ANUNCIO de información pública de la modificación puntual del Plan especial de protección y rehabilitación de la ciudad histórica (PE-1), regulación de usos (expediente 2024/27192Y).
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
VI. Anuncios
b) Administración local
Ayuntamiento de Santiago de Compostela
ANUNCIO de información pública de la modificación puntual del Plan especial de protección y rehabilitación de la ciudad histórica (PE-1), regulación de usos (expediente 2024/27192Y).
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 16 de junio de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
a) Aprobar inicialmente la modificación puntual del Plan especial de protección y rehabilitación de la ciudad histórica (regulación de usos), según el documento formulado por los servicios técnicos municipales de planeamiento en junio de 2025.
b) En aplicación del procedimiento de tramitación simplificada regulado en el artículo 18 de la Ley 1/2019, de 22 abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia (LRRR), la modificación inicialmente aprobada se someterá a información pública durante el plazo de un mes, mediante anuncios que al efecto se publicarán en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor difusión en la provincia. Simultáneamente, se practicará notificación personal a todas las personas que figuren en el Catastro como titulares de predios incluidos en el ámbito del plan especial.
Objeto de la modificación.
La modificación afecta a la normativa de usos del vigente Plan especial de protección y rehabilitación de la ciudad histórica (PE-1) y supone una nueva redacción de los siguientes artículos:
- Artículos 130 a 143 (normas generales de uso).
- Artículos 150 a 155 (normas particulares de zona).
- Artículo 172 (Ordenanza de equipamientos y dotaciones).
Suspensión de licencias y demás títulos habilitantes de naturaleza urbanística.
El acuerdo de aprobación inicial extingue los efectos de la suspensión previa que fue publicada en el Diario Oficial de Galicia los días 19 de junio de 2024 y 16 de enero de 2025. Asimismo, determina automáticamente, por aplicación de lo que disponen los artículos 47.2 de la LSG y 86 del RLSG, una nueva suspensión del procedimiento de otorgamiento de licencias de edificación, parcelación y derribo que resulten incompatibles o disconformes con las nuevas determinaciones de la modificación inicialmente aprobada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.3.d) del RLSG, la suspensión impide la obtención de cualquier título habilitante de naturaleza urbanística que suponga la implantación o la ampliación de usos, tipos de uso y actividades disconformes con la normativa inicialmente aprobada, esto es, cuando incumplan las condiciones de uso y/o de implantación establecidas en la citada normativa.
Actos no afectados por la suspensión.
Dado el contenido y alcance de la reforma, la suspensión no afectará:
- A las obras de mantenimiento y conservación de las edificaciones y de las instalaciones existentes.
- A las obras de reforma y de rehabilitación, excepto cuando conlleven la implantación o la ampliación de usos, tipos de uso o actividades que sean disconformes con el nuevo plan.
- A los actos de primera ocupación y de inicio de actividad cuando ya se hubiera obtenido el preceptivo título habilitante de las obras ejecutadas para el uso pretendido.
- A los proyectos que cumplan simultáneamente las determinaciones del planeamiento vigente y las resultantes de la modificación inicialmente aprobada.
Ámbito territorial y duración de la suspensión:
El ámbito territorial de la suspensión abarca todo el ámbito delimitado en el PGOM vigente como PE-1.
La suspensión tendrá la duración máxima de dos años, contados a partir del día siguiente al acuerdo de aprobación inicial, y se extinguirá en todo caso con la aprobación definitiva y entrada en vigor del nuevo planeamiento.
Presentación de alegaciones.
Las personas interesadas podrán alegar por escrito durante el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la última publicación del anuncio de información pública.
Para las personas que figuren en el Catastro como titulares de inmuebles afectados, el plazo de un mes se iniciará el día siguiente a aquel en que reciban la respectiva notificación personal o, si no hubiesen podido ser citadas en su domicilio, al día siguiente de publicarse el edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Las alegaciones podrán presentarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Santiago de Compostela en el apartado de Catálogo de trámites, a través del trámite de presentación de documentación y alegaciones y de la opción de aportación libre. Se deberá introducir el dato 2024/27192Y en el campo de la referencia e incorporar el documento de las alegaciones.
También se podrán presentar las alegaciones por cualquiera de los otros medios relacionados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Consulta del expediente.
El proyecto inicialmente aprobado y sometido a información pública se podrá consultar en la página web del ayuntamiento a través del siguiente enlace:
https://santiagodecompostela.gal/gl/transparencia/urbanismo/planeamiento/modificacion-do-plan-especial-de-proteccion-e-rehabilitacion-da-cidade-historica
También se podrá consultar de forma presencial en el Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Santiago (situado en la calle de Casas Reales, nº 8, 2ª planta), de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas.
Santiago de Compostela, 16 de junio de 2025
La alcaldesa
P.D. (DEC/2023/8135, de 17 de junio)
Iago Lestegás Tizón
Concejal delegado de Urbanismo, Vivienda y Ciudad Histórica