RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2025 por la que se renueva la mención de excelencia a titulaciones universitarias oficiales de máster impartidas por las universidades del Sistema universitario de Galicia.
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III. Otras disposiciones
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2025 por la que se renueva la mención de excelencia a titulaciones universitarias oficiales de máster impartidas por las universidades del Sistema universitario de Galicia.
En fecha 29 de noviembre de 2024 se publicó en el DOG núm. 231 la Orden de 12 de noviembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria para la renovación de la mención de excelencia concedida a titulaciones universitarias oficiales de máster impartidas por universidades públicas del Sistema universitario de Galicia.
Finalizado el plazo para la entrega de la documentación necesaria para la tramitación del procedimiento establecido en el artículo 4 de la orden de convocatoria, fueron analizadas las solicitudes por la Comisión Evaluadora prevista en el artículo 7 de la citada orden.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, y atendiendo a la propuesta de resolución de la Secretaría General de Universidades, esta consellería
RESUELVE:
Primero. Conceder la renovación de la mención de máster universitario excelente de la Xunta de Galicia a las titulaciones universitarias oficiales de máster, impartidas por las universidades del Sistema universitario de Galicia, que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. La renovación de máster universitario excelente de la Xunta de Galicia tendrá una vigencia de cinco cursos académicos al final de los cuales podrá ser renovada por períodos sucesivos de igual duración.
Tercero. Las universidades responsables de los títulos se comprometen a mantener los requisitos que dieron lugar a la obtención de la renovación de la mención de máster universitario excelente de la Xunta de Galicia.
Cuarto. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las universidades podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante el conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOG, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2025
Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia,
Universidades y Formación Profesional
ANEXO I
Titulación | Facultad/escuela | Universidad |
MU en Biología Molecular, Celular y Genética | Facultad de Ciencias | Universidad de A Coruña |
MU en Ingeniería Ambiental | Escuela Técnica Superior de Ingeniería | Universidad de Santiago de Compostela |
MU en Ingeniería Informática | Facultad de Informática | Universidad de A Coruña |