RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal de Xove en el ámbito del área de reparto D.1.AR3.
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III. Otras disposiciones
Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal de Xove en el ámbito del área de reparto D.1.AR3.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 144.18 y 199 del Decreto 143/2016, de 23 de septiembre, por el que se aprueba su reglamento, se hace pública la aprobación de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal de Xove en el ámbito del área de reparto D.1.AR3, mediante la Orden de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, de 13 de marzo de 2025, que figura como anexo.
Una vez inscrita dicha modificación puntual en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia, la documentación íntegra del mismo, incluido el extracto ambiental, podrá consultarse en el siguiente enlace:
https://territorioeurbanismo.xunta.gal/gl/territorio-e-urbanismo/rexistro-de-ordenacion-do-territorio-e-urbanismo/buscador
Asimismo, el informe ambiental estratégico y la demás documentación del procedimiento de evaluación ambiental del referido plan podrán ser consultados en el siguiente enlace:
https://medioambiente.xunta.gal/busca-por-palabra-clave?p_p_id=aaeKeyword_WAR_aae&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_count=1&_aaeKeyword_WAR_aae__spage=%2Fportlet_action%2Faae%2FdetalleProxecto%3Fid%3D2108&_aaeKeyword_WAR_aae_id=2108
Santiago de Compostela, 19 de marzo de 2025
María Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Urbanismo
ANEXO
Orden de aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal de Xove en el ámbito del área de reparto D1.AR3
(expediente PTU-LU-18/083)
El 13.12.2024 tuvo entrada documentación correspondiente al expediente de referencia (MP) datada en noviembre de 2024, firmada por el arquitecto Alfonso Botana Castelo y con diligencia de aprobación provisional acordada por el Pleno municipal en sesión de 9.12.2024, remitida por el Ayuntamiento de Xove a los efectos de su aprobación definitiva.
Analizada la documentación aportada y vista la propuesta literal que eleva la Dirección General de Urbanismo, resulta:
I. Antecedentes.
I.1. El Ayuntamiento de Xove cuenta con un Plan general de ordenación municipal (PGOM) aprobado definitivamente el 12.6.2012.
I.2. La Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG), establece en su artículo 83.5 que las modificaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico se tramitarán según el procedimiento establecido en el artículo 60 de la misma. En ese sentido consta:
• Inicio de la tramitación ambiental en junio de 2018.
• Informe ambiental estratégico de 11.10.2018.
• Proyecto para la aprobación inicial datado en febrero de 2019.
• Informes municipales, técnico y jurídico e informe propuesta de Secretaría de 27.3.2019.
• Aprobación inicial acordada por el Pleno del Ayuntamiento de Xove de 15.4.2019.
• Anuncio de exposición pública (24.5.2019), publicación en el DOG y en El Progreso (23.5.2019).
• Certificado de exposición pública y de no presentación de alegaciones de 6.8.2019.
• Informes sectoriales emitidos por: Dirección General de Emergencias e Interior, de 10.10.2019; Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, de 16.10.2019; Dirección General del Patrimonio Cultural, de 3.12.2019; Instituto de Estudios del Territorio, de 9.12.2019; Agencia Gallega de Infraestructuras, de 10.12.2019; Augas de Galicia, de 17.11.2020; Dirección General de Telecomunicaciones de la Administración del Estado, de 2.3.2021.
• Proyecto para la aprobación provisional (AP) datado en abril de 2021.
• Informes municipales previos a la AP: técnico de 12.4.2021 y jurídico de 14.4.2021.
• Aprobación provisional acordada por el Pleno del Ayuntamiento de Xove de 19.4.2021.
• Nueva versión del proyecto de febrero de 2023.
• Acuerdo municipal plenario de retrotracción de las actuaciones del expediente (13.2.2023).
• Práctica de notificaciones a los propietarios de los terrenos afectados (febrero de 2023).
• Informes de los servicios técnicos municipales sobre la capacidad de las redes de electricidad, abastecimiento y saneamiento (30.5.2023 y 8.6.2023).
• Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Xove de ratificación de la aprobación provisional (14.8.2023).
• Nueva versión del proyecto de febrero de 2023.
• Nuevo acuerdo plenario de ratificación de la aprobación provisional (26.2.2024).
• Orden de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras (CVPI) que resuelve no otorgar la aprobación definitiva a la MP (4.6.2024).
• Nueva versión del proyecto de junio de 2024.
• Informe jurídico municipal (18.6.2024) indicando la procedencia de sometimiento de la modificación a un nuevo trámite de información pública por apreciar cambios sustanciales.
• Acuerdo municipal plenario de apertura de nuevo trámite de exposición pública (24.6.2024).
• Anuncio de exposición pública (1.7.2024), publicación en el DOG y en El Progreso.
• Informes sectoriales emitidos por: Servicio de Planificación e Innovación de la Consellería de Planificación e Infraestructuras, de 8.8.2024; DG de Emergencias e Interior, de 24.7.2024 y 5.9.2024; DG de Defensa del Monte, de 6.8.2024; DG del Patrimonio Cultural, de 25.9.2024; Instituto de Estudios del Territorio, de 31.10.2024; Delegación de Gobierno (área de fomento), de 8.8.2024; SG de Telecomunicaciones, de 30.7.2024.
