RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ames (expediente IN407A 2024/253-1).

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VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ames (expediente IN407A 2024/253-1).

Expediente: IN407A 2024/253-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: LMTS, CTC, RBT Guimaráns.

Ayuntamiento: Ames.
Hechos:

1. El día 2.8.2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica mencionada. Por finalizar la vida útil de un tramo aéreo de la línea de distribución de media tensión LMT SNT822 Bertamiráns 22 (expediente 19.386), procedente de la subestación Santiago, sito en el lugar de Guimaráns, parroquia de San Pedro de Guimaráns, ayuntamiento de Ames, y por no poder reformar dicho tramo por prohibiciones reglamentarias respecto a las viviendas, se proyecta el desmantelamiento de dicho tramo y del centro de transformación de intemperie CT Guimaráns (15AI73) y sustituirlos por tramos subterráneos que alimentarán el CT Pradiños (15CTN4) existente y el nuevo CT de tipo compacto de superficie de 250 kVA de potencia, que se instalará en sustitución del de Guimaráns, y conectándolos con la LMT SNT834 Bertamiráns Condomiña 34, procedente de la subestación Santiago.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado LMTS, CTC, RBT Guimaráns, firmado el día 15.7.2024 por Rubén Fervenza Nicolás, ingeniero técnico industrial graduado en Ingeniería Eléctrica, número de colegiado 4.684 de Vigo.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Ames y Diputación Provincial de A Coruña. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.

4. El día 9.5.2025 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

Segunda. Legislación de aplicación:

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el lugar de Guimaráns, parroquia de San Pedro de Guimaráns, ayuntamiento de Ames, y sus características técnicas son las siguientes:

• Desmantelamiento de tramo LMTA (tramo 1) a 20 kV con origen en el apoyo nº A3FNEATP//D22-36 existente de la LMT SNT822 Bertamiráns 22 (expediente 19.386), procedente de la subestación Santiago, en el que se desmontará la derivación de este tramo por suprimir y el seccionador XS, y final en el apoyo nº A3H8IOSI//D22-36-11 por desmontar y donde está instalado el CTI Guimaráns (15AI73). Desmontaje de todos los apoyos intercalados en dicho tramo.

• Desmantelamiento de tramo LMTA (tramo 2) a 20 kV con origen en el apoyo nº A3HO90TP//D22-36-12 existente y final en el apoyo nº A3IBWTAA//D22-36-14CT por desmontar y donde está instalado el CTI Guimaráns (15AI73). Desmontaje de todos los apoyos intercalados en el dicho tramo.

• Desmantelamiento tramo LMTS (tramo 1) a 20 kV, con origen en el PA/S del apoyo nº A3H8IOSI//D22-36-11 existente a desmantelar y final en el CT Pradiños (15CTN4) existente.

• Desmantelamiento tramo LMTS (tramo 2) a 20 kV, con origen en el PA/S del apoyo nº A3HO90TP//D22-36-12 existente por desmantelar y final en el apoyo nº A3IBWTAA//D22-36-14CT existente por desmantelar.

• LMTS (actuación 1) a 20 kV, de 2×6 m (E/S), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen y final en los empalmes por hacer en PAR proyectado en la LMT SNT834 (Bertamiráns Condomiña 34), procedente de la subestación Santiago, haciendo E/S en el CTC proyectado en el lugar Guimaráns. La LMTS proyectada irá canalizada bajo tubo en zanja de 0,4 m de ancho y una profundidad entre 1,2 y 1,4 m de profundidad. Los tubos por emplear serán de polietileno de alta densidad con un diámetro de 16 cm.

• LMTS (actuación 2) a 20 kV, de 2×198 m (E/S), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen y final en los empalmes por hacer en PAR proyectado en la LMT SNT834, con E/S en el CT Pradiños (15CTN4) existente.

• Nuevo CT lugar Guimaráns compacto prefabricado telecontrolado de maniobra exterior, con una potencia de 250 kVA, una relación de transformación de 20.000/400-230 V y configuración 2L+1P. Desmantelamiento del CTI Guimaráns (15AI73).

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) 517/2014 (DOUE núm. 573, de 20 de febrero de 2024), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.

3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, después de audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 12 de mayo de 2025

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

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