RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2025, de la Dirección General de Juventud, por la que se publica la Resolución de 11 de abril de 2025 de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento BS320A).

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III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2025, de la Dirección General de Juventud, por la que se publica la Resolución de 11 de abril de 2025 de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento BS320A).

En el Diario Oficial de Galicia número 9, de 15 de enero de 2025, se publica la Orden de 19 de diciembre de 2024, de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, con las bases reguladoras de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil y la convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento BS320A).

De conformidad con el artículo 14 de dicha orden, la resolución del procedimiento de ayuda, después de la fiscalización de la propuesta haciendo uso de las competencias conferidas en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, corresponde a la directora general de Juventud, por delegación de la persona titular de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud.

Asimismo, el artículo 15 de la misma orden, establece que se publicará en el Diario Oficial de Galicia de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, entre otras, la correspondiente resolución de este procedimiento. Esta publicación producirá los efectos de notificación.

Tras la instrucción del procedimiento, con fecha 11 de abril de 2025 el órgano competente emite la resolución que finaliza el procedimiento de concesión de las subvenciones del programa Servicio de voluntariado juvenil.

Por todo lo expuesto,
RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 11 de abril de 2025, para el procedimiento BS320A, de concesión de ayudas para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, como anexo de esta resolución.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 11 de abril de 2025 agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, las entidades beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días computado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia para su aceptación, transcurrido el cual sin que se produjese manifestación expresa se entenderá tácitamente aceptada.

Santiago de Compostela, 14 de abril de 2025

Lara del Carmen Meneses Álvarez
Directora general de Juventud

ANEXO

Resolución de 11 de abril de 2025, dictada en el procedimiento BS320A, de concesión de ayudas para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil

Con fecha 15 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 9 la Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento BS320A).

El artículo 7 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes señalado en el citado artículo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Finalizado el plazo, una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.

Con fecha 11 de marzo de 2025 se publica en el Diario Oficial de Galicia el requerimiento de enmienda de la documentación de las solicitudes presentadas, con indicación expresa a las entidades solicitantes de que son requeridas para que, en el plazo de diez días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia del requerimiento, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en la orden de convocatoria, con indicación de que, si así no lo hicieren, se considerará que desisten de su petición, después de resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Finalizado el plazo, después de analizar la documentación, con fecha 3 de abril de 2025 y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12, 13 y 14 de dicha orden de convocatoria, se reunió la comisión evaluadora para analizar las solicitudes de ayuda y valorar los proyectos presentados por las entidades de acción voluntaria y las entidades locales, así como para elaborar el correspondiente informe en el que figuran las entidades con proyectos valorados.

Emitido el informe con la valoración de los proyectos presentados, el Servicio de Voluntariado y Participación, órgano instructor del procedimiento, emite, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la orden de convocatoria, la propuesta de resolución con fecha 4 de abril de 2025.

Vista la propuesta de resolución y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Orden de 19 de diciembre de 2024,

RESUELVO:

Primero. Conceder la ayuda a las entidades locales propuestas en el anexo I, al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil.

Esta concesión resulta de aplicación de conformidad con los criterios de valoración previstos en el artículo 13 de las bases reguladoras, por un importe total de 73.080,00 €, para entidades locales, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.312F.460.0.

Segundo. Conceder la ayuda a las entidades de acción voluntaria propuestas en el anexo II, al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil.

Esta concesión resulta de aplicación de conformidad con los criterios de valoración previstos en el artículo 13 de las bases reguladoras, por un importe total de 120.910,00 €, para entidades de acción voluntaria, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.312F.481.0.

De la cuantía prevista para entidades locales se reserva un 15 % para las solicitudes presentadas conjuntamente.

Tercero. Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 19 de diciembre de 2024 y, especialmente, a las establecidas en el artículo 20.

La justificación de las subvenciones se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la convocatoria.

Asimismo, el pago de las ayudas se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la misma convocatoria.

Cuarto. Denegar las solicitudes que se relacionan en el anexo III, con indicación de la causa concreta que motivó la denegación.

Quinto. Esta resolución, que finaliza el procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de abril de 2025. El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud. P.D. (Artículo 14 y disposición adicional tercera de la Orden de 19.12.2024). Lara del Carmen Meneses Álvarez. Directora general de Juventud.

