RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal (expediente IN407A 2024/110-1).
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a) Administración autonómica
Consellería de Economía e Industria
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal (expediente IN407A 2024/110-1).
Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Petselet, S.A.
Domicilio social: A Baiuca, s/n, 15940 A Pobra do Caramiñal.
Denominación del proyecto: línea subterránea de media tensión a 20 kV, centro de seccionamiento, centro de medida y centro de transformación de 630 kVA, para suministro eléctrico a nave Industrial.
Situación: A Baiuca, s/n, 15940 A Pobra do Caramiñal (A Coruña).
Características técnicas:
Instalaciones que se cederán a la empresa de distribución:
- Línea de alta tensión subterránea de 20 kV con inicio y final en la línea de distribución PMR816 en el tramo comprendido entre la subestación eléctrica de Palmeira (PMR) y el CT 15CZ68, después de entrar y salir en el CS proyectado. Conductor RHZ1-2OL 12/15 kV (3×(1×240 mm²) Al, longitud aproximada total 195 m.
- Centro de seccionamiento en edificio prefabricado de hormigón, de maniobra exterior. Celda compacta con aislamiento SF6 (3L 2 TC GPRS) con tres celdas con interruptor-seccionador (dos telecontroladas) y una para SSAA (24 kV, 400 A, 16 kA).
En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), este departamento territorial
RESUELVE:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
El plazo de vigencia de esta autorización es de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
La presente autorización se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, y no podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que pudiera incurrir el beneficiario en el ejercicio de la actividad o en la explotación de la instalación autorizada.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra el presente acuerdo, que no es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en los términos establecidos en los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
A Coruña, 12 de febrero de 2025
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña