Orden por la que se regula el desarrollo de la evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Galicia
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Órgano o entidad impulsora: Secretaría General Técnica
Departamento: Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades - Secretaría General Técnica
Estado actual: Consulta cerrada
Plazo en el que estuvo abierta la consulta: 03/08/2023 - 28/08/2023
Información sobre la norma :
Antecedentes:
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOMLOE) prevé nos sus artículos 21 y 29 la realización de una evaluación de diagnóstico de carácter censal. Este proceso evaluativo está también recogido, respectivamente, en los artículos 23 y 27 del Decreto 156/2022, de 15 de septiembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia, y del Decreto 155/2022, de 15 de septiembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la educación primaria en la Comunidad Autónoma de Galicia.
En la actualidad está en vigor a Orden de 6 de octubre de 2010 por la que se regula el desarrollo de la evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Galicia, una orden que ya no se corresponde con el marco legislativo y curricular actual, y que por lo tanto precisa ser derogada y sustituida por una nueva orden.
Problemas que se pretenden solucionar:
Es necesario tener una normativa que regule las condiciones generales y el procedimiento de realización de la prueba de evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Galicia.
La orden que está en vigor, la Orden de 6 de octubre de 2010 por la que se regula el desarrollo de la evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Galicia, está referida a la LOE, pero sin tener en cuenta los cambios introducidos por la LOMLOE en la LOE, y se refiere explicitamente a curriculos del año 2007, ya derogados por los decretos 155/2022 y 156/2022, de 15 de septiembre, por lo que es imprescindible que sea derogada y sustituida por una nueva orden.
Necesidad y oportunidad de su aprobación:
De acuerdo con el calendario de implantación de la LOMLOE, corresponde iniciar la aplicación de las evaluaciones diagnósticas nos niveles educativos de cuarto curso de educación primaria y segundo curso de educación secundaria durante el curso académico 2023-2024.
En consonancia con lo anterior, es necesario establecer al inicio del curso académico 2023/2024 una normativa que regule las condiciones generales y el procedimiento de realización de la prueba de evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Galicia en los próximos cursos académicos.
Objetivos:
La presente orden tiene por finalidad establecer, de acuerdo con la nueva redacción de la LOE introducida por la LOMLOE y con los nuevos decretos que establecen el currículo de educación primaria y educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia, las condiciones y el procedimiento de realización de la prueba de evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Galicia, y afecta al alumnado que curse los estudios de cuarto curso de educación primaria o segundo curso de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
La alternativa a esta orden sería realizar una modificación de la Orden de 6 de octubre de 2010 por la que se regula el desarrollo de la evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las modificaciones requeridas serían muy numerosas y puntuales, lo que dificultaría en grand medida la comprensión de la norma reguladora en vigor. Se considera por ello que la derogación de la actual orden y la creación de una nueva orden sería la fórmula idónea para regular las condiciones y el procedimiento de realización de la prueba de evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Galicia.