Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se publica Adenda de prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Huelva, para la prevención y extinción de incendios en la zona de servicio del puerto de Huelva.
Con fecha 23 de octubre de 2024 y previa tramitación del oportuno procedimiento, según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se firmó adenda de prórroga del Convenio entre el Excmo. Ayuntamiento De Huelva y la Autoridad Portuaria de Huelva para la prevención y extinción de Incendios en la zona de servicio del Puerto de Huelva, cuya copia se anexa a la presentación resolución.
En cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a la presente resolución.
Huelva, 24 de octubre de 2024.-El Presidente de la Autoridad Portuaria de Huelva, Manuel Alberto Santana Martínez.
ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre el Excmo. Ayuntamiento de Huelva y la Autoridad Portuaria de Huelva para la prevención y extinción de incendios en la zona de servicio del puerto de Huelva
Huelva, 23 de octubre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Manuel Alberto Santana Martínez, actuando en nombre y representación de la Autoridad Portuaria de Huelva, con domicilio en Avenida R.S.S. Onubense, 1, 21001 Huelva, en su condición de Presidente, cargo para el que fue designado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior, mediante 107/2023, de 9 de mayo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 123 de fecha 24 de mayo de 2023, de acuerdo con las funciones de representación establecidas en el artículo 31.2 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y en virtud de las competencias delegadas por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva en materia de formalización de acuerdos, pactos y convenios, según Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 24 de febrero de 2016, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 135 de fecha 4 de junio de 2016.
Y de otra, doña María Del Pilar Miranda Plata, en su condición de Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Huelva, cargo para el que resultó elegida en «Sesión extraordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día 17 de junio de 2023», actuando en nombre y representación del citado municipio, con domicilio en Plaza de la Constitución S/N.º, 21003 Huelva, autorizado para firmar el presente convenio, de acuerdo con el artículo 21,1,b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Las partes intervinientes se reconocen, en la representación que ostentan, la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda de prórroga de convenio y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que la Autoridad Portuaria de Huelva y el Excmo. Ayuntamiento de Huelva suscribieron con fecha 29 de septiembre de 2020 un convenio al objeto de establecer las bases de actuación para la interrelación entre las partes firmantes para la prevención y extinción de los incendios que se produzcan en la zona de servicio de la Autoridad Portuaria de Huelva, cuya entrada en vigor tuvo lugar el 29 de octubre de 2020 con la inscripción del mismo en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Segundo.
Que en la cláusula quinta del mencionado convenio se establece que su duración será de cuatro años desde su entrada en vigor, contemplándose la posibilidad de prorrogar dicho periodo por cuatro años más.
Tercero.
Que durante los cuatro primeros años de vigencia del convenio se han alcanzado resultados satisfactorios por lo que las partes consideran adecuado prorrogar la vigencia del mismo en los términos expuestos.
Por todo cuanto antecede, ambas partes, acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga del convenio.
En virtud de la cláusula quinta del convenio firmado el 29 de septiembre de 2020, las partes acuerdan la prórroga de dicho convenio por un periodo adicional de cuatro años más que tendrá efectos a partir del 29 de octubre de 2024, siendo la duración prorrogada del convenio hasta el 28 de octubre de 2028.
Segunda. Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Tercera.
En todo lo demás, el convenio suscrito entre la Autoridad Portuaria de Huelva y el Excmo. Ayuntamiento de Huelva con fecha 29 de septiembre de 2020 mantiene su vigencia en los términos en el establecidos.
Y en prueba de conformidad las partes suscriben por duplicado ejemplar el presente documento, en la ciudad y fecha al principio indicadas.-Por el Excmo. Ayuntamiento de Huelva, la Alcaldesa, María del Pilar Miranda Plata.-Por la Autoridad Portuaria de Huelva, el Presidente, Manuel Alberto Santana Martínez.