RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2025 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas de las bateas Rita II, Rita IV, Rita VI, Rita VII e Ima.
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a) Administración autonómica
Consellería del Mar
RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2025 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas de las bateas Rita II, Rita IV, Rita VI, Rita VII e Ima.
Antecedentes:
1. El día 21 de febrero de 2025 Gustavo Rodríguez Patiño solicitó autorización para la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas de las bateas Rita II, Rita IV, Rita VI, Rita VII e Ima.
2. La persona interesada aportó la documentación requerida para su tramitación.
Consideraciones legales y técnicas:
1. Este órgano es competente para resolver los expedientes de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), y con la Orden de 21 de febrero de 2022 sobre delegación de competencias en diversos órganos de dirección de la Consellería del Mar y en la Presidencia de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia (DOG número 41, de 1 de marzo).
2. Los expedientes han seguido todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).
De acuerdo con todo lo indicado,
RESUELVO:
Autorizar la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas de los siguientes viveros:
Tipo: batea.
Nombre: Rita II.
Situación:
Cuadrícula nº: 76.
Polígono: D.
Distrito: O Grove (Pontevedra).
Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 28.1.1970.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Actual titular: Gustavo Rodríguez Patiño (***0793**).
Nueva titular: Alén de Arousa, S.L.U. (B75869974).
Tipo: batea.
Nombre: Rita IV.
Situación:
Cuadrícula nº: 23.
Polígono: A.
Distrito: O Grove (Pontevedra).
Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 22.4.1970.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Actual titular: Gustavo Rodríguez Patiño (***0793**).
Nueva titular: Alén de Arousa, S.L.U. (B75869974).
Tipo: batea.
Nombre: Rita VI.
Situación:
Cuadrícula nº: 13.
Polígono: G.
Distrito: O Grove (Pontevedra).
Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 25.11.1974.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Actual titular: Gustavo Rodríguez Patiño (***0793**).
Nueva titular: Alén de Arousa, S.L.U. (B75869974).
Tipo: batea.
Nombre: Rita VII.
Situación:
Cuadrícula nº: 1.
Polígono: G.
Distrito: O Grove (Pontevedra).
Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 25.11.1974.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Actual titular: Gustavo Rodríguez Patiño (***0793**).
Nueva titular: Alén de Arousa, S.L.U. (B75869974).
Tipo: batea.
Nombre: Ima.
Situación:
Cuadrícula nº: 21.
Polígono: D.
Distrito: O Grove (Pontevedra).
Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 9.7.1969.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Actual titular: Gustavo Rodríguez Patiño (***0793**).
Nueva titular: Alén de Arousa, S.L.U. (B75869974).
Bajo las siguientes condiciones:
Primera. El actual titular deberá presentar, en el plazo máximo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, la siguiente documentación:
Documento notarial de la transmisión o donación.
Justificante del pago del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados o sobre sucesiones y donaciones.
Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber presentado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.
Tercera. La nueva titular de la concesión queda subrogada en los derechos y en las obligaciones del anterior desde el momento de la formalización de la transmisión en escritura pública y, en particular, en las obligaciones derivadas de la ayuda percibida en concepto de inversiones productivas en acuicultura (expediente PE205F 2022/009-5) por un importe de 54.250,00 €, bajo el compromiso de no efectuar ninguna modificación fundamental de las establecidas en el artículo 71 del Reglamento (UE) 1303/2013.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE número 167, de 14 de julio).
Vigo, 25 de febrero de 2025
El conselleiro del Mar
P.D. (Orden de 21.2.2022)
María Elena Suárez Sarmiento
Directora territorial de Vigo