Resolución de 17 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, ejercicios 2018 y 2019.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 17 de septiembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, ejercicios 2018 y 2019, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas del Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, ejercidos 2018 y 2019.
2. Aprobar el Informe de fiscalización integral de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, ejercicios 2018 y 2019, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas.
3. Instar al Gobierno a:
- Promover las medidas necesarias para que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones adopte las medidas necesarias para impulsar el desarrollo reglamentario de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, dando cumplimiento de esta forma a lo dispuesto en su artículo 10.1, y garantizando, con ello, la adecuada regulación normativa de las obligaciones de publicidad activa, su efectivo cumplimiento, así como los procedimientos del derecho de acceso a la información pública.
- Promover las medidas necesarias para que la Gerencia de Informática de la Seguridad Social adopte las medidas oportunas tendentes a lograr una adecuada planificación presupuestaria que permitan, a este servicio común, lograr una ejecución de su presupuesto de gastos acorde con los principios de eficacia y eficiencia de la gestión económico-presupuestaria que presiden la administración da los recursos públicos, evitando de esta forma la ociosidad de algunos de sus recursos producida en los ejercicios fiscalizados.
- Promover las medidas necesarias para que la Gerencia de Informática de la Seguridad Social documente adecuadamente, en los procedimientos negociados sin publicidad, la necesidad de la solución técnica a implantar, detallando aquellos aspectos y especificaciones imprescindibles que no puedan satisfacerse con ninguna otra solución técnica, así como los cálculos y estimaciones efectuadas para la determinación del presupuesto base de licitación y del valor estimado del contrato.
- Dar cumplimiento, a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a las recomendaciones contenidas en el apartado IV.1 del Informe de fiscalización de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y, en particular las relativas a:
a) Adoptar las medidas necesarias tendentes a proponer, al Gobierno, la aprobación del Real Decreto de estructura y competencias de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, de acuerdo con el mandato recogido en la disposición final cuarta del Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica, dotando a dicho servicio común de la seguridad jurídica necesaria que le permita garantizar el ejercicio de las funciones atribuidas en relación con la gestión y administración de las tecnologías de la formación y las comunicaciones en el sistema de Seguridad Social.
b) Adoptar las medidas oportunas tendentes a lograr que la Gerencia de Informática de la Seguridad Social disponga de una relación de puestos de trabajo adecuada y suficiente que permita a este servicio común disponer del personal propio necesario para atender las funciones que normativamente tiene asignadas en la actualidad, permitiéndole de esta forma abordar su cumplimiento con garantías de calidad e idoneidad, disminuyendo así su excesiva dependencia respecto de la contratación externa con el fin de no perder, en ningún momento, la dirección, conocimiento y control de los sistemas de información sobre los que se asienta el sistema de Seguridad Social.
c) Adoptar las medidas necesarias para impulsar la aprobación del Real Decreto por el que se regule el protocolo de actuación sobre medidas relativas al acoso sexual o por razón de sexo recogido en el artículo 62 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, garantizando de esta forma la efectiva implantación de dicho protocolo en la Administración pública.
- Dar cumplimiento, a través de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, a las recomendaciones contenidas en el apartado IV.2 del Informe de fiscalización de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y, en particular las relativas a:
a) Adoptar las medidas oportunas tendentes a lograr una adecuada planificación presupuestaria que permitan, a este servicio común, lograr una ejecución de su presupuesto de gastos acorde con los principios de eficacia y eficiencia de la gestión económico-presupuestaria que presiden la administración de los recursos públicos.
b) Implantar un procedimiento de control y justificación de los ingresos procedentes de fondos de la Unión Europea que permita diferenciar, con claridad, los gastos susceptibles de financiación a través de un sistema de contabilización separado, de conformidad con la normativa reguladora de estos fondos.
c) Analizar la información obrante en las bases de datos de sus diferentes sistemas de información relativa a los costes de producción de las aplicaciones informáticas desarrolladas con medios propios, con el fin de proceder a inventariar y activar en el balance del sistema de la Seguridad Social este inmovilizado intangible.
d) Implantar un sistema de gestión electrónica de expedientes de contratación que contemple su gestión completa e integración con todas las unidades (órganos de contratación, unidades de contratación, unidades de gestión económica, intervención y órganos de control económico).
e) Realizar de forma regular, durante la ejecución de los contratos de servicios informáticos bajo le modalidad de desarrollo gestionado, auditorías internas o externas que garanticen el cumplimiento continuado de los requisitos mínimos que deben reunir las factorías de software de las empresas adjudicatarias de estos contratos.
f) Implantar una aplicación informática donde se integre la gestión y el control de todo el personal externo asociado a los contratos de servicios informáticos, con independencia de la modalidad en que desarrollen sus trabajos, que permita disponer de la información completa de cada trabajador.
g) Adaptar a este servicio común el modelo de protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo aprobado mediante Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprobó y publicó el Acuerdo de 27 de julio de 2011, de le Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, así como proceder a la aprobación de procedimientos e instrucciones que garanticen su implantación.
- Efectuar un seguimiento de las medidas que se adopten para solventar las deficiencias que se han puesto de manifiesto en el Informe de Fiscalización del Tribunal de Cuentas. Estudio que incluya los datos derivados del seguimiento y evaluación, que deberá ser remitido al propio Tribunal de Cuentas, a la Comisión Mixta de Relaciones con el Tribunal de Cuentas.
4. Instar al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a:
- Seguir impulsando medidas tendentes a lograr que la Gerencia de Informática de la Seguridad Social disponga de una relación de puestos de trabajo adecuada y suficiente para atender las funciones asignadas en la actualidad.
- Impulsar la aprobación del Real Decreto por el que se regule el protocolo de actuación sobre medidas relativas al acoso sexual o por razón de sexo recogido en el artículo 62 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, garantizando de esta forma la efectiva implantación de dicho protocolo en la Administración pública.
5. Instar a la Gerencia de Informática de la Seguridad Social a:
- Desarrollar un procedimiento interno de gestión de inventarios, dotado de herramientas informáticas que permitan conocer el proceso de altas, bajas, mantenimiento y control de los elementos que integran el inmovilizado material e inmaterial de este servicio común.
- Seguir impulsado medidas tendentes a lograr la certificación de conformidad de los Sistemas Integrados de Servicios Sociales (SISS) con el Esquema Nacional de Seguridad, así corno proceder a efectuar las auditorias regulares ordinarias con la periodicidad y requisitos establecidos en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, e implementar los proyectos de seguridad derivados de los informes de análisis de riesgos efectuados de conformidad con lo establecido en el anexo II del precitado Real Decreto.
6. Instar al Tribunal de Cuentas a programar el análisis, evaluación y fiscalización del nivel de cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización, al objeto de verificar el índice de adopción y consecución de los objetivos dirigidos a mejorar.
Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de septiembre de 2024.-El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.-El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es
Estas imágenes pertenecen a boe.es