RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2025 por la que se convocan para la elección de destino definitivo a las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la categoría 21 del grupo IV de personal laboral de la Xunta de Galicia, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 245, de 27 de diciembre), modificada por la Resolución de 20 de enero de 2023 (Diario Oficial de Galicia número 15, de 23 de enero) y por la Resolución de 6 de febrero de 2023 (Diario Oficial de Galicia número 26, de 7 de febrero).

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IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2025 por la que se convocan para la elección de destino definitivo a las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la categoría 21 del grupo IV de personal laboral de la Xunta de Galicia, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 245, de 27 de diciembre), modificada por la Resolución de 20 de enero de 2023 (Diario Oficial de Galicia número 15, de 23 de enero) y por la Resolución de 6 de febrero de 2023 (Diario Oficial de Galicia número 26, de 7 de febrero).

La presente resolución se dicta por delegación, de conformidad con lo establecido en la Orden de 8 de enero de 2020 sobre delegación de competencias en la Dirección General de la Función Pública, publicada en el DOG núm. 16, de 24 de enero.

Una vez finalizado el proceso selectivo, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la categoría 21 del grupo IV de personal laboral de la Xunta de Galicia, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (DOG núm. 245, de 27 de diciembre), modificada por la Resolución de 20 de enero de 2023 (DOG núm. 15, de 23 de enero) y por la Resolución de 6 de febrero de 2023 (DOG núm. 26, de 7 de febrero); y, una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta por parte de las personas aspirantes, al objeto de adjudicarles destinos definitivos, y según la base V.5 de la convocatoria, esta consellería

DISPONE:

Primero. Publicar como anexo I la relación de personas aspirantes que superaron el proceso selectivo, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en la categoría 21 del grupo IV de personal laboral de la Xunta de Galicia y que son convocadas a la elección de destino definitivo, según el orden que, en aplicación de la base V.5 de la convocatoria, deberá seguirse a los efectos de la adjudicación de destino.

Segundo. Los puestos ofertados y los requisitos exigidos para su ocupación figuran como anexo II de esta resolución por categorías. Las personas aspirantes elegirán las plazas a la categoría a la que acceden de conformidad con lo indicado en el anexo II de esta resolución.

Tercero. Para el acceso a la aplicación informática para la elección de destino, la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal remitirá a las personas aspirantes un correo electrónico con el usuario y la clave de acceso a la aplicación del proceso selectivo.

En el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, la persona aspirante, en el supuesto de que no recibiera correctamente su usuario y clave, deberá ponerse en contacto con el servicio informático de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, en el teléfono 881 99 98 83, para que se le faciliten los datos necesarios.

Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, se abrirá un plazo de cinco (5) días hábiles para que las personas aspirantes que constan en el anexo I de esta resolución seleccionen telemáticamente, a través del sistema electrónico, los destinos ofertados por orden de prelación.

La elección de destinos deberá realizarse a través del sistema electrónico al que se podrá acceder a través de la página web de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal https://www.xunta.gal/es/funcion-publica/procesos-selectivos/eleccion-destino

Cuarto. Para la selección de destinos, las personas aspirantes deberán acceder al sistema electrónico y proceder de la siguiente forma:

Una vez que acceda a su expediente electrónico, la persona aspirante deberá, en primer lugar, elegir entre las opciones «Renuncia» o «Escoger puesto».

1º. De elegir la opción «Renuncia», la deberá presentar por escrito en el Registro de la Xunta de Galicia en el mismo plazo previsto en la disposición tercera. La persona aspirante que ejerza esta opción quedará excluida del proceso y decaerá en su derecho a ser nombrada personal laboral fijo de la categoría a la que accede. Dicha exclusión no supondrá derecho a indemnización. Su lugar será ocupado por la siguiente persona aspirante, conforme al orden de prelación derivado de las puntuaciones del proceso selectivo.

2º. De elegir la opción «Escoger puesto», la persona aspirante seleccionará, por orden de preferencia, los destinos que se ofertan. En este punto, se recuerda que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 5/2022, de 21 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia, las personas que adquieran la condición de personal laboral fijo como consecuencia de los procesos selectivos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, deberán permanecer en servicio activo en dicha categoría un mínimo de dos años desde la toma de posesión antes de concedérseles excedencia por interés particular o por prestación de servicios en el sector público.

Quinto. A las personas aspirantes que no presenten su solicitud de elección en el plazo señalado; o seleccionen un número de plazas inferior al de la posición que ocupan en el proceso, les serán adjudicadas en destino los puestos que les correspondan atendiendo al orden de publicación de estos y al número obtenido en el proceso selectivo, una vez concluido el proceso de adjudicación de los puestos a las personas aspirantes presentes o representadas, entre los que quedaran sin adjudicar.