• Nueva versión de la normativa de noviembre de 2024.
• Nuevo informe de la SG de Telecomunicaciones de 28.11.2024.
• Informes municipales, técnico y jurídico, de 2.12.2024, que manifiestan la innecesariedad de emisión de nuevos informes en relación con los emitidos antes de la aprobación inicial.
• Aprobación provisional acordada por el Pleno del Ayuntamiento de Xove de 9.12.2024.
II. Aspectos generales. Contenido.
a) La modificación puntual tiene como finalidad viabilizar una actuación de iniciativa municipal para crear suelo urbanizado residencial en el núcleo urbano de Xove, a desarrollar en un ámbito de suelo urbano no consolidado (SUNC) incluido en el área de reparto D1-AR-3 del PGOM.
b) La MP altera determinaciones básicas del PGOM en ese SUNC, define su ordenación detallada y cambia la de los terrenos urbanos consolidados colindantes. Concretamente, cambia:
- La delimitación del ámbito del SUNC y del área de reparto D1-AR-3, excluyendo unos 3.233 m2, que se recalifican como suelo urbano consolidado, integrándolo en la zona colindante de edificación cerrada (ordenanza O-2) como espacio libre privado
- El aprovechamiento tipo del área de reparto D1-AR-3, la superficie edificable del ámbito, las tipologías edificatorias y las reservas dotacionales.
- La clasificación y calificación de una pequeña superficie de suelo urbano consolidado con calificaciones residencial entre medianeras (59 m2) y viario (62 m2), que pasa a suelo urbano no consolidado con calificación de vivienda unifamiliar (63 m2) y viario (48 m2).
c) La MP diseña un nuevo trazado vial y amplía el Camino Real en el ámbito. En el SUNC delimita 3 zonas de vivienda unifamiliar (10.802,29 m2) y otra de vivienda entre medianeras (4.368,90 m2), una zona verde pública (3.094,17 m2), un equipamiento público (1.442,99 m2) y viario (3.949,32 m2).
III. Análisis y consideraciones.
III.1. Razones de interés público de la modificación puntual (artículo 83.1 de la LSG).
El interés público de la MP se basa en la adecuación de los criterios adoptados a las expectativas de crecimiento económico y en la mejora de ordenación establecida en el PGOM, favoreciendo el crecimiento racional y equilibrado de las tipologías residenciales que actualmente conviven en el núcleo urbano de Xove y consolidando su límite este con densidades de población bajas, favoreciendo una transición amable entre el núcleo urbano y el espacio rural.
Asimismo, resulta de interés público la iniciativa municipal para incorporar la ordenación detallada al PGOM simultáneamente a la redelimitación del ámbito, facilitando su gestión.
III.2. Subsanación de las deficiencias de la Orden de la CVPI de 4.6.2024.
- Respecto a la reserva de suelo para vivienda protegida (apartado III.2 de la orden), la MP destina a vivienda protegida 984,87 m2 y 11,395 % de la superficie edificable residencial, cumpliendo lo previsto en el artículo 42.9 de la LSG. Es necesario corregir el apartado 2.2.1 de la memoria y la ficha del área de reparto D1-AR-3 anexa a la normativa, donde se alude a un porcentaje (6,8 %) menor al realmente previsto.
- Las tipologías de la zona verde siguen figurando con distintas terminologías en la documentación.
- Hay varias erratas en la tabla del apartado 2.3.4.2 de la memoria (resultan incorrectos los valores de la columna de aprovechamiento lucrativo en uso y tipología característica).
- Se deberán señalar en la ordenanza O-4.3 la edificabilidad y la ocupación máximas en lugar de indicarlas en base al parcelario indicativo. Además, deberá indicarse que el parcelario es indicativo en todos los planos en los que se refleja la parcelación.
- Se eliminará la referencia al PERI en los planos DAE-13 y DAE-14.
- Se incorporará la ordenación detallada en el plano ORDE-10 y en la ficha anexa al final de la normativa.
- Se corregirán las escalas numéricas incorrectas que figuran en los planos informativos 07 y 08; y planos de ordenación 08 y 10, así como en los índices de los planos informativos 02, 03, 07, 08, 10 y 11 y planos de ordenación 08 y 10.
III.3. Otras observaciones.
La MP deberá incluir una ficha en la que se recoja la vigencia del planeamiento del ayuntamiento tras su aprobación, según el modelo del anexo 7 de las NNTTPP, y se aportará como un anexo a la memoria justificativa del documento.
La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de la modificación puntual del PGOM corresponde a la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60, 61 y 83.5 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG), en relación con el Decreto 42/2024, de 14 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, y con el Decreto 142/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras.
IV. Resolución.
A la vista de todo lo anteriormente expuesto,
RESUELVO:
1. Otorgar la aprobación de la modificación del PGOM de Xove en el ámbito del área de reparto D1.AR3, condicionado a la subsanación de las deficiencias señaladas en los apartados III.2 y III.3.
2. De conformidad con los artículos 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, y 212.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, la Dirección General de Urbanismo inscribirá de oficio la MP en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia.
3. De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 82 y 88.4 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y ordenanzas, una vez inscrito en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico.
4. Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 199.2 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero.
5. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 a 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.