ANEXO I

Ayudas concedidas a entidades locales

Concesiones conjuntas.

Nº exp.

Entidad

NIF

Provincia

Puntuación

Presupuesto Concedido

1

2025/029

Ayuntamiento de Vedra

P1509000D

A Coruña

61,00

12.000,00 €

Total

12.000,00 €

Concesiones individuales.

Nº exp.

Entidad

NIF

Provincia

Puntuación

Presupuesto concedido

1

2025/023

Ayuntamiento de Padrón

P1506600D

A Coruña

67,56

3.000,00 €

2

2025/032

Ayuntamiento de A Laracha

P1504200E

A Coruña

64,06

4.800,00 €

3

2025/024

Ayuntamiento de Lousame

P1504300C

A Coruña

58,73

4.800,00 €

4

2025/012

Ayuntamiento de Mesía

P1504800B

A Coruña

52,30

2.400,00 €

5

2025/033

Ayuntamiento de Xove

P2702500F

Lugo

62,02

2.000,00 €

6

2025/013

Ayuntamiento de Quiroga

P2705000D

Lugo

52,00

4.800,00 €

7

2025/022

Ayuntamiento de Cervo

P2701300B

Lugo

50,86

4.800,00 €

8

2025/009

Ayuntamiento de Ribas de Sil

P2705200J

Lugo

50,75

4.800,00 €

9

2025/028

Ayuntamiento de A Veiga

P3208400F

Ourense

57,25

2.400,00 €

10

2025/004

Ayuntamiento de Muíños

P3205200C

Ourense

57,00

4.800,00 €

11

2025/014

Ayuntamiento de Ribadavia

P3207000E

Ourense

54,00

4.800,00 €

12

2025/048

Ayuntamiento de Verín

P3208600A

Ourense

51,00

4.800,00 €

13

2025/035

Ayuntamiento de Ponteareas/Oficina Municipal de Voluntariado

P3604200J

Pontevedra

68,95

4.800,00 €

14

2025/054

Ayuntamiento de Mos

P3603300I

Pontevedra

52,25

4.800,00 €

15

2025/044

Ayuntamiento de Vila de Cruces

P3605900D

Pontevedra

50,00

3.280,00 €

Total

61.080,00 €

ANEXO II

Ayudas concedidas a entidades de acción voluntaria

Nº exp.

Entidad

NIF

Provincia

Puntuación

Presupuesto concedido

1

2025/051

Fundación Abrente

G70397849

A Coruña

77,96

4.800,00 €

2

2025/052

Club Deportivo Inclusivo Enki

G70505276

A Coruña

76,27

3.800,00 €

3

2025/037

Asociación Itínera de Voluntarios en Saúde Mental

G15983570

A Coruña

67,75

4.800,00 €

4

2025/041

Asociación Altair Galiza

G27439124

A Coruña

67,75

4.800,00 €

5

2025/034

Asociación Centro Xuvenil Don Bosco

G15071566

A Coruña

67,18

2.400,00 €

6

2025/002

Asociación Medioambiental Amabul

G15925209

A Coruña

65,71

4.800,00 €

7

2025/055

Asociación Ecos do Sur

G15354483

A Coruña

64,67

2.400,00 €

8

2025/010

Asociación de Familias de Persoas con Discapacidade Psíquica das Comarcas do Barbanza e Noia, Amicos

G15747678

A Coruña

61,19

4.800,00 €

9

2025/040

Acción Familiar Ferrol

G15745466

A Coruña

60,64

4.110,00 €

10

2025/057

Federación de Centros Xuvenís Don Bosco de Galicia

G15450828

A Coruña

60,10

4.800,00 €

11

2025/015

Asociación de Padres de Personas con Discapacidad Intelectual, ASPAS

G15031537

A Coruña

59,86

4.800,00 €

12

2025/008

Asociación Integro para a Diversidade Funcional das Comarcas de Bergantiños, Terra de Soneira e Fisterra

G15173263

A Coruña

57,44

4.800,00 €

13

2025/007

Asociación Dignidad Galicia

G15500853

A Coruña

56,00

4.800,00 €

14

2025/019

Feafes Galicia, Federación de Asociacións de Familiares e Persoas con Enfermidade Mental de Galicia

