RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2025 por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 26 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (códigos de procedimiento ED481D e IN606C).

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III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2025 por la que se adjudican las ayudas de la Orden de 26 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (códigos de procedimiento ED481D e IN606C).

La Orden de 26 de diciembre de 2024 (DOG núm. 21, de 31 de enero de 2025), de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Pública Gallega Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica Galicia Sur), y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) radicados en Galicia, que contraten personas con el grado de doctor que se encuentren en la fecha de cierre de la convocatoria en alguno de los siguientes supuestos:

Que estuvieran contratadas en la convocatoria de apoyo a la etapa de formación posdoctoral de 2022 y que no renunciaran al contrato.

Que estuvieran contratadas a través de la modalidad A de la convocatoria de ayudas posdoctorales de 2019 y 2021, que tuvieron una interrupción y prórroga del contrato por las causas establecidas en la ley y que no se presentaron a la convocatoria de ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en convocatorias anteriores.

En el artículo 2.1 de la orden de convocatoria se determina quien puede ser beneficiario y en el artículo 2.2 los requisitos que deben cumplir las personas candidatas a las ayudas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de esta convocatoria, una vez analizadas las solicitudes, y tras constatar que no existían causas de exclusión en ninguna de ellas, el día 17 de marzo de 2025 se publicó la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas.

Las solicitudes fueron ponderadas por un equipo evaluador formado por personas expertas de fuera del Sistema de I+D+i gallego, con la colaboración de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia (ACSUG), a partir de la documentación indicada en el artículo 6 de la convocatoria y según el baremo que se indica en el artículo 10.

El resultado de esta evaluación se le entregó a la Comisión de Selección definida en el artículo 11 de la orden de convocatoria. La Comisión de Selección elaboró un informe para los órganos instructores en el que figuran las entidades beneficiarias, junto con la prelación de las personas candidatas a ser destinatarias de las ayudas.

La competencia para resolver estas ayudas, por delegación de la persona titular de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional y de la persona titular de la presidencia de la Agencia Gallega de Innovación, corresponde conjuntamente a la persona titular de la Secretaría General de Universidades de la Consellería y a la persona titular de la dirección de la Agencia Gallega de Innovación, de acuerdo con el artículo 12 de la convocatoria.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta de concesión elevada por los órganos instructores a partir del informe de la Comisión de Selección, reunida el día 5 de mayo de 2025,

RESOLVEMOS:

Primero. Conceder las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral convocadas por la Orden de 26 de diciembre de 2024 a las entidades que contraten a las personas seleccionadas que se relacionan en el anexo I.

Segundo. Todas las solicitudes que figuran en el anexo I de esta resolución cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria. Asimismo, las solicitudes que no figuran relacionadas en los citados anexos se entenderán denegadas o desestimadas.

Tercero. La fecha de comienzo de los contratos será el día 1 de septiembre de 2025.

Cuarto. Las ayudas concedidas se financiarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025 y años sucesivos, de acuerdo con la siguiente distribución según la estructura de pago recogida en el artículo 15 de las bases de la convocatoria:

Universidades del SUG: 15 ayudas.

El importe de las ayudas de las universidades del SUG se imputará al Plan gallego de financiación universitaria para el período 2022-2026 y al próximo Plan gallego de financiación universitaria.

