CÉDULA de 3 de diciembre de 2024 por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador del expediente 12-38-24-52 y siete más.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
VI. Anuncios
a) Administración autonómica
Puertos de Galicia
CÉDULA de 3 de diciembre de 2024 por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador del expediente 12-38-24-52 y siete más.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), se notifica a las personas denunciadas cuyos datos personales se mencionan en los anexos, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador por presunta infracción de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.
De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, disponen de un plazo de quince (15) días a contar desde el día siguiente al de la publicación de los presentes acuerdos para formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los medios de los que pretenda valerse y citando el número de expediente.
Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones y aportar los documentos que se estimen convenientes.
De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, estos acuerdos, por aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, será considerados propuestas de resolución.
De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverán los procedimientos con la imposición de la sanción que proceda.
Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 30 por ciento sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), utilizando el modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.
Por otra parte, disponen de un plazo máximo de 10 días a contar desde la publicación de los presentes acuerdos para identificar, en el caso de que no fueran ustedes los/las conductores/as del vehículo en la fecha y hora de la denuncia, e indicar nombre, apellidos y documento nacional de identidad del conductor, así como el domicilio a efectos de notificaciones. Ustedes responderán personalmente, cuando no sea posible dicha notificación por alguna causa que les sea imputable e, igualmente, cuando se oculte información o la facilitada sea falsa o deliberadamente incorrecta.
Santiago de Compostela, 3 de decembro de 2024
Juan Sanmartín Ferreiro
Director general de Puertos de Galicia
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante | DNI/CIF denunciado | Hecho denunciado Fecha-hora-puerto | Precepto infringido | Precepto sancionador | Sanción propuesta |
Sanc. 12.38.24.52 7474.HYL PAFIF | 33246372X | Estacionamiento prohibido 06.8.2024; 12.29 horas Muros (A Coruña) | Art. 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Art. 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13.18.24.05 8968.GLZ Guardia Civil | 44058997J | Estacionamiento prohibido 30.8.2024; 16.10 horas Beluso (Pontevedra) | Art. 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Art. 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13.21.24.12 9483.FZW Guardamuelles | 19839927N | Estacionamiento prohibido 19.7.2024; 13.00 horas Moaña (Pontevedra) | Art. 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Art. 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13.27.24.249 2228.KSK PAFIF | 53840742L | Estacionamiento prohibido 24.8.2024; 23.20 horas Panxón (Pontevedra) | Art. 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Art. 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13.28.24.21 5975.KJG PAFIF | 35577568H | Estacionamiento prohibido 19.8.2024; 17.10 horas Baiona (Pontevedra) | Art. 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Art. 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13.28.24.22 4555.HTD PAFIF | 53170371Y | Estacionamiento prohibido 23.8.2024; 23.20 horas Baiona (Pontevedra) | Art. 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Art. 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13.35.24.73 PO.3660.BB Policía Autonómica | X9237874Q | Estacionamiento prohibido 13.8.2024; 19.20 horas As Corvaceiras (Pontevedra) | Art. 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Art. 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13.35.24.91 5307.FMP Policía Autonómica | Y6753523R | Estacionamiento prohibido 19.9.2024; 10.13 horas As Corvaceiras (Pontevedra) | Art. 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Art. 137 de la LPG | 90 € |