Sexto. Todas las comunicaciones que formulen las personas aspirantes se dirigirán a la Consellería de Hacienda y Administración Pública, Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, Servicio de Selección (Edificio Administrativo San Caetano. Santiago de Compostela). Para esto, deberán emplear el modelo con el código PR004A previsto en la Orden de 4 de mayo de 2017 que aprueba la puesta en funcionamiento del servicio para la presentación electrónica de solicitudes, escritos y comunicaciones que no cuenten con un sistema electrónico específico ni con un modelo electrónico normalizado, habilitado en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal; o bien presentará la documentación en las oficinas de Registro de la Xunta de Galicia y en los demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptimo. Finalizado el plazo para la elección de destinos, la aplicación efectuará la adjudicación automática de destinos, en función de la categoría a la que se accede y al orden de prelación obtenido por cada persona aspirante en el proceso y atendiendo al orden de preferencia en la selección de destinos efectuada por esta.

La adjudicación definitiva de puestos se resolverá mediante resolución de la consellería competente en materia de empleo público y se publicará en el DOG.

Tal y como se recoge en el artículo 11 de la Ley 5/2022, de 21 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia, una misma persona aspirante no podrá ser propuesta para adquirir la condición de personal funcionario de carrera o personal laboral fijo en más de una escala, cuerpo o categoría profesional tanto en la Administración general como en las entidades instrumentales integrantes del sector público autonómico.

De este modo, para los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, deberán tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

1. Aspirantes que figuran en la relación de aprobados de varios procesos selectivos convocados por la Administración general de la Xunta de Galicia.

Si una persona aspirante se encontrara incluida en la relación de aprobados en más de un proceso selectivo de estabilización convocado por la Administración general de la Xunta de Galicia, deberá optar exclusivamente por uno de ellos, renunciando expresamente a los demás. La renuncia deberá presentarse por escrito en el Registro de la Xunta de Galicia, en el plazo de cinco (5) días hábiles, conforme a lo establecido en la disposición tercera de esta resolución.

2. Aspirantes que se encuentran en la relación de aprobados en procesos selectivos convocados por la Administración general y convocados por un ente instrumental.

Si una persona aspirante figura en la relación de aprobados en un proceso selectivo de estabilización de la Administración general y, al mismo tiempo, en un proceso de estabilización convocado por un ente instrumental, también deberá optar exclusivamente por uno de ellos y renunciar a los restantes. En este caso, la renuncia debe presentarse por escrito en el Registro de la Xunta de Galicia, en el plazo de cinco (5) días hábiles, conforme a lo establecido en la disposición tercera de esta resolución.

3. Toma de posesión previa o resultados pendientes en otros procesos de estabilización

En caso de que, en el momento de este acto de elección de destino, la persona aspirante ya tomara posesión de un puesto como personal funcionario de carrera o personal laboral fijo derivado de la superación de otro proceso selectivo de estabilización convocado al amparo de la Ley 20/2021, tanto en la Administración general de la Xunta de Galicia como en un ente instrumental del sector público autonómico, deberá presentar simultáneamente a este acto de elección la renuncia expresa y voluntaria a la condición de funcionario de carrera o, en su caso, personal laboral fijo, mediante escrito presentado en el Registro de la Xunta de Galicia, en el plazo de cinco (5) días hábiles conforme a lo establecido en la disposición tercera de esta resolución. En caso contrario, la persona aspirante será excluida de este acto de elección de destino.

Igualmente, si la persona aspirante participa en varios procesos selectivos de estabilización, pero en la fecha de este acto de elección de destino aún no se publicaran los resultados de otros procesos en los que participó, podrá realizar la elección correspondiente en este acto. Ahora bien, si resulta incluida posteriormente en la relación de aspirantes que superaron otro proceso de estabilización, deberá optar definitivamente por uno solo de los puestos, renunciando expresamente al otro, siempre que no se hubiera producido aún la toma de posesión derivada de este acto. Esta renuncia deberá presentarse por escrito en el Registro de la Xunta de Galicia en el plazo de cinco (5) días hábiles desde la publicación de la nueva relación de aprobados. Si ya tomó posesión de uno de los puestos, será de aplicación lo dispuesto en el párrafo primero de este apartado.

Octavo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 5/2022, de 21 de diciembre, en los casos anteriores, el derecho a optar y la renuncia a los procesos es voluntaria, por lo que su exclusión de los procesos no elegidos no supondrá derecho a compensación.

Noveno. Estará a disposición de las personas aspirantes información complementaria para la utilización de la aplicación informática y la presentación de las solicitudes de elección de destino, en la página web de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal https://www.xunta.gal/es/funcion-publica/procesos-selectivos/eleccion-destino

Décimo. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá presentar recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde esa misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 2025

El conselleiro de Hacienda y Administración Pública
P.D. (Orden de 8.1.2020; DOG núm. 16, de 24 de enero)
Nuria Aguilar Vázquez
Directora general de Empleo Público y Administración de Personal

ANEXO I

Relación de aspirantes convocados a la elección de destino

Nº orden

DNI

Apellidos y nombre

Acceso

1

***4567**

López Rodríguez, Benigno

Libre

ANEXO II
Plazas ofertadas

Código

Denominación

Cons.

Centro destino

Centro directivo

Ayuntamiento

Grupo

Categoría

1

EDC994080132001020

Oficial 2ª carpintero/a

ED

Centro Residencial Docente (Ourense)

Servicios periféricos

Ourense

IV

21

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