RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2025 por la que se aprueba la modificación del documento de la Delimitación de los espacios y de los usos portuarios del puerto de Viveiro-Celeiro (Viveiro).

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a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2025 por la que se aprueba la modificación del documento de la Delimitación de los espacios y de los usos portuarios del puerto de Viveiro-Celeiro (Viveiro).

Antecedentes:

El presidente del Consejo de Administración de Puertos de Galicia, por delegación de la conselleira del Mar, resolvió el 4 de mayo de 2016 aprobar el documento de delimitación de los espacios y los usos portuarios (DEUP) del puerto de Viveiro-Celeiro (Diario Oficial de Galicia número 97, de 24 de mayo), redactado conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la marina mercante, Real decreto legislativo 2/2011, aplicable de manera supletoria al dominio público portuario competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia en defecto de legislación autonómica propia.

El 27 de septiembre de 2024, se acuerda iniciar la tramitación de la modificación del citado DEUP para corregir un error existente en la delimitación de la zona de servicio del puerto, para adaptar los usos a la normativa sectorial autonómica vigente y para realizar una resignación de los usos conforme a la operativa actual del puerto.

Para ello, en septiembre de 2024 fue redactado el documento de delimitación de los espacios y los usos portuarios (DEUP) modificado por los ingenieros de caminos, canales y puertos Andrés D. Cervantes Refojos, como jefe del departamento de planificación portuaria de Puertos de Galicia, y Ana Isabel Calzadilla Bouzón, como jefa del área de explotación y planificación portuaria de dicha entidad pública.

Este documento fue tramitado de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 y 53 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia.

Finalizada la tramitación oportuna, en la reunión del Consejo Rector de Puertos de Galicia que tuvo lugar el día 6 de febrero de 2025, se acuerda dar su conformidad a la propuesta de la jefa del Área de Explotación y Planificación, con el visto bueno del director, de la modificación de la DEUP del puerto de Viveiro-Celeiro, así como elevarla y proponerla para su aprobación. El documento aprobado no sufrió modificación derivada de la tramitación.

Consideraciones legales:

Visto el artículo 53 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia, que determina cuándo se considera que se produce una modificación significativa en una delimitación de espacios y usos portuarios.

Vista la disposición transitoria quinta de la Ley 6/2017, sobre el régimen transitorio aplicable a planes de utilización de espacios portuarios, a delimitaciones de los espacios y usos portuarios y a planes directores de infraestructuras.

Visto el acuerdo del Consejo Rector de Puertos de Galicia que tuvo lugar en sesión celebrada el día 6 de febrero de 2025, dando la conformidad a la propuesta de la modificación de la DEUP del puerto de Viveiro-Celeiro y elevándola y proponiéndola para su aprobación.

El presidente de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia, por delegación del conselleiro del Mar, conferida por Orden de 15 de marzo de 2022 por la que se modifica la Orden de 21 de febrero de 2022,

RESUELVE:

Aprobar la modificación del documento de la Delimitación de los espacios y de los usos portuarios del puerto de Viveiro-Celeiro (Viveiro, Lugo), fechado en septiembre de 2024.

El texto íntegro del documento está disponible para consulta en el sitio web de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia, en el siguiente enlace: https://portosdegalicia.gal/gl/

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución.

Non obstante, los interesados podrán interponer contra esta resolución recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes que se contará a partir del día siguiente al de esta publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2025

José Antonio Álvarez Vidal
Presidente de Puertos de Galicia

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