ORDEN de 21 de febrero de 2025 por la que se modifica la composición del Consejo Rector del Consorcio Oncológico de Galicia.
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III. Otras disposiciones
Consellería de Sanidad
ORDEN de 21 de febrero de 2025 por la que se modifica la composición del Consejo Rector del Consorcio Oncológico de Galicia.
La constitución del Consorcio Oncológico de Galicia y la aprobación de sus estatutos fue realizada por el Decreto 141/2008, de 19 de junio, en que se recoge que está integrado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, representada por la Consellería de Sanidad y el Servicio Gallego de Salud, la Fundación Centro Oncológico Regional José Antonio Quiroga y Piñeiro y el Ayuntamiento de A Coruña.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de los estatutos del Consorcio, su Consejo Rector estará integrado por siete miembros, que serán designados del siguiente modo: dos por la Consellería de Sanidad, dos por el Servicio Gallego de Salud, dos por la Fundación Centro Oncológico Regional José Antonio Quiroga y Piñeiro y uno por el Ayuntamiento de A Coruña.
El punto 3 del mismo artículo establece que la composición del Consejo Rector se hará pública por orden de la Consellería de Sanidad, por lo que mediante la Orden de 29 de enero de 2010 se dio publicidad a su primera composición, y por Orden de 14 de marzo de 2012 se modificó esta.
Posteriormente, la Ley 1/2018, de 2 de abril, por la que se modifica la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, llevó a cabo un cambio en la ordenación territorial con la creación de los distritos sanitarios, como divisiones territoriales de las áreas sanitarias que constituyen el marco de referencia para la coordinación de los dispositivos de atención primaria, hospitalaria y sociosanitaria.
Si bien la citada Ley 8/2008, de 10 de julio, ya preveía la división en áreas sanitarias como demarcaciones territoriales equivalentes a las áreas de salud recogidas en el artículo 56 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad, la experiencia acumulada desde la creación y puesta en marcha de las anteriores estructuras organizativas de gestión integrada (EOXI) puso de manifiesto que la actual división territorial y funcional del Sistema público de salud de Galicia está ligada a la delimitación territorial de dichas estructuras. Dicha circunstancia determinó la modificación operada por la citada Ley 1/2018, de 2 de abril, con el fin de incluir las áreas sanitarias.
Dicha regulación fue desarrollada por el Decreto 134/2019, de 10 de octubre, por el que se regulan las áreas sanitarias y los distritos sanitarios del Sistema público de salud de Galicia.
Por otra parte, es necesario también tener en cuenta las nuevas estructuras orgánicas de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, establecidas por medio de los decretos 144 y 145/2024, de 20 de mayo, respectivamente.
De conformidad con lo anterior, y teniendo en cuenta los cambios organizativos expuestos, la presente modificación atañe únicamente a los miembros cuya designación corresponde a la Consellería de Sanidad y al Servicio Gallego de Salud, manteniéndose inalteradas las designaciones que competen tanto a la Fundación Centro Oncológico Regional José Antonio Quiroga y Piñeiro como al Ayuntamiento de A Coruña, que seguirán representados por las direcciones médica y de gerencia, y por la persona titular de la primera tenencia de alcaldía, respectivamente.
Como consecuencia de lo anterior, es preciso adaptar la composición del Consejo Rector a este nuevo marco normativo, por lo que, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 141/2008, de 19 de junio,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación de la composición del Consejo Rector del Consorcio Oncológico de Galicia
El Consejo Rector del Consorcio Oncológico de Galicia estará formado por las siguientes personas:
a) La persona titular de la Gerencia del Área Sanitaria de A Coruña y Cee.
b) La persona titular de la Dirección Asistencial del Área Sanitaria de A Coruña y Cee.
c) La persona titular de la Dirección de Recursos Económicos del Área Sanitaria de A Coruña y Cee.
d) La persona titular de la Subdirección General de Planificación y Aseguramiento de la Dirección General de Planificación y Reforma Sanitaria de la Consellería de Sanidad.
e) El/la director/a gerente de la Fundación Centro Oncológico de Galicia.
f) El/la director/a médico/a de la Fundación Centro Oncológico de Galicia.
g) El/la primer/a teniente de alcalde del Ayuntamiento de A Coruña.
Disposición derogatoria única. Derogación de disposiciones anteriores
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden y, en particular, la Orden de 14 de marzo de 2012 por la que se modifica la composición del Consejo Rector del Consorcio Oncológico de Galicia, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 58, de 23 de marzo de 2012.
Disposición final única. Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 21 de febrero de 2025
Antonio Gómez Caamaño
Conselleiro de Sanidad