Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de los bienes y derechos embargados por la Tesorería General de la Seguridad Social, ejercicio 2021.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 17 de septiembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de los bienes y derechos embargados por la Tesorería General de la Seguridad Social, ejercicio 2021, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de los bienes y derechos embargados por la Tesorería General de la Seguridad Social, ejercicio 2021.
2. Aprobar el Informe de fiscalización operativa sobre la gestión de los bienes y derechos embargados por la Tesorería General de la Seguridad Social, ejercicio 2021, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas.
3. Instar al Gobierno a:
- Dar cumplimiento, a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, a las recomendaciones contenidas en el apartado III.1 del Informe de fiscalización y, en particular, la relativa a que la Tesorería General de la Seguridad Social debería elaborar un inventario de bienes y derechos embargados con la finalidad de tener un adecuado control sobre los mismos.
- Dar cumplimiento a las recomendaciones incorporadas al apartado III.2 del Informe de fiscalización.
- Dar cumplimiento a las recomendaciones incorporadas al apartado III.3 del Informe de fiscalización.
- Que la Tesorería General de la Seguridad Social:
a) Disponga de un sistema de información de seguimiento y control centralizados que le permita conocer la situación y el estado de tramitación de los embargos de bienes y derechos gestionados por las direcciones provinciales.
b) Lleve a cabo, a través de sus direcciones provinciales, una gestión eficiente de los bienes con un sistema de seguimiento y control centralizados y un sistema de seguimiento de la gestión informatizado que permita acceso directo a la información sobre el estado de los embargos a los Servicios Centrales de la Tesorería.
c) Mejore el sistema de embargo de cuentas corrientes en los procedimientos de recaudación en vía ejecutiva.
d) Actualice el procedimiento de subastas públicas en el ámbito de la Seguridad Social regulando que se efectúe de manera telemática, reduciendo así sus plazos de gestión, entre otras ineficiencias.
e) Aumente la eficacia de las actuaciones ejecutivas presenciales (personaciones) efectuadas por el personal al servicio de las Unidades de Recaudación Ejecutivas (URES).
f) Realice con mayor eficiencia los embargos (con excepción de las cuentas corrientes) para mejorar el resarcimiento de la deuda.
g) Regule un precio mínimo en el valor de los bienes en el procedimiento de adjudicación directa de bienes embargados, para que existan criterios homogéneos que deban aplicar las distintas direcciones provinciales.
h) Supervise y controle la inclusión de informes de servicios jurídicos, a los bienes embargados que son adjudicados al patrimonio propio de la Tesorería General de la Seguridad Social, a que sean preceptivos, de acuerdo con el artículo 125 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
- Efectuar un seguimiento de las medidas que se adopten para solventar las deficiencias que se han puesto de manifiesto en el Informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas, estudio que incluya los datos derivados del seguimiento y evaluación, que deberá ser remitido al propio Tribunal de Cuentas y a la Comisión Mixta de Relaciones con el Tribunal de Cuentas.
4. Instar la Tesorería General de la Seguridad Social a:
- Elaborar un inventario de bienes y derechos embargados, con la finalidad de tener un adecuado control sobre los mismos.
- Homogeneizar los criterios de gestión y de valoración de las actuaciones que requieren sus direcciones provinciales.
- Seguir impulsado la creación de una base de datos centralizada para todos los bienes embargados, con toda la información precisa para su correcta valoración, localización y conocimiento de su estado.
- Impulsar la subasta pública de aquellos vehículos cuya estancia supere los dos años, con la finalidad de hacer un uso más eficiente y óptimo de los depósitos.
- Dedicar mayores recursos al procedimiento de embargo de cuentas corrientes.
- Adoptar las medidas necesarias para la implantación del procedimiento de subasta electrónica, con el fin de ser más eficientes y que los Servicios Centrales dispongan de información completa y de forma automática de estas subastas públicas.
5. Instar al Tribunal de Cuentas a:
- Programar el análisis, evaluación y fiscalización del nivel de cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización, al objeto de verificar el índice de adopción y consecución de los objetivos dirigidos a mejorar.
Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de septiembre de 2024.-El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
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