Abierta la sesión y tras los correspondientes recesos e intervenciones de todas las partes comparecientes, se acuerda:

1. Que la «Asociación de Mataderos de Pollos de España-AMPE» ha sucedido a AVIANZA como organización empresarial con legitimidad inicial y plena de conformidad con el artículo 87.3.c) del Estatuto de los Trabajadores. Por las representaciones empresariales comparecientes, así como por las organizaciones sindicales se reconocen mutuamente legitimidad para la suscripción del presente acuerdo.

2. Que las partes pactaron, para la elaboración de las tablas salariales y cálculo del valor de las horas extraordinarias, someterse al criterio que fijasen las Sentencias firmes dictadas en los procedimientos con número de Autos n.º 75/2022 y n.º 107/2022, ambos, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

3. Que los citados procedimientos judiciales han sido resueltos por Sentencias Judiciales firmes de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. En virtud de las mismas, las tablas salariales provisionales de los años 2021, 2022, 2023 y 2024 pasarán a ser definitivas sin que proceda regularización salarial alguna.

4. Se firma la tabla definitiva provisional del año 2025 relativa al Convenio colectivo Sectorial de Mataderos de Aves y Conejos, por todos los comparecientes y se unen a la presente acta como anexo n.º 1.

5. En cuanto a la actualización de las tablas del año 2025 así como del pago de los atrasos pendientes que pudieran corresponder relativos al año 2025, si la publicación en el BOE se produjera antes del día 15 del mes de su publicación, se deberá abonar en el mes de su publicación. Si la publicación en el BOE se produjera el día 15, o en fechas posteriores, las citadas cantidades resultantes se abonarán durante el mes siguiente al de su publicación.

6. Ante la posibilidad de que las tablas salariales pudieran contener algún error involuntario, las partes firmantes se dan el plazo de una semana para poder revisar las mismas debiendo informar de cualquier error de cálculo antes del envío del texto a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» que se producirá una vez cumplido dicho plazo.

7. Se faculta a don Rubén Rivero Cano con DNI ***7041** en su condición de asesor de AMPE y AMACO para que proceda a los actos de inscripción, registro y publicación de todo ello en el BOE, incluida la vía telemática de conformidad con la legislación vigente.

Para la firma del presente acuerdo se designa a una persona en representación de cada una de las Organizaciones Sindicales y Empresariales comparecientes.

- Por UGT: Sebastián Serena Expósito.

- Por CC.OO.: Marco A. Pérez Martínez.

- Por CIG: Tomás Martínez Rodríguez.

- Por AMPE: Jordi Monfort Ibieta.

- Por AMACO: Arán Zaldívar.

Tablas salariales provisionales 2025 en euros (S.B. 2,3 % + 2,6 %/resto 2,3 %)

Categorías profesionales SB día/mes SB año (1)
Técnicos    
Técnico Titulado Superior. 2.143,96 30.015,44
Técnico Titulado. 1.846,37 25.849,18
Técnico no Titulado. 1.655,00 23.170,00
Encargado General. 1.655,00 23.170,00
Personal Administrativo    
Jefe Administrativo de 1.ª 1.661,37 23.259,18
Jefe de Personal. 1.661,37 23.259,18
Jefe Administrativo de 2.ª 1.661,37 23.259,18
Contable. 1.661,37 23.259,18
Analista. 1.661,37 23.259,18
Oficial Administrativo de 1.ª 1.567,38 21.943,32
Programador. 1.567,38 21.943,32
Oficial Administrativo de 2.ª 1.516,70 21.233,80
Operador Codificador. 1.516,70 21.233,80
Auxiliar Administrativo. 1.422,78 19.918,92
Telefonista. 1.422,78 19.918,92
Perforador-Verificador Grabador. 1.422,78 19.918,92
Personal Comercial    
Jefe o Delegado de Zona. 1.661,37 23.259,18
Jefe o Agente Compra-Venta. 1.516,70 21.233,80
Autoventa. 1.455,49 20.376,86
Personal Subalterno    
Conserje. 1.368,05 19.152,70
Almacenero. 1.485,48 20.796,72
Mozo de Almacén. 1.368,05 19.152,70
Cobrador. 1.485,29 20.794,06
Pesador o Basculero. 1.368,05 19.152,70
Guarda o Portero. 1.368,05 19.152,70
Ordenanza. 1.368,05 19.152,70
Personal de Limpieza. 1.368,05 19.152,70
Personal Obrero de Matadero    
Encargado de Zona-Sección. 51,32 21.811,00
Celador. 47,98 20.391,50
Matarife. 48,77 20.727,25
Operario de Cámara. 47,98 20.391,50
Operario de Matadero. 47,98 20.391,50
Personal de Oficios Varios    
Mecánico de Matadero. 49,60 21.080,00
Mecánico de Frigorífico. 49,60 21.080,00
Fogonero. 49,60 21.080,00
Maquinista de Subproductos. 49,60 21.080,00
Pintor. 49,60 21.080,00
Electricista. 49,60 21.080,00
Albañil. 49,60 21.080,00
Carpintero. 49,60 21.080,00
Fontanero-Hojalatero. 49,60 21.080,00
Chapista. 49,60 21.080,00
Cocinero. 49,60 21.080,00
Ayudante de Oficios Varios. 46,01 19.554,25
Personal Obrero de Transporte y Reparto    
Mecánicos de Vehículos. 49,60 21.080,00
Conductor de Vehículos. 49,60 21.080,00
Conductor-Repartidor. 49,60 21.080,00
Jefe de Equipo de Recogida. 49,60 21.080,00
Lavacoches Engrasador. 46,06 19.575,50
Ayudante de Transporte. 46,01 19.554,25

