RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, por la que se publica la Resolución de 11 de abril de 2025 por la que se asigna el concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención residencial para personas dependientes con discapacidad intelectual para el período 2025-2029 (código de procedimiento BS632I).
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III. Otras disposiciones
Consellería de Política Social e Igualdad
RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, por la que se publica la Resolución de 11 de abril de 2025 por la que se asigna el concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención residencial para personas dependientes con discapacidad intelectual para el período 2025-2029 (código de procedimiento BS632I).
En el Diario Oficial de Galicia número 42, de 3 de marzo de 2025, se publica la Resolución de 24 de febrero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención residencial para personas dependientes con discapacidad intelectual para el período 2025-2029, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS632I).
Una vez instruido de conformidad con las bases reguladoras de la convocatoria, previa valoración de la solicitud y la aplicación de los criterios de selección, y vista la propuesta de adjudicación, el órgano competente emite la resolución de adjudicación, con la cual finaliza el procedimiento.
La base decimonovena de la Resolución de 24 de febrero de 2025 establece que la resolución de concertación se publicará en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y tendrá los efectos de notificación.
Asimismo, será igualmente objeto de publicidad a través de la página web de la Consellería de Política Social e Igualdad.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 11 de abril de 2025 dictada en el procedimiento BS632I, de asignación del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención residencial para personas dependientes con discapacidad intelectual para el período 2025-2029, que se adjunta a esta resolución de publicación como anexo, y con la que finaliza el procedimiento.
Segundo. Notificada la resolución por el órgano competente, se procederá a la formalización del concierto con la entidad seleccionada.
La formalización de este concierto social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de conciertos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, se hará mediante un documento administrativo dentro de los treinta (30) días siguientes al de la publicación de la resolución de concertación.
El concierto social se perfeccionará con su formalización y no se podrá iniciar su ejecución sin haberse efectuado esta previamente.
Efectuada la formalización, la entidad concertada estará obligada a prestar a las personas usuarias los servicios sociales en las condiciones establecidas en la normativa sectorial aplicable, en la resolución de la convocatoria del concierto social y, en su caso, en los criterios de preferencia y selección de la entidad.
Santiago de Compostela, 30 de abril de 2025
Begoña Abeijón Fernández
Directora general de Personas con Discapacidad
ANEXO
Resolución de adjudicación
Resolución de 11 de abril de 2025 por la que se asigna el concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención residencial para personas dependientes con discapacidad intelectual para el período 2025-2029 (código de procedimiento BS632I).
Antecedentes de hecho.
Primero. El 3 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 24 de febrero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de asignación del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención residencial para personas dependientes con discapacidad intelectual para el periodo 2025-2029, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS632I).
Segundo. En el plazo establecido, se presentó a la convocatoria la siguiente entidad:
Fecha y número de entrada Rexel | Entidad | NIF | Código | Servicio | Tipología | Núm. de plazas | Lote y ayuntamiento |
19.3.2025 Núm. 792049 | Asociación a favor de las personas con discapacidad intelectual de la provincia de Pontevedra (Aspanaex) | G36605905 | 020507 | Servicio de atención residencial terapéutica | Internado (365 días) | 15 | 1 - Vigo |
020508 | Servicio de atención residencial terapéutico-ocupacional | Internado (365 días) | 20 | 2 - Vigo |
Tercero. El día 8 de abril de 2025, se reunió la Comisión de Valoración establecida en la cláusula decimosexta de la citada resolución al objeto de comprobar que la entidad que presentó la solicitud para el concierto social, con código de procedimiento BS632I, cumple con los requisitos establecidos en la base octava de la convocatoria y que presentó la documentación exigida en la base duodécima.
Cuarto. Una vez examinada la documentación, se constata que la entidad cumple con los requisitos y que presentó de forma correcta y completa la documentación exigida dentro del plazo establecido en la convocatoria.
Quinto. Teniendo en cuenta lo anterior, se procede a la valoración de la solicitud de acuerdo con los criterios de selección recogidos en la base decimoséptima de la convocatoria:
1. Experiencia de la entidad en la prestación de servicios sociales: 1 punto por cada año completo de antigüedad de inscripción de la entidad en el RUEPSS, con un máximo de 10 puntos.
2. Implantación del centro en el ayuntamiento donde se va a prestar el servicio: 1 punto por cada año completo de antigüedad de inscripción de la autorización del centro en el RUEPSS en ese ayuntamiento, con un máximo de 10 puntos.
3. Aplicación de políticas empresariales en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral: máximo 10 puntos.
La puntuación resultante para la entidad Asociación a favor de las personas con discapacidad intelectual de la provincia de Pontevedra (Aspanaex), con NIF G36605905, es la siguiente:
Lote 1: Servicio de atención residencial terapéutica (020507) | |
Criterios de selección | Puntuación |
La antigüedad de la inscripción de la entidad en el RUEPSS es de 30 años | 10 puntos |
La antigüedad de la inscripción de la autorización del centro en el Ayuntamiento de Vigo es de 0 años | 0 puntos |
La entidad no presenta medidas concretas en materia de conciliación | 0 puntos |
Total | 10 puntos |
Lote 2: Servicio de atención residencial terapéutico-ocupacional (020508) | |
Criterios de selección | Puntuación |
La antigüedad de la inscripción de la entidad en el RUEPSS es de 30 años | 10 puntos |
La antigüedad de la inscripción de la autorización del centro en el Ayuntamiento de Vigo es de 0 años | 0 puntos |
La entidad no presenta medidas concretas en materia de conciliación | 0 puntos |
Total | 10 puntos |
Fundamentos jurídicos.
