RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2024 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes recogido en la Resolución de 26 de julio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (programa Moves III) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (códigos de procedimiento IN421Q e IN421R).
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III. Otras disposiciones
Agencia Instituto Energético de Galicia
RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2024 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes recogido en la Resolución de 26 de julio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (programa Moves III) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (códigos de procedimiento IN421Q e IN421R).
Los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Moves III) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo están regulados por el Real decreto 266/2021, de 13 de abril, y fueron convocados en Galicia por la Resolución del Inega de 26 de julio de 2021, publicada en el DOG núm. 149, de 5 de agosto.
La Resolución del Inega de 26 de julio de 2021 por la que se convoca el Programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica (Moves III) fue modificada por la Resolución de 21 de octubre de 2021 (DOG núm. 207, de 27 de octubre); por la Resolución de 23 de diciembre de 2021 (DOG núm. 8, de 13 de enero de 2022); por la Resolución de 13 de octubre de 2022 (DOG núm. 201, de 21 de octubre); por la Resolución de 12 de junio de 2023 (DOG núm. 116, de 20 de junio); por la Resolución de 15 de diciembre de 2023 (DOG núm. 243, de 26 de diciembre); por la Resolución de 6 de junio de 2024 (DOG núm. 115, de 14 de junio); por la Resolución de 16 de julio de 2024 (DOG núm. 142, de 23 de julio); por la Resolución de 18 de julio de 2024 (DOG núm. 146, de 30 de julio); por la Resolución de 6 de septiembre de 2024 (DOG núm. 176, de 12 de septiembre) y por la Resolución de 25 de octubre de 2024 (DOG núm. 212, de 4 de noviembre). Conforme a la Resolución de 18 de julio de 2024, el plazo de presentación de solicitudes se amplió hasta el 31 de diciembre de 2024.
El 24 de diciembre de 2024 se publicó en el BOE el Real decreto ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a la situación de vulnerabilidad social entre las cuales, en la disposición final décima, se amplía la vigencia del Real decreto 266/2021 hasta el 30 de junio de 2025.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 del Estatuto de autonomía, de las facultades conferidas por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y de acuerdo con lo señalado en el Decreto 142/2016, de 22 de septiembre, por el que se modifican las normas reguladoras del Instituto Energético de Galicia y se aprueban los estatutos de la Agencia Instituto Energético de Galicia,
RESUELVO:
Primero. Modificar la Resolución de 26 de julio de 2021 por la que se aprueba para Galicia la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (programa Moves III), en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (códigos de procedimiento IN421Q e IN421R), en los siguientes términos:
Uno. El apartado 3 del artículo 6 queda redactado como sigue:
«3. Plazo para presentar las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de adhesión de las entidades colaboradoras comenzará el día hábil siguiente al de la publicación en el DOG de la presente convocatoria y finalizará cuando finalice la vigencia del programa Moves III en Galicia, lo cual sucederá, según lo recogido en el artículo 4 del Real decreto 266/2021, el 30 de junio de 2025.
Para solicitar su adhesión tendrán que cubrir y presentar el formulario de adhesión (anexo I)».
Dos. El apartado 2 del artículo 7 queda redactado como sigue:
«2. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9:00 horas del día 13 de septiembre de 2021 y finalizará cuando finalice la vigencia del programa Moves III en Galicia, lo cual sucederá, según lo recogido en el artículo 4 del Real decreto 266/2021, el 30 de junio de 2025».
Segundo. Esta modificación entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2024
Pablo Fernández Vila
Director de la Agencia Instituto Energético de Galicia