Aplicación orzamentaria

Universidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2025

2026

2027

2028

Total

07.02.561B.444.0

UDC

3

12.737,49

119.850,00

119.850,00

118.662,51

371.100,00

07.02.561B.744.0

9.000,00

30.000,00

30.000,00

21.000,00

90.000,00

Total UDC

21.737,49

149.850,00

149.850,00

139.662,51

461.100,00

07.02.561B.444.0

USC

5

21.229,15

199.750,00

199.750,00

197.770,85

618.500,00

07.02.561B.744.0

15.000,00

50.000,00

50.000,00

35.000,00

150.000,00

Total USC

36.229,15

249.750,00

249.750,00

232.770,85

768.500,00

07.02.561B.444.0

UVIGO

7

29.720,81

279.650,00

279.650,00

276.879,19

865.900,00

07.02.561B.744.0

21.000,00

70.000,00

70.000,00

49.000,00

210.000,00

Total UVIGO

50.720,81

349.650,00

349.650,00

325.879,19

1.075.900,00

Total SUG

108.687,45

749.250,00

749.250,00

698.312,55

2.305.900,00

Demás entidades: 4 ayudas

Aplicación presupuestaria

Entidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2025

2026

2027

2028

Total

07.A2.561A.443.19

Fundación Centro Tecnológico de la Carne

1

4.245,83

39.950,00

39.950,00

39.554,17

123.700,00

07.A2.561A.743.19

3.000,00

10.000,00

10.000,00

7.000,00

30.000,00

Total FCTC

7.245,83

49.950,00

49.950,00

46.554,17

153.700,00

07.A2.561A.443.25

Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC

2

8.491,66

79.900,00

79.900,00

79.108,34

247.400,00

07.A2.561A.743.25

6.000,00

20.000,00

20.000,00

14.000,00

60.000,00

Total INIBIC

14.491,66

99.900,00

99.900,00

93.108,34

307.400,00

07.A2.561A.443.28

Fundación Pública Gallega Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

1

4.245,83

39.950,00

39.950,00

39.554,17

123.700,00

07.A2.561A.743.28

3.000,00

10.000,00

10.000,00

7.000,00

30.000,00

Total FIDIS

7.245,83

49.950,00

49.950,00

46.554,17

153.700,00

Total otras entidades

28.983,32

199.800,00

199.800,00

186.216,68

614.800,00

Quinto. Las entidades beneficiarias deberán remitir un escrito de aceptación de la ayuda a la Secretaría General de Universidades, en el caso de las universidades del SUG, o a la Agencia Gallega de Innovación en el caso de las demás entidades indicadas en el artículo 2 de la convocatoria, en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, y vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización del correspondiente contrato.

Sexto. El artículo 15 de la orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado ante el órgano administrativo competente, este requerirá la entidad beneficiaria para que en el plazo improrrogable de diez días la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Séptimo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, en el caso de solicitudes pertenecientes al SUG, y ante la persona titular de la Presidencia de la Agencia Gallega de Innovación en los restantes casos, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 27 de junio de 2025

El conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

P.D. (Artículo 12 de la Orden de 26.12.2024)

José Alberto Díez de Castro

Secretario general de Universidades

El conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional y presidente de la Agencia Gallega de Innovación

P.D. (Artículo 12 de la Orden de 26.12.2024)

Carmen Cotelo Queijo

Directora de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO I
Ayudas concedidas
Universidad de A Coruña

Expediente

Persona investigadora

Rama de conocimiento

Puntuación

ED481D-2025/014

Javier Terán Baamonde

Ciencias

90,0000

ED481D-2025/016

Joel Sánchez Piñero

Ciencias

90,0000

ED481D-2025/017

Álvaro Suárez Hervella

Ingeniería y Arquitectura

78,0000

Universidad de Santiago de Compostela

Expediente

Persona investigadora

Rama de conocimiento

Puntuación

ED481D-2025/006

Julio Corredoira Vázquez

Ciencias

93,0000

ED481D-2025/005

Mario Pereiro Fernández

Artes y Humanidades

90,8244

ED481D-2025/004

Diego Lombao Vázquez

Artes y Humanidades

87,0000

ED481D-2025/015

Eva Rivera Chao

Ciencias

82,0000

ED481D-2025/003

Marcos Arza García

Ingeniería y Arquitectura

77,0000

Universidad de Vigo

Expediente

Persona investigadora

Rama de conocimiento

Puntuación

ED481D-2025/011

Francisco de Arriba Pérez

Ingeniería y Arquitectura

93,0000

ED481D-2025/007

Pablo Fondo Ferreiro

Ingeniería y Arquitectura

90,0000

ED481D-2025/012

Vanesa Santás Miguel

Ciencias

84,0000

ED481D-2025/008

Pablo García Del Río

Ciencias

81,5000

ED481D-2025/010

Mauro Chivite Alcalde

Ciencias

81,0000

ED481D-2025/001

Raquel Juan Ovejero

Ciencias

77,0000

ED481D-2025/013

María Blanco Formoso

Ciencias

77,0000

Otras entidades

Expediente

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Puntuación

IN606C-2025/004

Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC

Vázquez

Ucha

Juan Carlos

Ciencias de la Salud

90,6701

IN606C-2025/002

Fundación Centro Tecnológico de la Carne

Agregán

Pérez

Rubén

Ciencias

83,0000

IN606C-2025/003

Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC

Escuder

Rodríguez

Juan José

Ciencias de la Salud

76,0000

IN606C-2025/005

Fundación Pública Gallega Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

Rapado

González

Óscar

Ciencias de la Salud

76,0000

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