G15545353

A Coruña

56,00

600,00 €

15

2025/036

Fundación Eduardo Pondal

G70262951

A Coruña

52,40

4.800,00 €

16

2025/011

ONG Mestura, para la Integración Social de las Personas Inmigrantes y Emigrantes

G15940414

A Coruña

52,25

4.800,00 €

17

2025/027

Asociación Centro Xuvenil Abeiro

G15456700

A Coruña

52,25

2.400,00 €

18

2025/046

Asociación Aliad-Ultreia

G27021120

Lugo

69,55

3.700,00 €

19

2025/042

Asociación Juvenil y Cultural Ateibo

G27013309

Lugo

61,78

1.800,00 €

20

2025/043

Asociación Grupo Scout Ilex

G32466187

Ourense

69,75

4.800,00 €

21

2025/005

Asociación Limisi, para a Promoción das Persoas con Diversidade Funcional da Comarca de A Limia

G32302671

Ourense

63,50

4.800,00 €

22

2025/050

Asociación Amigas da Terra

G32242422

Ourense

63,11

4.800,00 €

23

2025/003

Asociación Cultural, Social, Ecolóxica e Económica Os Tres Reinos

G32345274

Ourense

62,00

4.800,00 €

24

2025/047

Asociación Sustinea

G32422834

Ourense

57,50

3.600,00 €

25

2025/053

Valoresc Innovation

G70377585

Ourense

56,25

4.800,00 €

26

2025/001

Asociación Xuvenil Amencer

G32025405

Ourense

55,00

4.320,00 €

27

2025/018

Asociación Cultural, Social, Deportiva, Lúdica, Ecolóxica, da Muller, de Inclusión, do Rural, Vive Vilariño

G32504508

Ourense

52,75

4.800,00 €

28

2025/021

Asociación del Centro de Desarrollo Rural O Viso

G32122376

Ourense

52,55

1.060,00 €

29

2025/006

Asociación Acción Solidaria de Galicia, Asdegal

G27727593

Pontevedra

61,35

4.800,00 €

30

2025/030

APAMP, Asociación de Familias de Persoas con Parálise Cerebral

G36624120

Pontevedra

61,25

3.120,00 €

31

2025/017

Federación Provincial de Asociacións de Persoas con Discapacidade de Pontevedra. Cogami-Pontevedra

G36704195

Pontevedra

59,50

1.200,00 €

Total

120.910,00 €

ANEXO III
Solicitudes denegadas
Denegadas entidades locales.

Nº exp.

Entidad

NIF

Provincia

Motivo de la denegación

1

2025/056

Ayuntamiento de Ponteceso

P1506900H

A Coruña

No alcanzar la puntuación requerida

Denegadas entidades de acción voluntaria.

Nº exp.

Entidad

NIF

Provincia

Motivo de la denegación

1

2025/031

Fundación Ingada

G70394374

A Coruña

No alcanzar la puntuación requerida

2

2025/059

Asociación Antonio Noche

G15210388

A Coruña

No alcanzar la puntuación requerida

3

2025/045

Asociación Galega de Familias de Acollida Acougo

G70605530

A Coruña

No alcanzar la puntuación requerida

4

2025/016

Federación ASDE-Scouts de Galicia-Exploradores de Galicia

G70305008

A Coruña

No alcanzar la puntuación requerida

5

2025/025

Asociación Sobre Rodas

G70224514

A Coruña

No alcanzar la puntuación requerida

6

2025/049

Asociación Patronato Concepción Arenal

G15030372

A Coruña

No alcanzar la puntuación requerida

7

2025/058

Asociación Tempus, de Acción Social, Educación Permanente y de Servicios a la Juventud y a la Mujer

G15681000

A Coruña

Desistimiento

8

2025/026

Club Piragüismo Cidade de Lugo

G27107176

Lugo

No alcanzar la puntuación requerida

9

2025/020

Centro Cultural, Artístico e Recreativo de Valladares

G36617082

Pontevedra

No alcanzar la puntuación requerida

10

2025/038

Asociación Xuvenil Cultural Staccato

G36592582

Pontevedra

Entidad no inscrita en el RAV

11

2025/039

Asociación O Son do Pobo

G94017704

Pontevedra

No alcanzar la puntuación requerida

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