RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2025, del Departamento Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lugo (expediente IN407A 2024/276 AT).
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a) Administración autonómica
Consellería de Economía e Industria
RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2025, del Departamento Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lugo (expediente IN407A 2024/276 AT).
Visto el expediente para el otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Peticionario: Begasa.
Domicilio social: calle Aller Ulloa, Ramón María, 9, 27003 Lugo.
Denominación: 92146 Var. ADIF MON-Lugo, p.k. 435+360 R. Servicios de media tensión y centro de transformación.
Situación: ayuntamiento de Lugo.
Características técnicas principales:
• Línea enterrada a 20 kV Gándaras, 1, tramo sub. Ceao, CT 3625 Gándaras, 1, consistente en el desplazamiento de 90 metros de conductor desde una arqueta existente (punto 1), que se conecta en una celda de línea del CT proyectado calle Monte da Casilla, nuevo tendido de LMT Gándaras, 1, con origen en una celda de línea del CT proyectado calle Monte da Casilla y final en un empalme proyectado en la arqueta existente (punto 1), con una longitud de 180 metros en conductor tipo RHZ1-400 mm.
• CT prefabricado calle Monte da Casilla, con una potencia máxima admisible de 630 kVA y una potencia inicial de 100 kVA, en el que se instalan dos celdas de línea telemandadas y una de protección, relación de transformación 20.000/400-230 V.
• Desmontaje de 250 metros de LMT enterrada, 160 metros de LMT aérea, tres apoyos de celosía y desmontaje del CTI 8120 Camino de Mazoi.
Finalidad de la instalación: mejora de la instalación.
Presupuesto: 80.466,09 €.
Documentación que se adjunta:
• Separata para el Ayuntamiento de Lugo.
Este departamento territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVE:
En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución y la dirección de obra deberá llevarla a cabo un técnico competente.
Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que se mantendrán siempre las condiciones reglamentarias de seguridad.
Tercera. Deberán cumplirse en todo momento las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente en derecho.
Lugo, 22 de abril de 2025
Gustavo José Casasola de Cabo
Director territorial de Lugo