Primero. De conformidad con lo establecido en la base decimoquinta de la Resolución de 24 de febrero de 2025, la instrucción del procedimiento corresponde a la Subdirección General de Recursos y Equipamientos de Apoyo a la Discapacidad de la Dirección General de Personas con Discapacidad.
Segundo. Los apartados 2, 4 y 5 de la base decimosexta de la Resolución de 24 de febrero de 2025 establecen:
«2. La Comisión de Evaluación será la encargada de verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas a las entidades para concertar y de valorar las solicitudes de conformidad con los criterios de selección establecidos en la base decimoséptima de esta convocatoria.
4. La Comisión de Valoración determinará aquellas entidades que cumplan los requisitos para concertar y elaborará un informe de acuerdo con lo previsto en el apartado decimosexto de esta convocatoria.
5. Según el referido informe de la Comisión de Valoración, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución al órgano competente para resolver la concesión con cada entidad».
Tercero. Según la base decimooctava de la Resolución de 24 de febrero de 2025, la resolución corresponde, por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social e Igualdad, a la persona titular de la Dirección General de Personas con Discapacidad.
Por todo lo expuesto, y vista la propuesta de adjudicación efectuada por la Subdirección General de Recursos y Equipamientos de Apoyo a la Discapacidad,
RESUELVO:
Primero. Asignar los lotes 1 y 2 del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención residencial para personas dependientes con discapacidad intelectual para el período 2025-2029 (código de procedimiento BS632I) a la entidad que se relaciona en el anexo I, en los términos y cuantías que figuran en este, con cargo a la aplicación presupuestaria 08.04.312D.228.2 y según los módulos económicos que se detallan:
Servicios para personas dependientes con discapacidad intelectual | |||
Servicio | Precio/plaza mes (sin IVA) | IVA (4 %) | Precio total |
020507-Servicio de atención residencial terapéutica | 3.300,00 € | 132,00 € | 3.432,00 €/mes |
020508-Servicio de atención residencial terapéutico-ocupacional | 2.010,00 € | 80,40 € | 2.090,40 €/mes |
Segundo. Firmar el concierto social con la entidad seleccionada dentro de los treinta (30) días siguientes al de la publicación de la resolución de concertación, según indica el artículo 19 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de conciertos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Tercero. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Cuarto. La resolución de concertación se publicará en el Diario Oficial de Galicia y la publicación tendrá los efectos de notificación, conforme al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y tal como se indica en el artículo 17.2 del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre.
Santiago de Compostela, 11 de abril de 2025
La conselleira de Política Social e Igualdad. P.D. (Anexo I. Base decimoctava de la Resolución de 24 de febrero de 2025). Begoña Abeijón Fernández. Directora general de Personas con Discapacidad
ANEXO I
Lote | 1 | ||||||||||||||
Expediente | BS632I-1/2025 | ||||||||||||||
Entidad | Asociación a favor de las personas con discapacidad intelectual de la provincia de Pontevedra (Aspanaex) | NIF | G36605905 | Nº RUEPSS | E-47 | ||||||||||
Duración | Desde el 12 de mayo de 2025 al 11 de mayo de 2029 | ||||||||||||||
Servicio | Tipología | Núm. plazas | Nombre del centro | Ayuntamiento | IVA | Anualidad 2025 | Anualidad 2026 | Anualidad 2027 | Anualidad 2028 | Anualidad 2029 | |||||
Presupuesto | Aportación Xunta | Presupuesto | Aportación Xunta | Presupuesto | Aportación Xunta | Presupuesto | Aportación Xunta | Presupuesto | Aportación Xunta | ||||||
Servicio de atención residencial terapéutica | Internado (365 días) | 15 | Residencia terapéutica Aspanaex-Coia E0047-C4 | Vigo | Exento | 380.810,96 € | 331.305,53 € | 594.000,00 € | 516.780,00 € | 594.000,00 € | 516.780,00 € | 594.000,00 € | 516.780,00 € | 213.189,04 € | 185.474,47 € |
Lote | 2 | ||||||||||||||
Expediente | BS632I -1/2025 | ||||||||||||||
Entidad | Asociación a favor de las personas con discapacidad intelectual de la provincia de Pontevedra (Aspanaex) | NIF | G36605905 | Nº RUEPSS | E-47 | ||||||||||
Duración | Desde el 12 de mayo de 2025 al 11 de mayo de 2029 | ||||||||||||||
Servicio | Tipología | Núm. plazas | Nombre del centro | Ayuntamiento | IVA | Anualidad 2025 | Anualidad 2026 | Anualidad 2027 | Anualidad 2028 | Anualidad 2029 | |||||
Presupuesto | Aportación Xunta | Presupuesto | Aportación Xunta | Presupuesto | Aportación Xunta | Presupuesto | Aportación Xunta | Presupuesto | Aportación Xunta | ||||||
Servicio de atención residencial terapéutico- ocupacional | Internado (365 días) | 20 | Residencia terapéutica ocupacional Aspanaex-Coia E0047-C5 | Vigo | Exento | 309.264,66 € | 269.060,25 € | 482.400,00 € | 419.688,00 € | 482.400,00 € | 419.688,00 € | 482.400,00 € | 419.688,00 € | 173.135,34 € | 150.627,75 € |