RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2025 por la que se declara área de rehabilitación integral Barrio das Flores.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
III. Otras disposiciones
Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo
RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2025 por la que se declara área de rehabilitación integral Barrio das Flores.
Denominación: área de rehabilitación integral Barrio das Flores.
Ámbito: urbano de carácter continuo.
Clase: área de rehabilitación integral de ámbito urbano.
Antecedentes de hecho:
1. El 19 de mayo de 2023 el Ayuntamiento de A Coruña presenta al Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (en adelante, IGVS) una solicitud para la declaración de un área de rehabilitación integral (en adelante, ARI) en el Barrio das Flores en su término municipal. Con la solicitud se adjunta un certificado del acuerdo adoptado al respecto por la Junta de Gobierno Local, en su sesión de 6 de octubre de 2022.
2. El ámbito se sitúa aproximadamente a 300 metros al este de la avenida de Alfonso Molina. Todo su perímetro se encuentra claramente delimitado por dos importantes vías de tráfico rodado: la avenida de Monelos al nordeste y la ronda de Camilo José Cela en el resto de su perímetro noroeste y sur. Comprende una superficie de 16 ha.
3. La declaración del ARI solicitada fue informada favorablemente, tanto desde el punto de vista técnico y urbanístico como administrativo, por las unidades competentes del IGVS.
Consideraciones legales y técnicas:
1. La Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia, regula las ARI en los artículos 49 a 51. Concretamente el artículo 50.1.c) define las ARI de ámbitos urbanos, como aquellas cuyo ámbito no pertenezca a ninguna de las categorías consideradas en las líneas anteriores, es decir, cuando su ámbito no pertenezca ni el ARI de conjunto histórico ni el ARI rural. En este supuesto, el ámbito delimitado habrá de tener, como mínimo, cincuenta viviendas.
2. El Decreto 18/2014, de 13 de febrero, por el que se determinan los aspectos básicos de los programas autonómicos de rehabilitación de viviendas y se dan las directrices para el desarrollo del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, regula en su capítulo II, sección 2ª, artículo 8 el procedimiento para la declaración de las ARI.
En el expediente para la declaración de esta ARI se recogen todos los aspectos señalados en el artículo 8.2 del Decreto 18/2014, de 13 de febrero.
3. De conformidad con los artículos 49 de la Lei 1/2019, de 22 de abril, y 8.1 del Decreto 18/2014, de 13 de febrero, las ARI se declaran por una resolución de la Presidencia del IGVS, a solicitud de los ayuntamientos interesados.
Por todo lo expuesto y de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 49 de la Ley 1/2019, de 22 de abril,
RESUELVO:
Declarar el Área de Rehabilitación Integral Barrio das Flores de ámbito urbano de carácter continuo, en el término municipal de A Coruña, según el ámbito recogido en el antecedente segundo y delimitado en los planos que se adjuntan como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2025
María Martínez Allegue
Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial de la Xunta de Galicia
ANEXO

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial de la Xunta de Galicia