(1) Salario día por 425/Salario mes por 14 meses.

(2) Plus convenio por 14 pagas.

(3) Suma de (1) y (2).

Días año a efecto del cobro: 425. Días año normal: 365.

Meses año: 14. Jornada anual: 1.776 horas.

Nocturnidad 2025:

* Se calculará de conformidad con la fórmula contenida en el artículo 28.1 del convenio.

Plus Penosidad 2025:

* Se calculará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 del convenio.

Quebranto de moneda 2025
  Euros
Cajero. 32,79
Auxiliar y los que efectúan regularmente operaciones de cobro. 23,11
Plus Convenio 2025
  Euros
El máximo absorbible y compensable. 1.000,14

Indemnización en caso de invalidez o muerte 2025

  Euros
1. Por accidente no laboral.  
 1.1 En caso de muerte. 15.819,38
 1.2 En caso de invalidez permanente. 15.288,42
2. Por accidente laboral.  
 2.1 En caso de muerte. 23.108,99
 2.2 En caso de invalidez total. 23.108,99
Horas extra 2025 (2,3 %)
Categorías profesionales Euros
Técnicos  
Técnico Titulado Superior. 26,18
Técnico Titulado. 22,55
Técnico no Titulado. 20,19
Encargado General. 20,19
Personal Administrativo  
Jefe Administrativo de 1.ª 20,29
Jefe de Personal. 20,29
Jefe Administrativo de 2.ª 20,29
Contable. 20,29
Analista. 20,29
Oficial Administrativo de 1.ª 19,17
Programador. 19,17
Oficial Administrativo de 2.ª 18,56
Operador Codificador. 18,56
Auxiliar Administrativo. 17,41
Telefonista. 17,41
Perforador-Verificador Grabador. 17,41
Personal Comercial  
Jefe o Delegado de Zona. 20,29
Jefe o Agente Compra-Venta. 18,56
Autoventa. 17,81
Personal Subalterno  
Conserje. 16,74
Almacenero. 18,19
Mozo de Almacén. 16,74
Cobrador. 18,18
Pesador o Basculero. 16,74
Guarda o Portero. 16,74
Ordenanza. 16,74
Personal de Limpieza. 16,74
Personal Obrero de Matadero  
Encargado de Zona-Sección. 19,10
Celador. 17,87
Matarife. 18,17
Operario de Cámara. 17,87
Operario de Matadero. 17,87
Personal de Oficios Varios  
Mecánico de Matadero. 18,47
Mecánico de Frigorífico. 18,47
Fogonero. 18,47
Maquinista de Subproductos. 18,47
Pintor. 18,47
Electricista. 18,47
Albañil. 18,47
Carpintero. 18,47
Fontanero-Hojalatero. 18,47
Chapista. 18,47
Cocinero. 18,47
Ayudante de Oficios Varios. 17,11
Personal Obrero de Transporte y Reparto  
Mecánicos de Vehículos. 18,47
Conductor de Vehículos. 18,47
Conductor-Repartidor. 18,47
Jefe de Equipo de Recogida. 18,47
Lavacoches Engrasador. 17,13
Ayudante de Transporte. 17,11

959258 {"title":"Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial definitiva provisional del año 2025 del Convenio colectivo estatal del sector de mataderos de aves y conejos.","published_date":"2025-03-25","region":"government","region_text":"Presidencia del Gobierno","category":"boe","category_text":"Boletín Oficial del Estado","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-government.png","id":"959258"} government Convenios colectivos de trabajo;MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/government/boe/2025-03-25/959258-resolucion-13-marzo-2025-direccion-general-trabajo-se-registra-publica-tabla-salarial-definitiva-provisional-ano-2025-convenio-colectivo-estatal-sector-mataderos-aves-conejos https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.